Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 02/10/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 189

2 de Octubre de 2019

6117

DECRETO
Letrado/a de la Administración de Justicia D/Da PEDRO RAFAEL MEDINA MEDINA.
En HUELVA, a trece de junio de dos mil diecinueve ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- D/Da CINTA ROCÍO BURGUILLOS CARMONA, presentó demanda de frente a FOGASA, DISTRIBUCIÓN URGENTE ONUBENSE S.L. Y MANUEL RUBIO LARA ADM. CONCURSAL.
SEGUNDO.- La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el número 344/2019.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el art. 82.1 de la L.R.J.S procede su admisión a trámite y su señalamiento por el/la Sr/a. Secretario Judicial.
SEGUNDO.- La parte demandante ha solicitado una/s prueba/s que habiendo de practicarse en el acto de juicio requieren diligencias de citación o requerimiento.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, PARTE DISPOSITIVA
DISPONGO:
- Admitir la demanda presentada.
- Señalar el próximo 13 DE DICIEMBRE DE 2021 A LAS 11,10 HORAS para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este Juzgado sito en C/ VÁZQUEZ LÓPEZ, 19, 1a PLANTA., para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación a celebrar ante el Secretario Judicial.
- Citar a las paites en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.
- De conformidad con el art. 18 de la L.R.J.S., y en el caso de que las partes no vayan a comparecer por sí mismas en este procedimiento, REQUIERASELES al objeto de conferir representación a las personas mencionadas en dicho artículo mediante poder otorgado por comparecencia ante el/la Secretario/a Judicial o por escritura pública, debiendo realizarse en días hábiles siguientes a la recepción del presente y siempre con antelación a los actos de conciliación y juicio señalados, con apercibimiento de que de no verificarlo en dicho término, se procederá al dictado de resolución oportuna.
- Si pretende solicitar la designación de abogado y procurador de oficio, deberá efectuarlo dentro de los TRES DÍAS siguientes al de la notificación de la demanda, o del Decreto de admisión de la demanda y citación o de la Cédula de emplazamiento o Citación.
Si la solicitud se realizara en un momento posterior, la falta de designación de abogado y procurador por los colegios profesionales no suspenderá la celebración del juicio, salvo en los supuestos contemplados en el párrafo segundo del art. 16 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita.
- Poner en conocimiento del demandado en el momento de su citación que el actor ha solicitado prueba documental CONTRATOS Y NÓMINAS DEL ÚLTIMO AÑO DE RELACIÓN LABORAL, y que en caso de admitirse esta por el Magistrado-Juez en el acto del juicio, si los mencionados documentos no se aportan en ese momento sin mediar causa justificada, podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la parte contraria en relación con la prueba acordada.
- Dar cuenta a S.Sa del señalamiento efectuado a los efectos del Art. 182 LEC.
- Tener por efectuada la manifestación de la parte actora de comparecer a juicio asistido de letrado/
graduado social.
- Notifíquese la presente resolución a las partes.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 02/10/2019 a las 00:00:12
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 02/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha02/10/2019

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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