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Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 12/08/2019
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva
5382
12 de Agosto de 2019
BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 154
16.- GRADUACIÓN DE LOS INCUMPLIMIENTOS
El bene!ciario deberá cumplir todos y cada uno de los objetivos propuestos y cumplir los compromisos asumidos. En otro caso, procederá el reintegro, total o parcial, atendiendo a los siguientes criterios:
Incumplimiento total de los objetivos o actividades para los que se presentó la solicitud: 100 %.
17. RECURSOS.
Contra la resolución que ponga !n al expediente de subvención podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la noti!cación o recurso contencioso administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente.
18.- LEGISLACIÓN SUPLETORIA.
Para todo aquello no previsto expresamente en las presentes bases se aplicará la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su normativa de desarrollo.
MOGUER, 2019-08-08. LA CONCEJALA DE BIENESTAR SOCIAL.
Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 12/08/2019 a las 08:11:45
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación DPHxsMCAbR+eX0DhgcpWK7HpEVw== en https verifirma.diphuelva.es