Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 15/01/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 10

15 de Enero de 2018

277

harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Huelva, a veinte de diciembre de dos mil diecisiete.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

EDICTO
D/D SONIA MARÍA MÁRQUEZ PEÑA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE HUELVA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 274/2017 a instancia de la parte actora D/D. FRANCISCO JOSÉ VIZCAINO VIZCAINO contra VIVEROS DISCAFLOR
S.L, sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado AUTO DE EJECUCIÓN Y DECRETO DE
EMBARGO de fecha 28-12-17, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
AUTO
En Huelva. a veintisiete de diciembre de dos mil diecisiete.
PARTE DISPOSITIVA
S.S. Iltma. DIJO: Precédase a despachar ejecución contra VIVEROS DISCAFLOR SL y sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad del demandado VIVEROS DISCAFLOR SL en cantidad suiciente a cubrir la suma de 4.206.93 euros de principal más 800 euros que provisionalmente se presupuestan para costas y gastos del procedimiento.
Notifíquese esta resolución en legal forma a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer RECURSO DE REPOSICIÓN ante este Juzgado, dentro de los TRES días hábiles siguientes a su notiicación, en el que además podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, en los supuestos contemplados en el art. 239.4 de la Ley Reguladora de la jurisdicción social, debiéndose consignar la cantidad de 25 € en la cta. n 1932 0000 30 0274 17 abierta a nombre de este Juzgado, en la oicina principal de Banesto Calle Marina n2 de esta Ciudad, estando exentos de esta obligación los que tengan condición de trabajadores o beneiciarios de la S. Social, M. Fiscal., Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y irma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. MARÍA AXILIADORA
SALVAGO SANZ, MAGISTRADO-JUEZ DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE HUELVA.
Doy fe.
EL/LA MAGISTRADO-JUEZ
DECRETO
Letrado/a de la Administración de Justicia D/D SONIA MARÍA MÁRQUEZ PEÑA
En Huelva, a veintiocho de diciembre de dos mil diecisiete PARTE DISPOSITIVA
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:
- Se acuerda el embargo de los saldos de las cuentas corrientes y otros a favor del ejecutado VIVEROS DISCAFLOR SL telemáticamente a través del punto neutro judicial.
- Se acuerda el embargo telemático de las cantidades que la AEAT tenga pendientes de devolver al ejecutado.
Notifíquese la presente resolución
Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 15/01/2018 a las 00:00:03
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación DPHxsYz9B1Zqd5rUQM9OvcU5xkw== en https verifirma.diphuelva.es

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 15/01/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha15/01/2018

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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