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Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 15/01/2018
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva
BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 10
15 de Enero de 2018
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harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Huelva, a veinte de diciembre de dos mil diecisiete.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
EDICTO
D/D SONIA MARÍA MÁRQUEZ PEÑA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE HUELVA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 274/2017 a instancia de la parte actora D/D. FRANCISCO JOSÉ VIZCAINO VIZCAINO contra VIVEROS DISCAFLOR
S.L, sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado AUTO DE EJECUCIÓN Y DECRETO DE
EMBARGO de fecha 28-12-17, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
AUTO
En Huelva. a veintisiete de diciembre de dos mil diecisiete.
PARTE DISPOSITIVA
S.S. Iltma. DIJO: Precédase a despachar ejecución contra VIVEROS DISCAFLOR SL y sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad del demandado VIVEROS DISCAFLOR SL en cantidad suiciente a cubrir la suma de 4.206.93 euros de principal más 800 euros que provisionalmente se presupuestan para costas y gastos del procedimiento.
Notifíquese esta resolución en legal forma a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer RECURSO DE REPOSICIÓN ante este Juzgado, dentro de los TRES días hábiles siguientes a su notiicación, en el que además podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, en los supuestos contemplados en el art. 239.4 de la Ley Reguladora de la jurisdicción social, debiéndose consignar la cantidad de 25 € en la cta. n 1932 0000 30 0274 17 abierta a nombre de este Juzgado, en la oicina principal de Banesto Calle Marina n2 de esta Ciudad, estando exentos de esta obligación los que tengan condición de trabajadores o beneiciarios de la S. Social, M. Fiscal., Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y irma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. MARÍA AXILIADORA
SALVAGO SANZ, MAGISTRADO-JUEZ DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE HUELVA.
Doy fe.
EL/LA MAGISTRADO-JUEZ
DECRETO
Letrado/a de la Administración de Justicia D/D SONIA MARÍA MÁRQUEZ PEÑA
En Huelva, a veintiocho de diciembre de dos mil diecisiete PARTE DISPOSITIVA
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:
- Se acuerda el embargo de los saldos de las cuentas corrientes y otros a favor del ejecutado VIVEROS DISCAFLOR SL telemáticamente a través del punto neutro judicial.
- Se acuerda el embargo telemático de las cantidades que la AEAT tenga pendientes de devolver al ejecutado.
Notifíquese la presente resolución
Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 15/01/2018 a las 00:00:03
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