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Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 13/12/2017
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva
BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 235
13 de Diciembre de 2017
6575
Notifíquese esta resolución en legal forma a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer RECURSO DE REPOSICIÓN ante este Juzgado, dentro de los TRES días hábiles siguientes a su notiicación, en el que además podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, en los supuestos contemplados en el art. 239.4 de la Ley Reguladora de la jurisdicción social, debiéndose consignar la cantidad de 25 € en la cta. n: 1932.0000.30.0131.17 abierta a nombre de este Juzgado, en la oicina principal de Banesto Calle Marina n 2 de esta Ciudad, estando exentos de esta obligación los que tengan condición de trabajadores o beneiciarios de la S. Social, M. Fiscal., Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y irma el Iltmo/a. Sr/Sra. D./Dña.
DEL DECRETO
PARTE DISPOSITIVA
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:
- Se acuerda el embargo de los saldos de las cuentas corrientes y otros a favor del ejecutado CONSTRUCCIONES Y SUMINISTROS ACUÍCOLAS S.L., y TIDELAND 2000 S.L.
telemáticamente a través del punto neutro judicial.
- Se acuerda el embargo telemático de las cantidades que la AEAT tenga pendientes de devolver al ejecutado.
Notifíquese la presente resolución.
Notifíquese esta resolución en legal forma a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado, dentro de los TRES DÍAS hábiles, siguientes a su notiicación, debiéndose consignar la cantidad de 25 € en la cta. n 1932000030013117 abierta a nombre de este Juzgado, en la oicina de Banco Santander Calle Marina n 2 de esta Ciudad, estando exentos de esta obligación los que tengan condición de trabajadores o beneiciarios de la S. Social, M. Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos.
Y para que sirva de notiicación al demandado CONSTRUCCIONES Y SUMINISTROS ACUÍCOLAS S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notiicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Huelva, a veintiocho de noviembre de dos mil diecisiete.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
EDICTO
D/D MARÍA DEL CARMEN BELLÓN ZURITA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE HUELVA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 243/2017 a instancia de la parte actora D/D. ELENA GARCÍA QUINTERO contra 908 TELEFONÍA S.L.U. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado AUTO DE EJECUCIÓN de fecha 23/11/17 Y DECRETO
DE EMBARGO de fecha 24/11/17 del tenor literal siguiente:
DEL AUTO
PARTE DISPOSITIVA
S.S. Iltma. DIJO: Procédase a despachar ejecución frente a 908 TELEFONÍA S.L.U. y, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada 908 TELEFONÍA S.L.U., en cantidad suiciente a cubrir la suma de 720,12 euros en concepto de principal, más la de 150 euros calculadas para intereses y gastos, debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario.
Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 13/12/2017 a las 00:00:04
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