Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 16/01/2014

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

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16 de Enero de 2014

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 10

5.- Importe de adjudicación: Por un porcentaje general de baja aplicable a los precios unitarios máximos asignados a los artículos relacionados en el anexo 1 del pliego de prescripciones técnicas del 50% CINCUENTA POR CIENTO y con un presupuesto máximo de gastos para los dos años de duración del contrato de 42.975,20 euros e I.V.A. por importe de 9.024,80 euros.
Huelva, a 18 de diciembre de 2013.- EL TENIENTE DE ALCALDE, DE ECONOMÍA, HACIENDA Y RÉGIMEN
INTERIOR, POR DELEGACIÓN DEL ALCALDE, SEGÚN DECRETO DE FECHA 9-10-2013. Fdo.: Saúl Fernández Beviá.

AYUNTAMIENTOS
CALAÑAS
EDICTO
Este Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el pasado día 29 de noviembre de 2013, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS
URBANISTICAS EXIGIDAS POR LA LEGISLACIÓN DEL SUELO Y ORDENACIÓN URBANA.
1. Se añade un punto 4 al articulo 9 con la siguiente redacción El procedimiento para el otorgamiento de licencia urbanística se tramitará y resolverá conforme a lo establecido en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de las especialidades contenidas en la legislación urbanística de la Comunidad Autónoma Andaluza, concretamente en el articulo 172 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y en la Sección 2a, del Capítulo II, del Titulo I del Decreto 60/2010, de 16
de mano, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, normativa que se aplicará con carácter supletorio pora todo lo que no esté previsto en la presente Ordenanza.
2. Se añade un artículo 10.bis con la siguiente redacción:
1. Las deudas contraídas por este concepto, que se encuentren tanto en periodo de pago voluntario como ejecutivo, podrán fraccionarse previa solicitud del obligado al pago en el modelo normalizado que será facilitado por el Ayuntamiento, dirigida al/a la Sr./Sra. Alcalde/Alcaldesa Presidente/a y presentada dentro del plazo de autohquidación.
2. La competencia para la tramitación de los expedientes de fraccionamiento corresponderá al Departamento de Urbanismo, siendo la resolución de las solicitudes competencia del/de la Alcalde/Alcaldesa Presidente/a o Concejal en quien hayan sido delegadas las competencias en materia de Hacienda.
3. Solamente podrán concederse fraccionamientos cuando se hubiese constituido la correspondiente fianza, de acuerdo con lo establecido en el articulo 9 de esta Ordenanza. Si de las comprobaciones realizadas resultara la existencia de deuda/s pendiente/s, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días proceda a su abono, con el apercibimiento de que en caso de impago se procederá a la denegación de la solicitud presentada.
4. Los plazos máximos por los que podrá fraccionarse las deudas son los que se relacionan:
a Deudas de entre 250 € y 600 €: 3 meses b Deudas superiores a 600,01 €: 6 meses 5. En caso de autorización, los plazos deberán abonarse entre el 1 y el 15 de cada mes, siempre en meses consecutivos, y haciéndose el primer pago el mes siguiente al de la fecha de notificación de la concesión del fraccionamiento, sin que este fraccionamiento devengue intereses. La falta de pago en los plazos establecidos determinará que se inicie o continúe el periodo ejecutivo mediante procedimiento de apremio.
6. Excepcionalmente, cuando por fuerza mayor sea necesario acometer una obra de forma inmediata, y tratándose de sujetos pasivos en especial situación de precariedad, por parte del órgano competente para resolver, podrá concederse un fraccionamiento de deudas inferiores a 250 €, a solicitud del interesado y previos los informes favorables del 7ecn/co Municipal y de los Servicios Sociales que correspondan.
Tras el oportuno debate, en el que los señores Concejales manifiestan sus posturas, se procede a la votación, aprobándose por unanimidad el siguiente acuerdo:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 16/01/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha16/01/2014

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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