Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 26/04/2024 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 26 de abril de 2024

en orden 7, constancia de CUIT comercial IF-2024-10941537-GDEBA-SSTMPCEITGP; en orden 8, fotografías color que permitan contrastar con el formulario de inscripción y determinar el estado del edificio y su entorno, la fachada, lugares e instalaciones de uso común para el huésped, mobiliarios, sistema de calefacción y de refrigeración, instalaciones sanitarias, desayunos que ofrecen, habitaciones/unidades tipo, sistema de ingreso comercial IF-2024-10941934-GDEBASSTMPCEITGP; en orden 10, Acta de Designación de Autoridades IF-2024-12521612-GDEBA-SSTMPCEITGP y en orden 11, Estatuto Social IF-2024-12520841-GDEBA-SSTMPCEITGP;
Que, en cuanto al uso del Libro de Reclamos y Sugerencias, se reemplaza el de formato papel por uno de formato digital, que se pondrá a disposición del establecimiento una vez finalizada la inscripción en el Registro de Hotelería y Afines;
Que conforme lo declarado en el formulario de inscripción el establecimiento fue construido en el año 1976, y refaccionado en el año 2019, permanece abierto en temporada alta, dispone de un total de treinta y ocho 38 habitaciones con noventa y siete 97 plazas, edificadas en cinco 5 plantas a las que se accede mediante un 1 ascensor con capacidad para cuatreo 4 personas cada uno;
Que dispone de recepción equipada con teléfono y una 1 sala de estar integrada;
Que el establecimiento cuenta con un 1 salón desayunador con capacidad para dieciséis 16 comensales, el mismo, tiene dos 2 baños;
Que en cuanto a la seguridad, dispone de salida y escalera de emergencia, matafuegos, señalización, detector de humo en lugares comunes y luces de emergencia;
Que brinda los servicios de desayuno continental, internet inalámbrico por WI-FI, cambio de ropa de cama cada tres 3
días, vigilancia con personal y estacionamiento descubierto con capacidad para treinta 30 vehículos;
Que todas las habitaciones disponen de teléfono, mesa de luz, placard, silla/butaca/sillón. Los baños están provistos de ducha con pediluvio y artículos de tocador;
Que respecto a las instalaciones y servicios para discapacitados, el establecimiento cuenta con rampa y acceso a nivel, pasillos con una medida de un metro y cincuenta centímetros 1,5 mQue en concordancia con el informe IF-2024-12823549-GDEBA-DRYFMPCEITGP emitido por la Dirección de Registro y Fiscalización, que ha sido elaborado con fundamento exclusivo en lo declarado en el formulario de inscripción, se estima pertinente clasificar y categorizar al establecimiento dentro del alojamiento turístico hotelero como Hotel Dos Estrellas; de conformidad con lo normado por los artículos 6º inciso a, 9º inciso A, 11, 15, 16, 18, 34, 35, 36, 38, 42 y concordantes del Anexo 1 de la Resolución Nº 23/14 del entonces Secretario de Turismo, modificada por su par N 10/2019;
Que asimismo manifiesta que la información brindada por el prestador surte efectos de presunción de verdad, pudiendo este Organismo verificar de oficio la veracidad de lo manifestado, dejando establecido que su falta lo hará pasible de sanción, según lo reglado en el artículo 11 del Decreto Nº 13/2014;
Que la presente gestión se dicta en uso de las facultades otorgadas por la Ley Nº 14.209, y los Decretos Nº 13/2014 y 54/2020 modificado por su par Nº 90/2022.
Por ello, LA SUBSECRETARIA DE TURISMO DEL MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, CIENCIA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Clasificar y categorizar al alojamiento turístico hotelero denominado HOTEL SOESGPYLA, cuyo titular de explotación comercial es Sindicato de Obreros de Estaciones de Servicio, Garages, Playas y Lavaderos Automáticos CUIT
N 30-53979313-2, ubicado en la calle Melón Gil 85, de la localidad de Mar de Ajó, partido de La Costa, como HOTEL
DOS ESTRELLAS del Registro de Hotelería y Afines, conforme lo declarado en el formulario de inscripción y por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2º. Determinar que, el titular de la explotación comercial del establecimiento hotelero mencionado, deberá adecuar la documentación y el material de propaganda y/o difusión a la modalidad y categoría conferida, debiendo exhibir en el frente del establecimiento el certificado de categoría otorgado por esta Subsecretaría.
ARTÍCULO 3º. Establecer que la información brindada por el solicitante en su presentación ante esta Subsecretaría tiene carácter de Declaración Jurada y surte efectos de presunción de verdad, por lo que toda conducta o acción realizada en defecto o detrimento de ello importará falta y será pasible de sanción.
ARTÍCULO 4º. Dejar constancia de que, conforme el artículo 15 del Anexo 1 de la Resolución N 23/2014, la categoría otorgada tiene una vigencia de tres 3 años contados a partir de la suscripción de la presente, por lo que la firma titular de la explotación comercial deberá solicitar la categorización respectiva tres 3 meses antes del vencimiento de dicho plazo.
Del mismo modo deberá proceder en caso de cese, suspensión por más de doce 12 meses o incorporación de servicios o elementos constructivos que puedan importar la modificación del nivel concedido.
ARTÍCULO 5º. Dejar asentado que el establecimiento dentro del periodo de vigencia de la categoría otorgada, deberá contar con una habitación para personas con discapacidad motriz conforme con lo establecido por la Ley Nacional N
22.431 artículos 20 y 21, Ley Provincial N 10592 artículo 24 y su Decreto Reglamentario N 1149/90 artículo 1, Ley de Adhesión de la Provincia de Buenos Aires N 14.095 y Resolución de la entonces Secretaria de Turismo N 23/2014. El no cumplimiento constituirá falta punible conforme al Decreto N 13/2014.
ARTÍCULO 6. Registrar y comunicar. Cumplido, archivar.
María Soledad Martinez, Subsecretaria
RESOLUCIÓN Nº 96-SSTMPCEITGP-2024
LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves 18 de Abril de 2024

SECCIÓN OFICIAL > página 67

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 26/04/2024 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha26/04/2024

Nro. de páginas159

Nro. de ediciones3366

Primera edición02/07/2010

Ultima edición07/05/2024

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