Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/04/2024 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 25 de abril de 2024

ccs. del decreto ley 9889/82, t.o. dec. 3631/92; en igual sentido, en el ámbito federal, doc. C.N.E. Fallos 807/89 y 1794/94, entre otros.
En punto a la cuestión aquí analizada, el artículo 46 inciso b de dicha norma dispone que es causa de declaración de caducidad de la personería política No presentarse en Distrito alguno en dos 2 elecciones consecutivas.
La norma prevé que La caducidad implicará la cancelación de la inscripción del partido o agrupación municipal, en el Registro y la pérdida de la personería política, subsistiendo aquellos como persona de derecho privado. conf. art. 46
proemio.
VI.- Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha resuelto que es razonable la exigencia legal referida a que el reconocimiento y mantenimiento de la personalidad política se encuentre directamente relacionado con la existencia de un volumen electoral identificado con sus objetivos. Pues de lo contrario, los partidos políticos se transformarían en estructuras vacías de contenidos e ineptas para cumplir con la función que les es propia doc. CSJN Fallos 315:380. Agregó allí el Alto Tribunal que el reconocimiento de los partidos políticos no importa que éstos no se encuentren sujetos a regulaciones legales. En efecto, los derechos civiles, políticos y sociales que la Constitución Nacional consagra, lejos de ser absolutos, están sujetos a limitaciones o restricciones tendientes a hacerlos compatibles entre sí y con los que corresponde reconocer a la comunidad
En la especie, la previsión de caducidad en el supuesto de no presentarse en dos elecciones generales consecutivas encuentra fundamento en el hecho de que la participación de los partidos, postulando candidatos, por sí o integrando una alianza, constituye la razón de ser de su propia existencia cf. doc. CNE, Fallo 4984/13, entre otros, ante idéntica norma en el ámbito federal.
VII.- Que, en forma pacífica y reiterada, con distintas integraciones del Cuerpo, se han declarado caducidades con fundamento en la causal objetiva prevista en el art. 46 inc. b del decreto ley citado, referida a la no participación en dos comicios generales consecutivos conf. Unión Vecinal del Partido de Pilar expte. N 5200-2116/86 Res. J.E. 23-V-2006;
Vecinos Por el Cambio expte. N 5200-6941/02 Res. J.E. 14-VI- 2006; Concertación Amplia por Salto expte. N 520012024/08 Res. J.E. 27-IV-2012; Vecinos Solidarios de Almirante Brown, expte. 5200-8990/02, Res. J.E. 4-V-2012;
Agrupación Vecinal Guerniquense de Pte. Perón, expte. n 5200-10904/06 Res. J.E. del 15-V-2012, Suipacha para todos, expte. n 5200-11972/08 Res. J.E. 30/VI/14, Agrupación Cívica Vecinal de San Isidro expte. n 5200-11908/08
Res. J.E. 30/VI/14, Agrupación Unión Vecinal por Morón expte Nº 5200-13526/15 Res. J.E 15/IV/16, Agrupación Municipal Fuerza Vecinal para el cambio social del distrito Tigre expte. n 5200-14539/14 07/VII/22, Agrupación Vecinal del Partido de Puan expte n 5200-16090/18 09-IV-2024, entre otros.
VIII.- Que de conformidad a lo dicho en los considerandos anteriores, corresponde declarar la caducidad de la personería política de la agrupación municipal JUNIN BICENTENARIO, del distrito homónimo Registro nº 827.
Por ello, LA JUNTA ELECTORAL DE LA PROVINCIA
RESUELVE
1.- Por las consideraciones expuestas, declárese la caducidad de la personería política de la agrupación municipal JUNIN
BICENTENARIO, del distrito homónimo, sin perjuicio de su subsistencia como persona de derecho privado art. 46, inc.
b del decreto ley 9889/82 T.O. por decreto 3631/92. Por Secretaría, procédase a cancelar la inscripción en el libro respectivo.
2.- Regístrese, notifíquese, publíquese por un 1 día en el Boletín Oficial y archívese.
Sergio Gabriel Torres, Presidente; Eduardo Raúl Delbés, Vocal; Federico Gastón Thea, Vocal; Francisco Agustín Hankovits, Vocal; Daniel Jorge Demaría Massey, Secretario de Actuación POR 1 DÍA - RESOLUCIÓN
VISTO: Las atribuciones conferidas a la Junta Electoral por el artículo 63 de la Constitución de la Provincia y por el artículo 5 inc. h del decreto ley 9889/82 t.o según decreto 3631/92 y sus modificatorias, lo previsto por el art. 46 y ccs. del decreto ley citado, la intimación efectuada mediante resolución de Presidencia de fecha 28/II/2024, obrante a fs. 143 de las presentes actuaciones correspondientes a la agrupación municipal AGRUPACIÓN ENCUENTRO VECINAL GENERAL
RODRIGUEZ, del distrito homónimo Expediente n 5200-16335/19, así como el informe que antecede elevado por la Secretaría de Actuación y CONSIDERANDO:
I.- Que del informe elevado por la Secretaría de Actuación de fs. 146 surge que la agrupación municipal AGRUPACIÓN
ENCUENTRO VECINAL GENERAL RODRIGUEZ, del distrito homónimo, Registro nº 894, ha quedado encuadrada en la causal de caducidad establecida en el inc. b, art. 46 del decreto ley antes mencionado, atento no haber participado en los comicios celebrados en los años 2021 y 2023.
II.- Que se procedió a notificar la resolución de fs. 143 al correo electrónico denunciado por la fuerza política, al domicilio partidario y mediante publicación en el Boletín Oficial ver constancia de fs. 143vta, fs. 144, fs. 146 y fs. 145
respectivamente.
III.- Que la intimación efectuada no ha sido contestada, encontrándose vencido el plazo otorgado.
IV.- Que el art. 48 del decreto ley 9889/82 t.o. según decreto 3631/92 faculta a esta Junta Electoral a declarar la cancelación de la personería política con las garantías del debido proceso legal en el que el partido o agrupación municipal será parte; requisito satisfecho conforme las constancias relevadas en el punto anterior.
V.- Que la Constitución de la Provincia de Buenos Aires define a los partidos políticos como instituciones fundamentales del sistema democrático y estructura su régimen legal con base en la representatividad conf. art. 59, inc. 2; arts. 7, 9, 11, 12 y ccs. del decreto ley 9889/82, t.o. dec. 3631/92; en igual sentido, en el ámbito federal, doc. C.N.E. Fallos 807/89 y 1794/94, entre otros.

SECCIÓN OFICIAL > página 70

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/04/2024 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha25/04/2024

Nro. de páginas154

Nro. de ediciones3366

Primera edición02/07/2010

Ultima edición07/05/2024

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