Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/04/2024 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 16 de abril de 2024

Organismo el depósito efectuado, adjuntándose el comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado.
Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la Resolución podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes Artículo 159 de la Constitución Provincial, Artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar la presente Resolución al Presidente del Consorcio para el Desarrollo del Noroeste de la Provincia de Buenos Aires - CO.DE.NO.BA., a la Relatoría actuante y al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO QUINTO: Rubríquese por el Señor Secretario de Actuaciones y Procedimiento la presente Resolución que consta de siete fojas; publíquese en el Boletín Oficial, y en la página electrónica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, reservar éste Expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el Artículo Tercero. Fírmese, cumplido, archívese.
Fallo: 100/2024.
Ariel Héctor Pietronave, Daniel Carlos Chillo, Juan Pablo Peredo, Gustavo Eduardo Diez, Federico Gastón Thea. Rubricado: Gonzalo Sebastián Kodelia.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 14/03/2024
N de Expediente: 3-098.0-2022
Ente u Organismo: Municipalidad de Rivadavia Ejercicio: 2022
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de RIVADAVIA, ejercicio 2022, acorde a lo expresado en el Considerando Octavo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por los fundamentos expuestos en los Considerandos Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto y en base a la determinación efectuada en el Considerando Séptimo aplicar Multa de $80.000,00 al Intendente Municipal Javier Ulises REYNOSO, Amonestación al Secretario de Gobierno Sergio Juan ARANGUEZ y Llamado de Atención al Contador Municipal Fernando CHIATTELLINO y al Intendente Municipal interino Joaquín LAXAGUEBORDE Artículo 16 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO TERCERO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires sobre la materia tratada en el Considerando Primero y disponer que la Delegación Zonal y la División Relatora tomen debida nota para informar en su próximo estudio. Declarar que los señores Javier Ulises REYNOSO, Alejandro Enrique SOLDATTI, Sergio Omar BUIL, Fernando CHIATTELLINO y Carolina GUZMAN no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas, no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO CUARTO: Dejar sin efecto la reserva sobre la cuestión tratada en el Considerando Sexto con el alcance allí establecido.
ARTÍCULO QUINTO: Notificar a Javier Ulises REYNOSO, Sergio Juan ARANGUEZ, Joaquín LAXAGUEBORDE, Sergio Omar BUIL, Fernando CHIATTELLINO, Carolina GUZMAN, Alejandro Enrique SOLDATTI, de lo resuelto en los artículos precedentes y fijarle al funcionario alcanzado con sanción pecuniaria, plazo de noventa 90 días para que proceda a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 1.865/4 multas-pesos - CBU
0140999801200000186543 a la orden del Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos AiresCUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a éste Organismo el depósito efectuado, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado. Asimismo, se les hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicar la presente Resolución al Relator actuante de la Vocalía Municipalidades A, al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de Rivadavia.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Rubricar por el Señor Secretario de Actuaciones y Procedimiento la presente Resolución que consta de doce fojas y publicarla en el Boletín Oficial y en la página electrónica del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires. Reservar este expediente en la Secretaria de Actuaciones y Procedimiento por los términos fijados en el Artículo Quinto. Fírmese. Cumplido, archívese.
Fallo: 129/2024.
Ariel Héctor Pietronave, Daniel Carlos Chillo, Gustavo Eduardo Diez, Juan Pablo Peredo y Federico Gastón Thea.
Rubricado: Gonzalo Sebastián Kodelia.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 14/03/2024
N de Expediente: 3-007.1-2022
Ente u Organismo: Municipalidad de Bahía Blanca - Hospital Municipal de Agudos Dr. Leonidas Lucero Ejercicio: 2022

SECCIÓN OFICIAL > página 58

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/04/2024 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha16/04/2024

Nro. de páginas138

Nro. de ediciones3366

Primera edición02/07/2010

Ultima edición07/05/2024

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