Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/04/2024 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 11 de abril de 2024

Que se expide la Dirección Provincial de Regulación dependiente de la Subsecretaría de Energía, informando que la Cooperativa ha dado cumplimiento a la información exigible en el Módulo Nº 1 Datos Generales y ha acreditado la presentación de la Documentación Institucional y Legal puntos a, b, c, d, e, f, g, h e i prevista en el Módulo N 6;
Que asimismo, y en orden a la exigencia prevista en el artículo 4º del Decreto N 503/04, relativa a la suscripción de un contrato de fideicomiso financiero destinado a la administración de los fondos originados por el agregado tarifario creado por el Decreto Nº 4.052/00, y posteriormente definido por el artículo 43 de la Ley N 11.769, como requisito para el otorgamiento de la licencia técnica habilitante, la Dirección Provincial de Regulación informa que la Cooperativa ha dado cumplimiento a tal exigencia, conforme nota emitida por el Foro Regional Eléctrico, a través del cual se informa la nómina de Cooperativas que integran del Fideicomiso FITBA, con motivo del requerimiento efectuado por la Subsecretaría de Energía;
Que habiendo intervenido en el marco de sus competencias la Dirección Provincial de Energía, el Organismo de Control de Energía de la Provincia de Buenos Aires y la Dirección Provincial de Regulación, expidiéndose en sentido favorable a la continuidad del trámite, la Subsecretaria de Energía propicia la renovación de la Licencia Técnica Habilitante ante esta Autoridad Aplicación a favor de la Cooperativa peticionante, la que le permitirá tramitar de la autoridad municipal concedente, la prórroga del contrato de concesión de distribución de energía eléctrica;
Que, en mérito a los antecedentes expuestos, se considera oportuno y conveniente, propiciar la renovación de la Licencia Técnica oportunamente otorgada a la distribuidora municipal, de conformidad a lo establecido en el Marco Regulatorio Eléctrico;
Que ha tomado intervención la Subsecretaría de Energía prestando conformidad con las actuaciones;
Que, por lo expuesto, le corresponde a este Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, en su carácter de Autoridad de Aplicación del Marco Regulatorio de Energía Eléctrica, dictar el pertinente acto administrativo;
Que han tomado intervención, en el marco de sus respectivas competencias, Asesoría General de Gobierno y Contaduría General de la Provincia;
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 24 y 54 inciso d del Marco Regulatorio Eléctrico aprobado por la Ley Nº 11.769 Texto Ordenado Decreto N 1.868/04, el artículo 27 de la Ley N
15.477, el Decreto N 503/04 y la RESO-2022-600-GDEBA-MIYSPGP;
Por ello, EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Renovar la Licencia Técnica otorgada por Resolución N 200/98 del entonces Ente Provincial Regulador Energético, a la "Cooperativa de Electricidad y Servicios Anexos de la Zona Sur del Partido de 25 De Mayo Limitada, para operar el servicio público de distribución de energía eléctrica, en el área de concesión determinada por el contrato de concesión municipal.
ARTÍCULO 2. Determinar que la presente licencia técnica habilita a la Cooperativa a tramitar la prórroga del contrato de concesión municipal, en tanto el poder concedente municipal así lo determine.
ARTÍCULO 3. Publicar, dar al Boletín Oficial e incorporar al Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas SINDMA. Girar a la Subsecretaría de Energía, para notificación a la interesada y comunicación al municipio concedente. Cumplido, archivar.
Gabriel Nicolás Katopodis, Ministro
MINISTERIO DE SALUD
RESOLUCIÓN N 1928-MSALGP-2024
LA PLATA, BUENOS AIRES
Martes 19 de Marzo de 2024
VISTO la Ley N 13.981, el Decreto Nº 59/19 y modificatorios, y el expediente N EX-2024-05134558-GDEBADPHMSALGP, en tramitación conjunta con los expedientes N EX-2024-5135777-GDEBA-DPHMSALGP y N EX-20245136312-GDEBA-DPHMSALGP, y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita la aprobación de los Convenios y sus Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX y X
celebrados por este Ministerio con la Asociación de Anestesiología y Dolor del Oeste Bonaerense A.A.D.O.B., la Asociación de Anestesiología del Norte de la Provincia de Buenos Aires, la Asociación Marplatense de Anestesia, Analgesia y Reanimación A.M.A.A.R. y la Asociación Civil de Anestesia, Analgesia y Reanimación del Centro de la Provincia de Buenos Aires;
Que dichos Convenios tienen como objeto la contratación de servicios médicos de anestesia, analgesia y reanimación a prestarse durante todos los días del año, de acuerdo a las necesidades que el Ministerio establezca, en los Hospitales enumerados en el Anexo I, a través de todos los anestesiólogos que voluntariamente se adhieran;
Que por la cláusula sexta de cada uno se detallan las prestaciones y se prevé que los valores de las Unidades Asistenciales y prácticas asistenciales se establecen en el Anexo IV;
Que mediante sus cláusulas vigésimo quinta se estipula que tendrán vigencia desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024, pudiendo las partes de común acuerdo y expresamente prorrogar por hasta doce 12 meses;
Que, a órdenes N 9/12, luce incorporada como archivos embebidos la documentación correspondiente a las citadas firmas;

SECCIÓN OFICIAL > página 12

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/04/2024 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha11/04/2024

Nro. de páginas117

Nro. de ediciones3368

Primera edición02/07/2010

Ultima edición09/05/2024

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