Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/03/2024 - Sección Oficial

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 27 de marzo de 2024

Sección
Oficial DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO Nº 296/2024
LA PLATA, BUENOS AIRES
Domingo 24 de Marzo de 2024
VISTO el expediente EX -2023-34362765-GDEBA-DGAIPS, por el cual se propicia modificar el haber mínimo total de las prestaciones contributivas que otorga el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, y CONSIDERANDO:
Que, en el marco de las políticas sociales implementadas por el Gobierno Provincial, deviene necesario incrementar los haberes mínimos previsionales, de conformidad al artículo 54 del Decreto-Ley Nº 9650/80 -Texto Ordenado Decreto Nº 600/94-, y sus modificatorias;
Que el incremento propiciado obedece a la necesidad de armonizar las políticas previsionales con la política salarial delineada por el Poder Ejecutivo Provincial;
Que en esa dirección resulta pertinente incrementar el haber mínimo total a partir del 1 de agosto de 2023 a pesos sesenta mil $60.000;
Que en consecuencia, y conforme a lo establecido en los artículos 2 y 3 del Decreto N 993/22, el haber mínimo previsional quedará fijado a partir del 1 de agosto de 2023 en la suma de pesos treinta y seis mil $36.000, mientras que la compensación especial complementaria ascenderá a pesos veinticuatro mil $24.000;
Que la movilidad señalada, encuentra el oportuno respaldo presupuestario conforme el análisis efectuado por el Instituto de Previsión Social, en el marco de la competencia que le asigna el mencionado artículo 54 del Decreto-Ley N 9650/80 Texto Ordenado Decreto N 600/94 y modificatorios y su Decreto reglamentario N 476/81, que en el artículo 48 faculta a dicho organismo a instar la medida que por el presente se adopta;
Que se han expedido favorablemente la Dirección Provincial de Presupuesto Público, la Subsecretaría de Hacienda, la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público, la Subsecretaría de Coordinación Económica y Estadística dependientes del Ministerio de Economía y la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica de la Secretaría General;
Que asimismo han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones previstas en los artículos 54 del DecretoLey Nº 9650/80 Texto Ordenado Decreto Nº 600/94 y modificatorios, Decreto Reglamentario Nº 476/81 y modificatorios, y 144 - proemiode la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Establecer a partir del 1º de agosto de 2023 en la suma de pesos sesenta mil $60.000 el monto del haber mínimo total de las jubilaciones y pensiones contributivas que otorga el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2º. Dejar establecido que conforme lo dispuesto en el artículo 1 de la presente medida, y a los porcentuales fijados en los artículos 2 y 3 del Decreto N 993/22, a partir del 1 de agosto de 2023 el haber previsional mínimo asciende a la suma de pesos treinta y seis mil $36.000 y la compensación especial complementaria al haber mínimo asciende a la suma de pesos veinticuatro mil $24.000.

SECCIÓN OFICIAL > página 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/03/2024 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha27/03/2024

Nro. de páginas98

Nro. de ediciones3368

Primera edición02/07/2010

Ultima edición09/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2024>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31