Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/03/2024 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 15 de marzo de 2024

Pública para la realización de la obra Construcción Centro Comunitario de Salud Mental, en el partido de Trenque Lauquen, y CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Arquitectura ha elaborado la documentación técnica y la Dirección de Contrataciones de Obra Pública, dependiente de la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones, ha confeccionado la documentación legal, que regirán el llamado y ejecución de la obra de referencia, con su respectivo presupuesto oficial, que responde a las normativas aprobadas para este tipo de realizaciones Decreto N 1562/85, normas complementarias y el DECRE- 202036-GDEBA-GPBA, modificado por el DECRE-2022-323-GDEBA-GPBA;
Que el presupuesto oficial de la obra asciende a la suma de pesos trescientos seis millones setecientos treinta y dos mil setecientos sesenta y cinco con sesenta y ocho centavos $306.732.765,68 a la que agregándole la suma de pesos tres millones sesenta y siete mil trescientos veintisiete con sesenta y seis centavos $3.067.327,66 para dirección e inspección artículo 8º Ley Nº 6.021, la suma de pesos nueve millones doscientos un mil novecientos ochenta y dos con noventa y siete centavos $9.201.982,97 para la reserva establecida en la Ley Nº 14.052, modificatoria del artículo 8º de la Ley Nº 6.021 y la suma de pesos de tres millones sesenta y siete mil trescientos veintisiete con sesenta y seis centavos $3.067.327,66 para embellecimiento, hace un total de pesos trescientos veintidós millones sesenta y nueve mil cuatrocientos tres con noventa y siete centavos $322.069.403,97, con un plazo de ejecución de doscientos setenta 270
días corridos;
Que en el marco del artículo 48 de la Ley Nº 6.021, el artículo 2.1.5 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares, prevé el otorgamiento de un anticipo financiero equivalente al veinte por ciento 20 % del monto contractual, previa constitución de garantía a satisfacción de este Ministerio;
Que la presente gestión se encuadra en las previsiones establecidas en la Ley Nº 14.812 reglamentada por el Decreto Nº 443/16 que declara la emergencia en materia de infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, y que fuera prorrogada por la Ley N 15.310;
Que ha tomado intervención la Dirección Provincial de Arquitectura;
Que el Consejo de Obras Públicas se expide en el marco de su competencia;
Que la Dirección de Presupuesto informa que la obra fue prevista en el Presupuesto General, Ejercicio 2023, Ley Nº 15.394, y realiza la correspondiente imputación preventiva del gasto;
Que la Dirección Provincial de Redeterminación de Precios de Obra Pública se expide en el marco de su competencia;
Que ha tomado intervención la Dirección de Contrataciones de Obra Pública y la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones;
Que en consecuencia corresponde el dictado del pertinente acto administrativo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9 de la Ley de Obras Públicas N
6.021 y su reglamentación, el artículo 2º del DECTO-2018-653-GDEBA-GPBA y la Ley de Emergencia N 14.812, reglamentada por el Decreto N 443/16 y prorrogada por la Ley N 15.310;
Por ello, EL SUBSECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS DEL MINISTERIO
DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Aprobar la documentación técnica elaborada por la Dirección Provincial de Arquitectura, Anexo I ACTA2023- 00641950-GDEBA-DTDPAMIYSPGP, PLIEG-2023-00643972-GDEBA-DTDPAMIYSPGP, PLIEG-2023-00644589GDEBA-DTDPAMIYSPGP, PLIEG-2023-01153671-GDEBA-DTDPAMIYSPGP
y PLIEG-2023-01153988-GDEBADTDPAMIYSPGP y a documentación legal confeccionada por la Dirección de Contrataciones de Obra Pública, la cual fuera avalada por la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones, Anexo II PLIEG-2023-49325319-GDEBADCOPMIYSPGP para el llamado y ejecución de la obra Construcción Centro Comunitario de Salud Mental, en el partido de Trenque Lauquen, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de pesos trescientos seis millones setecientos treinta y dos mil setecientos sesenta y cinco con sesenta y ocho centavos $306.732.765,68 a la que agregándole la suma de pesos tres millones sesenta y siete mil trescientos veintisiete con sesenta y seis centavos $3.067.327,66 para dirección e inspección artículo 8º Ley Nº 6.021, la suma de pesos nueve millones doscientos un mil novecientos ochenta y dos con noventa y siete centavos $9.201.982,97 para la reserva establecida en la Ley Nº 14.052, modificatoria del artículo 8º de la Ley Nº 6.021 y la suma de pesos de tres millones sesenta y siete mil trescientos veintisiete con sesenta y seis centavos $3.067.327,66 para embellecimiento, hace un total de pesos trescientos veintidós millones sesenta y nueve mil cuatrocientos tres con noventa y siete centavos $322.069.403,97, con un plazo de ejecución de doscientos setenta 270
días corridos.
ARTÍCULO 2. Autorizar a la Dirección de Contrataciones de Obra Pública, dependiente de la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones, para que de conformidad con la documentación y presupuesto aprobados por el artículo 1, proceda a efectuar un llamado a Licitación Pública para la ejecución de la obra de referencia, debiendo publicar los avisos respectivos en la página www.gba.gov.ar con una anticipación no menor de cinco 5 días hábiles y hasta la fecha de la apertura, conforme lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Emergencia N 14.812 y su Decreto Reglamentario N
443/16 y a publicar la documentación licitatoria en la página www.gba.gob.ar/infraestructura/licitaciones.
ARTÍCULO 3. Establecer que la presente gestión se atenderá con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General Ejercicio 2023 - Ley Nº 15.394 - JU 14 - PR 8 - SP 1 - PY 13881 - OB 69 - IN 4 - PPR 2 - PPA 1 - FF 11 - UG 826 - CTA.
ESCRITURAL 710 - MON 1.
ARTÍCULO 4. Aprobar el otorgamiento, previa constitución de garantía, de un anticipo financiero del veinte por ciento 20
% del monto del Contrato, conforme lo establecido en el artículo 2.1.5 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares.
ARTÍCULO 5. Establecer que la Comisión Evaluadora de Ofertas se constituirá oportunamente, según lo establecido en la RESO-2021-1117-GDEBA-MIYSPGP, su modificatoria RESO-2022-42-GDEBA-MIYSPGP y la DISPO-2022-85-GDEBA-

SECCIÓN OFICIAL > página 8

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/03/2024 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha15/03/2024

Nro. de páginas121

Nro. de ediciones3394

Primera edición02/07/2010

Ultima edición14/06/2024

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