Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/08/2023 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 28 de agosto de 2023

ARTÍCULO 1. Limitar en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de Salud, de acuerdo a lo establecido por el artículo 50 de la Ley N 10.471, a partir del 20 de diciembre de 2021, la designación en el grado de Asistente, con carácter Interino, de Edwin Dante HUAMAN PALMA D.N.I. 19.014.492 - Clase 1966, como Médico - Especialidad: Clínica Médica, con un régimen horario de treinta y seis 36 horas semanales guardia en el Hospital Zonal Especializado en Rehabilitación El Dique del Partido de Ensenada, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, que había sido dispuesta por Resolucin Nº 2333/202 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 2. Designar en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de Salud, a partir del 20 de diciembre de 2021, en la planta permanente, por Concurso Abierto de Méritos, Antecedentes y Evaluación, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b de la Ley Nº 10471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91, en el grado de Asistente, a Edwin Dante HUAMAN PALMA D.N.I. 19.014.492 - Clase 1966, para desempeñar el cargo de Médico - Especialidad: Clínica Médica, con un régimen horario de treinta y seis 36 horas semanales guardia artículo 26 de la Ley N 10.471 en la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud - Dirección Provincial de Hospitales - Hospital Zonal Especializado en Rehabilitación El Dique del Partido de Ensenada.
ARTÍCULO 3. Dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de Autoridad de Aplicación a los fines previstos en el artículo 3 del Decreto-Ley N 8078/73, texto según Ley N 13644, ha hecho lugar a la solicitud de excepción de incompatibilidad efectuada por el profesional que se menciona en el artículo precedente, con relación al cargo que posee en la Municipalidad de Ensenada, a partir del 20 de diciembre de 2021.
ARTÍCULO 4. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente, con imputación a la Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 - Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 19 Subprograma: 3 - Actividad: 1 - Ubicación Geográfica: 245 - Finalidad 3 - Función 1 - Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria - Presupuesto General Ejercicio 2023 - Ley N 15.394.
ARTÍCULO 5º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Martín Insaurralde, Ministro
RESOLUCIÓN Nº 3000-MJGM-2023
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 7 de Julio de 2023
VISTO el EX-2022-05019934-GDEBA-HZEOIDABMSALGP, por el cual se propicia cubrir un 1 cargo de Odontólogo Asistente - Especialidad: Odontopediatría, en el Hospital Zonal Especializado de Odontología Infantil "Dr. Adolfo M. Bollini"
de La Plata, a partir del 17 de diciembre de 2021, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N 3491/2021 del Ministerio de Salud y modificatorias, se formuló un llamado a concurso abierto de ingreso al escalafón de la Carrera Profesional Hospitalaria, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91 para cubrir, entre otros, un 1 cargo de Odontólogo Asistente - Especialidad: Odontopediatría, con un régimen horario de treinta y seis 36 horas semanales guardia en el establecimiento referido.
Que obra copia del acta labrada por el pertinente jurado, de la cual surge que se cumplimentaron las etapas previstas por la resolución citada, en lo referido a la realización del examen, el acto de consenso, y el cómputo de antigedad y antecedentes.
Que en virtud de los resultados alcanzados se propicia la designación de Camila Macarena BARTOLA, por haber obtenido el puntaje necesario.
Que a fin de obtener la vacante respectiva, se propicia limitar por la presente, a partir del 17 de diciembre de 2021, la designación de carácter interino de la profesional mencionada en el acápite precedente, en el mismo cargo, lugar de prestación de servicios y régimen horario, que había sido efectuada con anterioridad por Resolución N 2801/2020 de este Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros.
Que el artículo 50 de la Ley N 10.471 establece que el personal comprendido en este Título carece de estabilidad, concluyendo su desempeño al extinguirse la causal de su designación, o se disponga su cese cuando razones de servicio así lo aconsejen.
Que según lo informado por la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal ante el Ministerio de Salud, la persona que nos ocupa se encuentra percibiendo haberes conforme las condiciones en las que fuera designada como personal de carácter interino dentro del régimen de la Carrera Profesional Hospitalaria Ley N 10.471.
Que en autos se informa que la agente cuya designación se propicia se desempeña efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2023 - Ley Nº 15.394.
Que por el Decreto N 99/2020 se incorporó al Decreto N 272/2017 E el artículo 4 bis, mediante el cual se delegó en el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros, la facultad de designar al personal comprendido en el artículo 7 incisos 1 y 2 de la Ley N 10.471 y al personal previsto en la Ley N 10.430 que cumpla tareas esenciales y que desempeñe servicios efectivos en establecimientos hospitalarios del Ministerio de Salud, previo requerimiento fundado por la Dirección Provincial de Hospitales, o aquella que en el futuro la reemplace.
Que asimismo, el artículo 11 del mencionado Decreto N 272/2017 E, modificado por el Decreto N 99/2020, establece que deberán tomar intervención la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas, intervenciones que se encuentran acreditadas en las presentes actuaciones.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 5º y 21 inciso b de la Ley Nº
SECCIÓN OFICIAL > página 30

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/08/2023 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha28/08/2023

Nro. de páginas131

Nro. de ediciones3396

Primera edición02/07/2010

Ultima edición19/06/2024

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