Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/08/2023 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 22 de agosto de 2023

Que por Decreto N 1119/23, de fecha 29 de junio de 2023, se regularon distintos aspectos contemplados en la Ley Nº 10.449 y su Decreto Reglamentario N 1705/89, por los cuales se establece el régimen de empleo público del Personal Técnico Gráfico;
Que, asimismo, por el mencionado Decreto se aprobó la desagregación de la estructura orgánico funcional de la Dirección Provincial de Impresiones y Digitalización del Estado de la Secretaría General, aprobada por Decretos N 4/2020 y N
895/2022;
Que, por un error material, se omitió la incorporación de los artículos de determinación de cargos para la estructura aprobada, lo que se encuentra previsto en el Decreto N 770/2020 que aprueba el Reglamento para la Formulación, Tramitación y Aprobación de Estructuras Organizativas en el ámbito de la Administración Pública Provincial y el Modelo de Decreto de Aprobación/Modificación de Estructura Orgánico-Funcional;
Que, asimismo, se incluyó en el Anexo V del Decreto N 1119/23 el reconocimiento de las funciones desempeñadas en el Departamento Digitalización, no encontrándose tales tareas previstas en el artículo 23 de la Ley N 10.449 y su reglamentación;
Que, en virtud de lo establecido en el artículo 115 del Decreto-Ley N 7.647/70, corresponde en esta instancia rectificar el Decreto N 1119/23;
Que se han expedido favorablemente la Dirección Provincial de Personal, la Dirección Provincial de Planificación y Gestión Estratégica y la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, dependientes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que, asimismo, ha dictaminado favorablemente Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 8, 9, 54 y 55 de la Ley N 15.164, su modificatoria Ley N 15.309 y 144 -proemio e inciso 2- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Incorporar como artículo 6 bis del Decreto N 1119/23, el siguiente texto:

ARTÍCULO 6 BIS. Determinar para la estructura orgánico-funcional aprobada en el artículo precedente los siguientes cargos: UN/A 1 Subdirector/a de Planificación y Comercialización; UN/A 1 Subdirector/a de Coordinación de Impresiones; UN/A 1 Subdirector/a de Enlace Administrativo y Personal; UN/A 1
Jefe/a de Departamento Comercialización; UN/A 1 Jefe/a de Departamento Contable y Financiero;
UN/A 1 Jefe/a de Departamento Enlace Administrativo y Personal; UN/A 1 Jefe/a de Departamento Seguridad y Salubridad en Imprentas; UN/A 1 Jefe/a de Departamento Digitalización; todos ellos conforme los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial, Ley Nº 10.430 T.O.
Decreto Nº 1869/96 y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96.
ARTÍCULO 2. Incorporar como artículo 6 ter del Decreto N 1119/23, el siguiente texto:

ARTÍCULO 6 TER. Determinar para la estructura orgánico-funcional aprobada por el artículo 6 los siguientes cargos: UN/A 1 Jefe/a de Departamento Plotter y Trabajos Especiales; CUATRO 4 Jefes/as de Departamento Talleres I a IV; UN/A 1 Jefe/a de Departamento Producción; UN/A 1 Jefe/a de Departamento Impresiones de Seguridad; UN/A 1 Jefe/a de Departamento Escuela de Aprendices; UN/A
1 Jefe/a de Departamento Diseño Gráfico, UN/A 1 Jefe/a de Departamento Programación, UN/A 1
Jefe/a de Departamento Control de Gestión y UN/A 1 Jefe/a de Departamento Logística; todos ellos conforme los cargos vigentes que rigen para el personal gráfico, Ley N 10.449 modificada por Ley N
10.461 y su Decreto Reglamentario Nº 1705/89.
ARTÍCULO 3. Sustituir el Anexo V IF-2023-24707274-GDEBA-SSGSGG del Decreto N 1119/23 por el Anexo V IF2023-28453133-GDEBA-SSGSGG, que forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 4. El presente decreto tendrá vigencia desde el 29 de junio de 2023.
ARTÍCULO 5. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Hacienda y Finanzas y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 6. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Pablo Julio López, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador
ANEXO/S
IF-2023-28453133-GDEBA-SSGSGG

7daed4f8e3bdf15d86778cf6f7ae1f7bc4601efbdaf6981cf3bca3efd4e15ab4

Ver
DECRETO Nº 1487/2023
LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves 17 de Agosto de 2023
VISTO el expediente EX-2023-28632199-GDEBA-DMGESYAMJGM del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, mediante el cual se gestiona una reubicación excepcional para el Personal de la Planta Permanente con Estabilidad que revista en el régimen de la Ley N 10.449 y modificatorias, reglamentada por Decreto N 1705/89, y CONSIDERANDO:

SECCIÓN OFICIAL > página 4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/08/2023 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha22/08/2023

Nro. de páginas131

Nro. de ediciones3395

Primera edición02/07/2010

Ultima edición18/06/2024

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