Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 09/05/2023 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 09 de mayo de 2023

realizado por el usuario Enrique Omar CASADO, por daños en artefactos eléctricos ocurridos el día 9 de mayo de 2019, en el suministro de su titularidad Usuario N 21637101, como así también, al Deber de Información para con este Organismo de Control.
ARTÍCULO 2. Ordenar a la Gerencia de Procesos Regulatorios a sustanciar el debido proceso sumarial, realizando el pertinente Acto de Imputación, a través del cuerpo de abogados y abogadas que la conforman.
ARTÍCULO 3. Registrar. Publicar. Dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Notificar a la COOPERATIVA DE
ELECTRICIDAD, CONSUMO, CRÉDITO Y OTROS SERVICIOS PÚBLICOS DE ANTONIO CARBONI LIMITADA. Pasar a conocimiento de la Gerencia de Procesos Regulatorios y al Centro de Atención a Usuarios. Cumplido, archivar.
ACTA Nº 13/2023
Roberto Emir Daoud, Presidente; Rubén Fabián Ahumada, Vicepresidente; Pablo Jorge San Miguel, Director Vocal Segundo
RESOLUCIÓN FIRMA CONJUNTA Nº 87-OCEBA-2023
LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves 4 de Mayo de 2023
VISTO el Marco Regulatorio de la Actividad Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires, conformado por la Ley 11.769 T. O.
Decreto N 1868/04, su Decreto Reglamentario Nº 2479/04, el Contrato de Concesión suscripto, lo actuado en el EX-202133067077-GDEBA-SEOCEBA y CONSIDERANDO:
Que la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA EDES S.A. realizó una presentación ante este Organismo de Control, solicitando el encuadramiento como fuerza mayor de las interrupciones del suministro ocurridas el día 31 de agosto de 2021, como consecuencia de una falla en la Estación Transformadora Bahía Blanca de 500
kV, y que afectara a varias localidades de la zona sur de la provincia de Buenos Aires orden 4;
Que la Distribuidora expresó que: El día 31/08/2021 a las 15:08 hs se produjo una falla en una estación transformadora operada por TRANSBA, ubicada sobre la ruta provincial 51, quien abastece de energía a EDES S.A. Por esta razón, se vió interrumpida la prestación del servicio de energía eléctrica, por razones ajenas a EDES SA, en el ámbito de la ciudades de Bahía Blanca, Gral. Daniel Cerri, Ing. White, Cabildo, Médanos, Algarrobo, Hilario Ascasubi, Mayor Buratovich y Teniente Origone, Villalonga, Stroeder, San Blas y Patagones, afectando aproximadamente 152.000 usuarios En efecto, el evento aconteció el día martes 31/08/2021 a las 15:08 hs., teniendo por causa la desconexión en 132 KV de los transformadores de ET Bahía Blanca Transba 500/132 KV propiedad de TRANSBA SA. Esta falla provocó que quedaran sin servicio a las ET de 132 KV de Punta Alta, Norte 2, Chañares, Urbana, Petroquímica, Patagones y Pedro Luro, todas ellas alimentadas por TRANSBA. orden 4;
Que la Concesionaria presentó como prueba documental: Nota presentada por la Distribuidora solicitando el encuadre del evento como Caso Fortuito o Fuerza Mayor pág. 1 a 8 de la NO-2021-33164043-GDEBA-GCCOCEBAorden 4, informes del evento, realizado por el COD EDES y Parte de Novedades de Perturbaciones confeccionado por TRANSBA
pág. 1 a 5 de NO-2022-13992694-GDEBA-GCCOCEBAorden 5, planilla con el detalle de cada interrupción y su correspondiente código de interrupción del caso invocado, conforme fueran cargadas en el sistema de gestión de Calidad de Servicio Técnico pág. 1 y 2 de NO-2022-13996467-GDEBA-GCCOCEBA -orden 6 y archivo embebido, nota enviada a EDES solicitando ampliar información respecto a la averiguación del tratamiento otorgado por la transportista para con el evento pág. 1 y 2 de NO-2021-33256836-GDEBA-GCCOCEBAorden 7, nota de respuesta de EDES sobre ampliación de información pág. 1 a 3 de NO-2022-13920302-GDEBAGCCOCEBAorden 8;
Que, habiendo intervenido la Gerencia de Control de Concesiones, remitió una nota solicitándole a la Distribuidora que amplíe la presentación inicial con documentación que acredite la correspondiente solicitud de encuadramiento de dicho transportista ante el ENRE y/o el eventual dictamen que hubiera merecido el presente caso por parte de dicho organismo orden 7;
Que atento a lo solicitado, sostuvo que: la Distribuidora realiza una presentación formal ante este Organismo, invocando la causal Caso Fortuito o Fuerza Mayor, donde además de invocar los conceptos de imprevisibilidad, inevitabilidad, anormalidad y hecho ajeno, considera insuperable cualquier medida posible de adoptar por la Distribuidora para salvaguardar la contingencia, ya que el colapso de servicio por parte de la Transportista afectó directamente a la fuente de alimentación principal del área de concesión circunscripta;
Que conforme la solicitud de información ampliatoria, la Distribuidora manifiesta que: a su entender el encuadre del evento como Fuerza Mayor en los términos de la presentación original, ampliándose la declaración en lo que respecta a la solicitud de la documentación adicional, haciendo saber que la Distribuidora solamente cuenta con lo oportunamente suministrado como material probatorio, a saber el Parte de Novedades de Perturbaciones emitido por TRANSBA S.A., referido al evento del 31/8/2021 y careciendo de cualquier otro tipo de información respectiva de cualquier presentación realizada por la Transportista ante el ENRE, como así también el eventual dictamen que hubiere emitido dicho organismo.
; Que por lo expuesto, concluyó: considerando que no se cuenta con todos los elementos que permitan encuadrar el caso en causal de Fuerza Mayor en tanto no han sido acreditados por la peticionante, se giran las presentes actuaciones a efectos de que, dadas las particulares circunstancias que la enmarcan, en cuanto a las instalaciones que provocaran la interrupción del servicio, se analice la eventual procedencia de lo peticionado por la Distribuidora en cuanto a la eximición de responsabilidad por la interrupción detallada en nota NO-2021-33164043-GDEBAGCCOCEBA orden 4, en lo que respecta al cálculo de penalización global por Calidad de Servicio Técnico para el 41 Semestre de Control de la Etapa de Régimen. y remitió las actuaciones a la Gerencia de Procesos Regulatorios;
Que la Gerencia de Procesos Regulatorios estimó que el Organismo de Control, desde su creación, ha establecido un grado de exigibilidad estricta respecto del caso fortuito o fuerza mayor, donde se encuentra involucrada de manera
SECCIÓN OFICIAL > página 153

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 09/05/2023 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha09/05/2023

Nro. de páginas174

Nro. de ediciones3369

Primera edición02/07/2010

Ultima edición10/05/2024

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