Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/01/2023 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 27 de enero de 2023

bonificaciones especificas el pago de las mismas, se calculan montos como sueldo básico duplicidad que no corresponden a la bonificación, atento que la lectura que hace el sistema informático de dichos códigos, son asimilados a cargos por haber sido incorporado en las posiciones 15 y 16 los porcentajes del beneficio;
Que la Coordinación Gestión y Recupero de Deudas procedió a calcular cargo deudor por haberes indebidamente percibidos por el titular de autos por el período que va desde el 01/11/2012 al 30/03/2018 ascendiendo a la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 19/100 $192.897,19, encontrando su origen en los fundamentos expuestos en el párrafo que antecede;
Que se ha producido un desplazamiento patrimonial sin causa, en virtud del error incurrido que faculta a este IPS a repetir lo abonado, puesto que lo real y concreto es la existencia del enriquecimiento sin causa por parte del beneficiario, lo que conlleva la carga de restituir lo generado en dicha situación conforme artículos 726, 766, 868, 1796, 1798 y concordantes del Código Civil y Comercial;
Que la deuda en estudio se calculó en orden a lo establecido en el artículo 61 del Decreto - Ley 9650/80, en el contexto de las facultades discrecionales conferidas a este Organismo, cuya forma de cancelación debe adecuarse a los lineamientos establecidos en la Resolución N 8/12 y con sustento en el presente acto administrativo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la Ley N 8587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN
SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Declarar legitimo el cargo deudor practicado, el cual asciende a la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y
DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 19/100 $192.897,19 por haberes indebidamente percibidos por el Sr PAREDES LEOPOLDO durante el periodo comprendido desde el 01/11/2012 al 30/03/2018, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80.
ARTÍCULO 2º: Intimar de pago al Sr. PAREDES LEOPOLDO para que en el plazo de 10 diez días hábiles, contados a partir de la notificación del presente, abone al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires la suma PESOS
CIENTO NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 19/100 $192.897,19. El importe del crédito reclamado deberá ser depositado en la cuenta fiscal N 50046/3 CBU 0140999801200005004639 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Casa Matriz de La Plata, debiendo adjuntar a las actuaciones, dentro del mismo plazo, copia certificada del respectivo comprobante, o bien remitirla vía electrónica al correo sectordeudas@ips.qba.qov.ar.
ARTÍCULO 3º: Una vez transcurrido el plazo establecido en el articulo precedente sin que se haya verificado la cancelación del crédito o convenio de pago, se afectara el haber previsional en el 20 % veinte por ciento de las sumas que por todo concepto perciba el deudor conforme la facultad otorgada por el articulo 61 del Decreto - Ley 9650/80. Se deja constancia que en este caso en particular, no se deberá reclamar intereses compensatorios, en virtud de que la causa generadora de la deuda no resulta imputable al deudor y/o ex empleador atento lo establecido en el articulo 2o de la Resolución N
12/18.
ARTÍCULO 4º: Registrar. Pasar las actuaciones al Sector Deudas Notificaciones. Cumplido, siga su trámite como por derecho corresponda.
Departamento Relatoría/Coordinación Sector Gestión y Recupero de Deudas Eduardo Santin, Presidente ene. 24 v. ene. 30
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica a los derechohabientes de la causante de autos por 5 días, en el Expediente Nº 21557-513534-19 la Resolución Nº 003196 de fecha 11 de enero de 2023.
RESOLUCIÓN Nº 003196
VISTO el expediente N 21557-513534-19 por el cual Ramón LEGAL, solicita el beneficio de JUBILACION por EDAD
AVANZADA, en los términos del Decreto - Ley N 9650/80 T.O. 1994, y;
CONSIDERANDO:
Que durante la tramitación se produjo el fallecimiento de la titular, por lo que corresponde reconocer el derecho que le asistía al goce del beneficio jubilatorio;
Que posteriormente se presenta Mercedes Ester DORADO solicitando el beneficio pensionario, en carácter de cónyuge supérstite del causante;
Que se encuentra probado el vínculo alegado y reunidos los requisitos legales;
Que la fecha de comienzo del beneficio se determina a partir del día siguiente al fallecimiento;
Que contando con la vista del Fiscal de Estado;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN
SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE
ARTÍCULO 1º.REVOCAR la resolución 2021-2344-GDEBA-IPS obrante a Fs.20 de fecha 6/05/2021, atento haberse dictado con posterioridad al fallecimiento del causante.
ARTÍCULO 2º. RECONOCER que a Ramón LEGAL, con documento DNI N 8.595.205, le asistía el derecho al goce del beneficio de JUBILACION POR EDAD AVANZADA equivalente al 57% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de
SECCIÓN OFICIAL > página 112

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/01/2023 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha27/01/2023

Nro. de páginas181

Nro. de ediciones3381

Primera edición02/07/2010

Ultima edición28/05/2024

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