Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/12/2022 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 02 de diciembre de 2022

N de Expediente: 21100-619734-2009-0-1.
Sumario de responsabilidad Patrimonial: Ministerio De Seguridad.
Ejercicio: 2009.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Declarar que, por los hechos tratados en el presente sumario administrativo de responsabilidad, el Estado Provincial se ha visto perjudicado en el importe de $9.544,50 referido al mes de junio de 2016, conforme lo señalado en el Considerando Primero.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar solidaria y patrimonialmente responsables a los señores Jorge Daniel PÉREZ, DNI Nº 13.749.175, Jorge Omar MEDINA, DNI Nº 18.575.194, Javier Carlos VILLAR, DNI. Nº 20.477.117, Rodolfo Facundo Ángel ARIAS, DNI. Nº 24.708.394 y Carlos Oscar Alberto SILVA, DNI. Nº 21.841.322 por transgresión a los artículos 112 y 114 de la Ley Nº 13.767 arts. 64 y 65 del Decreto-Ley Nº 7764/71, T. O. 9167/86 y concordantes del Decreto Reglamentario y formularle cargo pecuniario en forma solidaria por la suma total de pesos cuatrocientos cuarenta y seis mil novecientos veinticuatro $446.924,00 de acuerdo a lo expresado en los Considerandos Segundo y Tercero.
ARTÍCULO TERCERO: Notificar a los señores: Jorge Daniel PÉREZ, Jorge Omar MEDINA, Javier Carlos VILLAR, Rodolfo Facundo Ángel ARIAS y Carlos Oscar Alberto SILVA el cargo pecuniario en forma solidaria que se les formula en el Artículo Segundo y fijarles plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 108/9 CBU 0140999801200000010893 a la orden del Señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial art. 33 Ley Nº 10.869 y sus modificatorias vigentes. Asimismo, se les hace saber que la resolución podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias vigentes. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar a la Contaduría General de la Provincia, al señor Ministro de Seguridad y al Director General de Administración del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO QUINTO: Rubricar por el Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 18/16 del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires esta resolución que consta de tres 3 fojas, firmarla en un ejemplar, reservar el expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento por los términos fijados en el Artículo Tercero. Publíquese en el Boletín Oficial y en la página web del H. Tribunal de Cuentas. Hecho, archívese.
Fallo: 856/2022
Gustavo Eduardo Diez; Juan Pablo Peredo; Daniel Carlos Chillo; Ariel Héctor Pietronave; Federico Gastón Thea.
Rubricado: Ricardo César Patat.
POR 1 DÍA - Tipo: Sumario Fecha de Acuerdo: 29/09/2022
N de Expediente: 21100-845191-2013-0-2
Sumario de responsabilidad Patrimonial: Ministerio de Seguridad Ejercicio: 2013
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Declarar que, por los hechos tratados en el presente sumario administrativo de responsabilidad, el Estado Provincial se ha visto perjudicado en el importe de $1.533,00 referido al mes de julio de 2013, conforme lo señalado en el Considerando Primero.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia que mediante depósito de fojas 273 vta. y certificación de la Dirección de Movimiento de Fondos de la Contaduría General de la Provincia de fojas 276/ 277, se encuentra acreditado el pago parcial del importe del perjuicio ocasionado $1.533,00, conforme lo señalado en el Considerando Sexto .
ARTÍCULO TERCERO: Dejar establecido que se acredita el fallecimiento del agente Edgardo Gustavo AGUIRRE, D.N.I. Nº 22.781.588 y que resulta procedente la culminación del presente sumario de acuerdo a lo expresado en los Considerandos Cuarto y Quinto.
ARTÍCULO CUARTO: Declarar patrimonialmente responsable a la señora Daiana Noelia AMMIRATA, D.N.I. Nº 35.401.021, por transgresión a los artículos 112 y 114 de la Ley Nº 13.767 arts. 64 y 65 del Decreto-Ley Nº 7764/71, T. O.
9167/86 y concordantes del Decreto Reglamentario y formularle cargo pecuniario por la suma total de pesos ciento cinco mil sesenta y siete $105.067,00 de acuerdo a lo expresado en el Considerando Quinto.
ARTÍCULO QUINTO: Notificar a la señora Daiana Noelia AMMIRATA el cargo pecuniario que se le formula en el Artículo Cuarto y fijarle plazo de noventa 90 días para que proceda a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 108/9 CBU 0140999801200000010893 a la orden del Señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial art. 33 Ley Nº 10.869 y sus modificatorias vigentes. Asimismo, se les hace saber que la resolución podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias vigentes. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicar a la Contaduría General de la Provincia, al señor Ministro de Seguridad y al Director General de Administración del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.

SECCIÓN OFICIAL > página 113

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/12/2022 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha02/12/2022

Nro. de páginas209

Nro. de ediciones3394

Primera edición02/07/2010

Ultima edición14/06/2024

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