Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/08/2022 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 22 de agosto de 2022

Sra. Luciana CONSTANTINO artículo 39 de la Ley N 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando SEXTO, dejar sin efecto el cargo de $211.026,83
que fuera dispuesto por el Artículo Octavo Considerando Sexto, apartado e, del Fallo de las cuentas del ejercicio 2014, por el que se responsabilizara en forma solidaria: por $184.636,42, al Intendente Municipal Sr. Francisco José ECHARREN, a la Secretaria de Hacienda Sra. Juliana PASCUA, la Secretaria de Gobierno Sra. María Agustina ANTONELLI y la Contadora Municipal Sra. Luciana CONSTANTINO; y por $26.390,41 al Intendente Municipal Sr. Francisco José ECHARREN, a la Secretaria de Hacienda Sra. Juliana PASCUA, a la Secretaria de Gobierno Sra. María Agustina ANTONELLI y al Contador Municipal Interino Sr. Rubén Teodoro MORÁN artículo 39 de la Ley N 10.869 y sus modificatorias ARTÍCULO SÉPTIMO: Notificar a Señores Francisco José ECHARREN, Rubén Teodoro MORÁN, Leopoldo Nicolás TORREZ y Federico Oscar LONGHI y las señoras Juliana PASCUA, Luciana CONSTANTINO, María Laura OLGUÍN
RUFINO y María Agustina ANTONELLI, lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente les corresponda a cada uno de ellos, y fijarles, a los recurrentes alcanzados por sanciones pecuniarias, un plazo de noventa días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal N 1865/4 multas Pesos - CBU 0140999801200000186543, a la orden del Sr. Presidente de este H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite. Asimismo y para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley N 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de la causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley N 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO OCTAVO: Comunicar la presente Sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de CASTELLI.
ARTÍCULO NOVENO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución N 18/16 de este Honorable Tribunal de Cuentas el presente fallo que consta de veinticinco fojas; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este Honorable Tribunal de Cuentas. Reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el Artículo Séptimo. Cumplido, archívese.
Fallo: 609/2022
Daniel Carlos Chillo; Juan Pablo Peredo; Gustavo Eduardo Diez; Ariel Héctor Pietronave; Federico Gastón Thea. Rubricado: Ricardo César Patat.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 04/08/2022
N de Expediente: 3-073.0-2020
Ente u Organismo: Municipalidad de MARCOS PAZ
Ejercicio: 2020
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de Marcos Paz, ejercicio 2020, acorde a lo expresado en el Considerando Décimo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por los fundamentos reseñados en los Considerandos Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto Apartado a, Séptimo y Octavo y en base a la determinación efectuada en el Considerando Noveno, aplicar Multa de $35.000,00 al Intendente Ricardo Pedro Curutchet, Amonestación al Contador Municipal Nicolás Achucarro y Llamado de Atención a la Secretaria General de Economía y Jefe de Gabinete Ana Virginia Goyeneche. Artículo 16 de la Ley nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO TERCERO: Desaprobar los egresos tratados en el Considerando Quinto Apartado b y sobre la base de lo allí expuesto, formular cargo de $29.677,81, por el que deberán responder, en forma solidaria al Intendente Municipal Ricardo Pedro CURUTCHET, con el Contador Municipal Nicolás ACHUCARRO y la Secretaria de Economía y Finanzas Públicas Ana Virginia GOYENECHE. Artículo 16 de la Ley nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires sobre las materias tratadas en los Considerandos Quinto Apartado c y Sexto, y disponer que la Relatoría Zonal y la División Relatora tomen debida nota para informar en su próximo estudio. Declarar que el Intendente Municipal Ricardo Pedro CURUTCHET, el Contador Municipal Nicolás ACHUCARRO, la Secretaria de Economía y Finanzas Públicas Ana Virginia GOYENECHE y la Contadora Municipal Daniela GARITONANDIA; alcanzados por las reservas detalladas, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el Honorable Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto del tema cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO QUINTO: Notificar a Ricardo Pedro Curutchet, Daniela Garitonandia, Ana Virginia Goyeneche y Nicolás Achucarro; de lo resuelto en los Artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles a los funcionarios alcanzados por sanciones pecuniarias, plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuentas fiscales Nº 1865/4 multas Pesos - CBU
0140999801200000186543 y Nº 108/9 cargos Pesos CBU 0140999801200000010893 a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose el comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la Resolución podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes Artículo 159 de la Constitución
SECCIÓN OFICIAL > página 53

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/08/2022 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha22/08/2022

Nro. de páginas132

Nro. de ediciones3367

Primera edición02/07/2010

Ultima edición08/05/2024

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