Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/05/2022 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 24 de mayo de 2022

modificatorias.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por los fundamentos expuestos en el considerando segundo, dejar sin efecto el cargo de $545.374,47, que fuera dispuesto por el artículo séptimo, considerando sexto, apartado 1.2 del fallo de la cuenta del ejercicio 2012, por el que se responsabilizara por la suma de $273.175,65 al Intendente Municipal Sr., Humberto Edgardo.
Zúccaro, en solidaridad con el Contador Municipal, Sr. Alejandro Hernán Liendo, la Sub Contadora Municipal, Sra. Gloria Graciela Campias y el Responsable de la Unidad Ejecutora, Secretario de Obras y Servicios Públicos, Sr. Blas Mariano Grimaldi y por el importe de $272.198,82 al Intendente Municipal Sr. Humberto Edgardo Zúccaro, en solidaridad con el Contador Municipal, Sr. Alejandro Hernán Liendo y el Responsable de la Unidad Ejecutora, Secretario de Obras y Servicios Públicos, Sr. Blas Mariano Grimaldi artículo 39 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en el considerando tercero, dejar sin efecto el cargo de $3.111.178,78, que fuera dispuesto por el artículo octavo, considerando sexto, apartado 2.1 del fallo de la cuenta del ejercicio 2012, por el que se responsabilizara por la suma de $686.199,44 al Intendente Municipal Sr. Humberto Edgardo Zúccaro; en solidaridad con el Contador Municipal, Sr. Alejandro Hernán Liendo, la Sub Contadora Municipal, Sra. Gloria Graciela Campias y el Responsable de la Unidad Ejecutora, Secretario de Salud, Sr. Pablo Atchabahian y por el importe de $2.424.979,34 al Intendente Municipal Sr. Humberto Edgardo Zúccaro, en solidaridad con el Contador Municipal, Sr.
Alejandro Hernán Liendo y el Responsable de la Unidad Ejecutora, Secretario de Salud, Sr. Pablo Atchabahian artículo 39
de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando cuarto, dejar sin efecto el cargo de$15.886.015,44, que fuera dispuesto por el artículo noveno, considerando séptimo, apartado 5 del fallo de la cuenta del ejercicio 2012, por el que debían responder el Intendente Municipal Sr. Humberto Edgardo Zúccaro, en solidaridad con el Contador Municipal, Sr. Alejandro Hernán. Liendo; la Secretaria de Hacienda, Sra. Viviana Alicia Aranzasti y la Directora de Recursos Humanos, Sra. Paola Marcela Carboneartículo 39 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando quinto, dejar sin efecto el cargo de $72.863,96, que fuera dispuesto por el artículo décimo, considerando séptimo, apartado 6 del fallo de la cuenta del ejercicio 2012, por el que resultaban responsables el Intendente Municipal Sr. Humberto Edgardo Zúccaro, en solidaridad con el Contador Municipal, Sr. Alejandro Hernán. Liendo; la Secretaria de Hacienda, Sra. Viviana Alicia Aranzasti y la Directora de Recursos Humanos, Sra. Paola Marcela Carboneartículo 39 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando sexto, dejar sin efecto el cargo de $49.925,64, que fuera dispuesto por el artículo undécimo, considerando séptimo, apartado 7 del fallo de la cuenta del ejercicio 2012, por el que debía responder el Intendente Municipal Sr. Humberto Edgardo Zúccaro, en solidaridad con el Contador Municipal, Sr.
Alejandro Hernán. Liendo; la Secretaria de Hacienda, Sra. Viviana Alicia Aranzasti y la Directora de Recursos Humanos, Sra. Paola Marcela Carbone artículo 39 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Por los fundamentos expuestos en el considerando séptimo, dejar sin efecto el cargo de $149.323,42, que fuera dispuesto por el artículo duodécimo, considerando séptimo, apartado 8 del fallo de la cuenta del ejercicio 2012, por el que resultaban responsables el Intendente Municipal Sr. Humberto Edgardo Zúccaro, en solidaridad con el Contador Municipal, Sr. Alejandro Hernán. Liendo; la Secretaria de Hacienda, Sra. Viviana Alicia Aranzasti y la Directora de Recursos Humanos, Sra. Paola Marcela Carbone artículo 39 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO OCTAVO: Por los fundamentos expuestos en el considerando octavo, dejar sin efecto el cargo de $12.122.773,28, que fuera dispuesto por el artículo décimo tercero, considerando séptimo, apartado 11 del fallo de la cuenta del ejercicio 2012, por el que resultaban responsables el Intendente Municipal Sr. Humberto Edgardo Zúccaro, en solidaridad con el Contador Municipal, Sr. Alejandro Hernán Liendo; la Secretaria de Hacienda, Sra. Viviana Alicia Aranzasti y la Directora de Recursos Humanos, Sra. Paola Marcela Carbone artículo 39 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO NOVENO: Dejar constancia de lo manifestado en el considerando noveno del presente.
ARTÍCULO DÉCIMO: Notificar a los Sres. Humberto Edgardo Zúccaro, Alejandro Hernán Liendo, Blas Mariano Grimaldi, Pablo Atchabahian y a las Sras. Viviana Alicia Aranzasti, Paola Marcela Carbone, Gloria Graciela Campias lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente le corresponda a cada uno de ellos. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley N 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley N 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Comunicar la presente sentencia a la Municipalidad de Del Pilar y al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución N 18/16 de este Honorable Tribunal de Cuentas el presente fallo que consta de doce fojas; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la página web de este Honorable Tribunal de Cuentas; reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante el plazo fijado en el artículo octavo. Cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 17/02/2022
N de Expediente: 4-093.0-2019
Ente u Organismo: Municipalidad de Villa Gesell Ejercicio: 2019
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de VILLA GESELL, ejercicio 2019, acorde a lo expresado en el Considerando Décimo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia de lo observado y manifestado en el Considerando Quinto respecto de los excesos verificados al cierre del ejercicio en estudio, así como de la convalidación de los mismos que hiciera el H. Concejo Deliberante por imperio de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley Provincial N 15225, que inhibe la aplicación de sanciones por parte de este Organismo.

SECCIÓN OFICIAL > página 77

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/05/2022 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha24/05/2022

Nro. de páginas142

Nro. de ediciones3396

Primera edición02/07/2010

Ultima edición19/06/2024

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