Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/10/2021 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 12 de octubre de 2021

el representante legal, acreditando el carácter invocado. Artículo 5º. Registrar, comunicar y notificar. Cumplido, archivar.
Disposición Nº DISPO-2021-131-GDEBA-DPTFMIYSPGP.
Hector Camarotti, Director oct. 5 v. oct. 13
POR 5 DÍAS - Notifico al señor PASSERO ARIEL DNI N 26.539.053 con domicilio real en Diagonal 628 y esquina Diagonal 618 N 89 de la ciudad de La Plata pcia. de Buenos Aires, que por expediente 22104-2948/15 en trámite ante esta Subsecretaría de Transporte, sita en calle 7 N 1267, se ha dictado la Disposición que a continuación se transcribe: La Plata, 28 de noviembre de 2019. Visto el expediente Nº 22104- 2948/15, del Registro del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, y considerando: Que mediante la Resolución Nº 514/15, se aplicó al Sr. Ariel Ricardo Passero DNI N
26.539.053 una multa por un valor total de Pesos Treinta y Dos Mil Cuatrocientos $32.400,00 por realizar servicios intercomunales de transporte de pasajeros sin autorización; Que debe señalarse que el acto sancionatorio encuentra fundamento en los antecedentes de hecho y de derecho obrantes en los actuados, constituyendo el resultado de la ponderación de todos los elementos vinculados al caso; Que en cuanto al encuadre normativo, resultan de aplicación al caso bajo análisis el Artículo 211 del Decreto Nº 6864/58, Reglamentario del Decreto Ley Nº 16.378/57 y sus modificaciones; Que también resultan de aplicación el Decreto Ley Nº 7647/70, normas de procedimiento administrativo, texto actualizado con las modificaciones introducidas por las leyes Nº 13.262, 13.708, 14.224 y 14.229; Que el acto sancionatorio fue notificado con fecha 3 de noviembre de 2015, mediante Carta Documento CD694134420. Que el Sr.
Passero interpuso el día 9 de noviembre de 2015 en tiempo y forma Recurso de Revocatoria, el que lleva implícito el Jerárquico en Subsidio en los términos del Artículo 89 del Decreto Ley Nº 7647/70 de Procedimiento Administrativo; Que en lo formal el recurso resulta procedente en atención a que fue interpuesto dentro de los diez días de notificada la disposición y fundado por escrito conf. art. 92 del Decr. 7647/70; Que en lo sustancial, el Sr. Passero alegó un argumento principal en su defensa. Así puso de manifiesto la venta del vehículo objeto de infracción. Asimismo, acompañó a fs. 12/14 copia simple de la denuncia de venta del vehículo dominio THP 148 transferido a la Sra. Dalera Erica Alejandra DNI N 34.253.299; A
fs. 22/23 está agregado el informe técnico legal de la Dirección de Asuntos Jurídicos en donde se advierte que el Sr.
Passero poseía habilitación para efectuar servicios de transporte intercomunal de pasajeros de carácter especializado. De ese modo, del informe se sugiere el cambio de calificación del art. 211 por el art. 250 del decr. 6864/58. Por otro lado, del informe surge que: Se observa claramente que el Sr. Leonardo Martin Pereyra resulta ser el titular del vehículo involucrado desde el 23.05.2018, fecha ésta posterior a la del acta de comprobación. Que del informe de DNRPA surgió que: el Sr.
Passero era titular del vehículo dominio THP 148 desde el día 06/06/2013, que actualmente el rodado posee baja de motor desde el 12/06/2018 y que no constaba en las bases de datos del organismo, ninguna denuncia de venta. Asimismo, de ese informe a fs. 50 surgió que el último titular registral es el Sr. Pereyra Leonardo Martin DNI N 27.749.551, por lo que cabe concluir que la transferencia del vehículo dominio THP 148 se perfeccionó a este último; Que a fs. 54 está agregado el Dictamen de Asesoría General de Gobierno, del cual surge que: Analizado lo actuado, esta Asesoría de Gobierno considera que se encuentra suficientemente acreditado -de acuerdo a los informes elaborados por las reparticiones competentesque el titular del vehículo infraccionado al momento de labrarse el acta era el Sr. Passero; Asimismo teniendo en cuenta que el Sr. Passero cuenta con las autorizaciones y permisos pertinentes para prestar el servicio de transporte intercomunal de pasajeros pero que el automotor en cuestión no se encontraba dentro del parque móvil habilitado, debería encuadrarse la falta en el art. 214 del Decr. 6864/58. Que de lo expuesto precedentemente, se concluye que de las argumentaciones y pruebas agregadas al expediente, queda acreditado que al momento de configurarse la infracción el titular del vehículo dominio THP 148 era el Sr. Passero pero la infracción reside en que dicho vehículo no estaba registrado en la base de datos del parque móvil habilitado en los Servicios Especializados; Que en base a lo expuesto, lleva a esta Dirección Provincial a hacer lugar parcialmente el recurso interpuesto, revocar la resolución atacada y dictar un nuevo acto administrativo encuadrando la infracción cometida por el Sr. Passero en el art. 250 del Decreto 6864/58; por afectar a los servicios vehículos no habilitados; Que en este último sentido, deviene pertinente observar que, en virtud de la expresa delegación consagrada en el Decreto Nº 272/17 E, el Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos resulta competente para resolver el aludido recurso jerárquico; Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Ley Nº 16.378/57 y el Decreto Nº 6864/58; Por ello, el Director Provincial de Fiscalización del Transporte de la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires Dispone: Artículo 1º. Hacer lugar parcialmente el recurso de revocatoria interpuesto por el Sr.
Passero Ariel Ricardo DNI N 26.539.053 contra la Resolución Nº 514/15, en atención a las razones expuestas en los considerandos de la presente. Artículo 2º. Imputar al Sr. Passero Ariel Ricardo DNI N 26.539.053 por su incursión en la falta enmarcada en el Artículo 250 del Decreto Nº 6864/58, por afectar a los servicios vehículos no habilitados, en el caso, el día 14 de febrero de 2015 transportando cincuenta 50 pasajeros desde Ezeiza hacia Mar de Ajó con el vehículo dominio THP 148. Artículo 3º. Otorgar a la imputada un plazo de diez 10 días hábiles a partir de la notificación de la presente para formular descargo. Artículo 4º. Registrar, comunicar y notificar. Cumplido, archivar.
Disposición Nº DI-2019-536-GDEBA-DPTFMIYSPGP
Mariano Raffo, Director oct. 5 v. oct. 13
POR 5 DÍAS - Notifico al señor CABRERA GASTÓN DNI 22.588.582 con domicilio real en Avda. Pte. Perón N 1043 de la localidad de Lincoln Pcia. de Buenos Aires, que por expediente EX-2020-5260273-GDEBA-DPTLMIYSPGP en trámite ante esta Subsecretaría de Transporte, sita en calle 7 N 1267, se ha dictado la Disposición que a continuación se transcribe: La Plata, 23 de abril de 2021. Visto el Expediente N EX-2020-05260273-GDEBA-DPTLMIYSPGP del Registro del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, y Considerando: Que las presentes actuaciones se originan con motivo del contralor realizado sobre los servicios de transporte de pasajeros, efectuado en el Acceso Hipólito Yrigoyen 2600 en la ciudad de Lincoln, partido de Lincoln, el día 9 de febrero de 2020, donde se labró el Acta de Comprobación Nº 3513; Que en dicha acta se imputa al Sr. Gastón Alberto Cabrera DNI N 22.588.582 por el hecho de realizar un servicio intercomunal sin autorización; en el caso: con el vehículo chapa patente Nº HCW-081, realizaba un servicio desde Alberdi partido de Leandro N. Alem hacia Lincoln, transportando doce 12 pasajeros, posee Habilitación Municipal N 05/20 del partido de Leandro N. Alem; Que el imputado formula descargo, manifestando que en el momento del hecho no estaba
SECCIÓN OFICIAL > página 91

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/10/2021 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha12/10/2021

Nro. de páginas101

Nro. de ediciones3394

Primera edición02/07/2010

Ultima edición14/06/2024

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