Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 26/07/2021 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 26 de julio de 2021

Decreto 347/2021, ARTÍCULO SEGUNDO: Firmar en doble ejemplar la presente Resolución, que consta de dos 2 fojas. Rubricar por el Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución N 18/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, registrar, comunicar a los Señores Relatores Mayores y Auditores Jefes de las Delegaciones Zonales del Honorable Tribunal de Cuentas de las Vocalías A y B, al Secretario de Relaciones Institucionales y Profesionales, y al Secretario Legal y Técnico, publicar en el Boletín Oficial y en la página web del Organismo. Cumplido, archivar.
Gustavo Eduardo Diez; Ariel Héctor Pietronave; Juan Pablo Peredo; Daniel Carlos Chillo; Eduardo Benjamín Grinberg; Ricardo César Patat.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 10/09/2020.
N de Expediente: 4-066.0-2018.
Ente u Organismo: Municipalidad de Lobería.
Ejercicio: 2018.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de LOBERÍA, ejercicio 2018, acorde a lo expresado en el considerando octavo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Encomendar a la Delegación Zonal las verificaciones indicadas en los considerandos segundo, inciso 3 y tercero, inciso 2.
ARTÍCULO TERCERO: En base a los fundamentos expuestos en el considerando séptimo, aplicar una multa por la suma de $80.000,00 al Intendente Sr. Juan José FIORAMONTI, de $16.000,00 a la Secretaría de Economía y Hacienda, Contadora Municipal y Responsable del Sistema de Presupuesto Sra. María Magdalena DE NOIA, de $12.000,00 al Secretario de Gobierno y Responsable del Programa N 28 Sr. Mario Alberto TERUGGI, de $40.000,00 al Contador Municipal Sr. Fermín EDER, de $15.000,00 al ex Jefe de Personal y Responsable del Sistema de Administración de Personal Sr. Horacio Pedro DETTANO y de $30.000,00 a la Tesorera Municipal Sra. María Laura TOCE y una amonestación a la ex Intendente Sra. Diana Edith ARGELLO, al Director de Obras de Infraestructura y Responsable del Programa N 37 Sr. Eduardo Anselmo LANCE, al Jefe de Compras Sr. Martín Andrés SAN ANTÓN, al Jefe de Patrimonio y Responsable del Sistema de Administración de Bienes Físicos Sr. Carlos Alberto RAFFAGHELLI, al Director de Deportes y Responsable del Programa N 17 Sr. Fabio Alberto MÁRSICO, a la Directora de Cultura y Responsable del Programa N 18
y a cargo de la firma de la Dirección de Deporte y Responsable del Programa N 17 a partir del 18/06/18 Sra. María Gabriela REGGIANI, al Delegado de San Manuel y Responsable del Programa N 24 Sr. Jorge Atilio MAUAD, al Director de Desarrollo Local Sr. Alejandro Javier SANTAMARÍA, al Secretario de Salud y Desarrollo Social Sr. Francesco José FIORAMONTI, al Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos Sr. Roberto Daniel MASÓN y a la Directora de Personal y Recursos Humanos Sra. Eugenia ARCHIERI artículo 16 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el considerando sexto, inciso 9, con formulación de cargo de $238.847,29 por el que deberá responder el Intendente Sr. Juan José FIORAMONTI en solidaridad con el Jefe de Personal y Responsable del Sistema de Administración de Personal Sr. Horacio Pedro DETTANO y con la Agente Municipal Sra. Silvia Cristina LATRILLE artículo 16 inciso 3 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento de este Honorable Tribunal de Cuentas sobre las materias tratadas en los considerandos cuarto, incisos 1, 2.1, 2.2, 2.3, 2.4, 2.5 y 2.6, quinto y sexto, incisos 2, 5, 6 y 8 y disponer que la División Relatora tome nota para informar en su próximo estudio.
ARTÍCULO SEXTO: Declarar que los Sres. Juan José FIORAMONTI, Fermín EDER, Roberto Daniel MASÓN, Alejandro Javier SANTAMARÍA y Pablo Javier BARRENA y las Sras. Mónica Beatriz BALBUENA, María Magdalena DE NOIA, Eugenia ARCHIERI, Diana Edith ARGELLO y María Belén ZAFFARANO, alcanzados por las reservas mencionadas, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto este Organismo no se pronuncie concreta y definitivamente sobre el tema cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Dejar sin efecto la reserva establecida sobre la cuestión tratada en el considerando sexto, inciso 1, liberando de responsabilidad al Sr. Juan José FIORAMONTI y a la Sra. María Magdalena DE NOIA y, las abordadas en los incisos 3, 4, 7 y 9 del mismo considerando, en las condiciones allí expuestas.
ARTÍCULO OCTAVO: Notificar a los Sres. y Sras. Juan José FIORAMONTI, Fermín EDER, Eugenia ARCHIERI, Diana Edith ARGELLO y María Belén ZAFFARANO, María Magdalena DE NOIA, Mario Alberto TERUGGI, Horacio Pedro DETTANO, María Laura TOCE, Eduardo Anselmo LANCE, Martín Andrés SAN ANTÓN, Carlos Alberto RAFFAGHELLI, Pablo Javier BARRENA, Fabio Alberto MÁRSICO, María Gabriela REGGIANI, Jorge Atilio MAUAD, Alejandro Javier SANTAMARÍA, Francesco José FIORAMONTI, Roberto Daniel MASÓN, Mónica Beatriz BALBUENA y Silvia Cristina LATRILLE, de lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles a los funcionarios alcanzados por sanciones pecuniarias, plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuentas fiscales Nº 1865/4 multas-Pesos - CBU
0140999801200000186543 y Nº 108/9 cargos-Pesos - CBU 0140999801200000010893 a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose el comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H.
Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO NOVENO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

SECCIÓN OFICIAL > página 58

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 26/07/2021 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha26/07/2021

Nro. de páginas106

Nro. de ediciones3384

Primera edición02/07/2010

Ultima edición31/05/2024

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