Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/06/2021 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 10 de junio de 2021

las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicar al Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual, la recomendación formulada en el Artículo Cuarto.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Comunicar la presente sentencia al señor Gobernador artículo 144 de la Constitución Provincial, al actual Ministro de Justicia y Derechos Humanos y la actual Ministra de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual, a los señores Presidentes de las H. Cámaras de Diputados y Senadores como complemento de la Cuenta General del Ejercicio control de mérito, al señor Contador General de la Provincia artículos 91 a 96 de la Ley de Administración Financiera y Sistemas de Control Nº 13767 y al señor Tesorero General de la Provincia.
ARTÍCULO OCTAVO: Rubríquese por el señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 18/16 del Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, la presente Resolución que consta de diez fojas, comuníquese a los funcionarios de la Vocalía Administración Central de este H. Tribunal de Cuentas, devolver al organismo de origen la documentación presentada a estudio, publíquese en el Boletín Oficial y en la página electrónica del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires. Fírmese, cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 17/12/2020
N de Expediente: 1-321.0-2018
Ente u Organismo: Secretaría General de la Gobernación Ejercicio: 2018
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN - Ejercicio 2018, en concordancia con lo estipulado en el Considerando Sexto en Disidencia. Dadas las dificultades de acceso a la información experimentadas por la auditoría a raíz de la implementación del SIGAF, teniendo en cuenta las responsabilidades asumidas al respecto por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, la presente aprobación deja debida constancia de la eventual asignación de responsabilidades a los funcionarios actuantes, en caso de configurarse el supuesto descripto en el Considerando Sexto del Voto en Disidencia. Ello, a los efectos de salvaguardar el ejercicio de las atribuciones y deberes de este H. Tribunal de Cuentas, sin perjuicio del efecto de cosa juzgada inherente al Fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la ley 10.869 y modificatorias.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Tercero y en base a la determinación allí efectuada, aplicar multas de $10.403,42 a Eduardo Fabián PERECHODNIK y de $10.403,42 a Pedro de las BARRERAS
PEREZ Artículo 16 de la Ley 10869 y modificatorias.
ARTÍCULO TERCERO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el Considerando Tercero con formulación de cargo de $2.264.132,25 por el que deberá responder Eduardo Fabián PERECHODNIK en solidaridad con Pedro de las BARRERAS PEREZ Artículo 16 de la Ley 10869 y modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Dejar constancia del cumplimiento de las recomendaciones efectuadas en el ejercicio anterior conforme lo expresado en el Considerando Quinto.
ARTÍCULO QUINTO: Encomendar a la Delegación y a la Relatoría actuante en el 2019 el seguimiento de las cuestiones tratadas en los Considerandos Cuarto y Quinto e informar al respecto.
ARTÍCULO SEXTO: Notificar a Eduardo Fabián PERECHODNIK y Pedro de las BARRERAS PEREZ de lo resuelto en artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos y fijarles a los responsables alcanzados por sanciones pecuniarias plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuentas fiscales N 1865/4 multas-pesos y/o N 108/9 cargos-pesos ambas a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se les hace saber ene l caso de las sanciones impuestas que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley 10869 y sus modificatorias. Para el caso de que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley 12008 fecha de interposición de la demanda, carátula numera de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Comunicar la presente sentencia al señor Gobernador artículo 144 de la Constitución Provincial, al señor Secretario General de Gobierno, a los señores Presidentes de las H. Cámaras de Diputados y Senadores como complemento de la Cuenta General del Ejercicio control de mérito, al Contador General de la Provincia artículos 91 a 96
de la Ley de Administración Financiera y Sistemas de Control Nº 13.767 y al Tesorero General de la Provincia.
ARTÍCULO OCTAVO: Rubríquese por el señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 18/16 del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, la presente Resolución que consta de diez fojas, comunicarla a la Relatoría y Delegación actuantes en los ejercicios implicados y devolver a la Jurisdicción la documentación presentada a estudio. Publíquese en el Boletín Oficial y en la página electrónica del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires. Fírmese, cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 17/12/2020
N de Expediente: 1-176.0-2018
Ente u Organismo: Sistema de Atención Médica Organizada Ejercicio: 2018
RESUELVE:

SECCIÓN OFICIAL > página 81

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/06/2021 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha10/06/2021

Nro. de páginas85

Nro. de ediciones3371

Primera edición02/07/2010

Ultima edición14/05/2024

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