Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/03/2021 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 10 de marzo de 2021

Antonio Juan Ignacio MARLATS, Sebastián CHIARADIA, Carlos María MÉDICO, Oscar Iván ORDÓÑEZ y Diego Luciano KRISTENSEN y las Sras. María Florencia DESIDERIO y Yanina Soledad URLACHER, contra las amonestaciones y las multas aplicadas por el artículo quinto, considerando octavo considerandos segundo incisos 1, 4, 5, 7, 17 y 18, tercero inciso 1, cuarto inciso 3 y sexto inciso 1 del fallo recurrido y disponer el pase de las actuaciones a la División Relatora a los fines del artículo 39 de la Ley N 10.869 y sus modificatorias considerando primero del presente.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar improcedente el recurso presentado por los Sres. Miguel Ángel Gargaglione, Antonio Juan Ignacio Marlats, Luis Gustavo Pérez y Oscar Iván Ordóñez, Sebastián Chiaradia, Carlos María Médico, Diego Luciano Kristensen y las Sras. Luciana Sampayo y Ana Paula Mancino, María Florencia Desiderio y Yanina Soledad Urlacher en base a los fundamentos expuestos en el considerando segundo del presente.
ARTÍCULO TERCERO: Declarar improcedente el recurso presentado por los recurrentes con relación al tema abordado en el considerando sexto, inciso 3, por las razones expuestas en el considerando tercero.
ARTÍCULO CUARTO: Notificar a los Sres. Miguel Ángel GARGAGLIONE, Antonio Juan Ignacio MARLATS, Luis Gustavo PÉREZ y Oscar Iván ORDÓÑEZ, Sebastián CHIARADIA, Carlos María MÉDICO, Diego Luciano KRISTENSEN y las Sras.
Luciana SAMPAYO y Ana Paula MANCINO, María Florencia DESIDERIO y Yanina Soledad URLACHER de lo dispuesto en los artículos precedentes.
ARTÍCULO QUINTO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicar la presente sentencia a la Municipalidad de San Cayetano, para su conocimiento.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución N 18/16 del H.
Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de tres fojas; firmarlo en un ejemplar;
publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web del Honorable Tribunal de Cuentas y remitir las presentes actuaciones al Relator actuante, conforme lo dispuesto en el artículo primero. Cumplido, archívese.

SECCIÓN OFICIAL > página 116

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/03/2021 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha10/03/2021

Nro. de páginas117

Nro. de ediciones3393

Primera edición02/07/2010

Ultima edición13/06/2024

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