Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/08/2019 - Sección Oficial

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 07 de agosto de 2019

ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la MUNICIPALIDAD DE LUJÁN, ejercicio 2017, acorde a lo expresado en el Considerando Undécimo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia sin otros alcances de las cuestiones tratadas en los Considerandos Segundo incisos a y c, Cuarto incisos a, b y d y Sexto.
ARTICULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en los Considerandos Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto, en base a la determinación efectuada en el Considerando Décimo aplicar: Multa de $ 20.000,00 al Intendente Municipal Oscar Ernesto LUCIANI, de$ 8.500,00 a la Contadora Municipal Andrea Vanesa RUSSO y de $ 8.500,00 a la Tesorera Municipal Graciela Noemí GUEVARA; Amonestación al Director de Compras Federico Agustín FERRARAZZO y a la Tesorera Municipal interina Noelia Alejandra CEYBA y Llamado de atención al Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos Marcelo Enrique GUTIÉRREZ, al Director de Recursos TributariosJavier Fabián VALLEJOS, al Director de Coordinación Administrativa Miguel Ángel ROMAN y a la Responsable de Bienes Físicos Rosana María MASEDA Artículo 16 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires N 10.869 y sus modificatorias.
ARTICULO CUARTO: Desaprobar los egresos tratados en el Considerando Octavo y sobre la base de lo allí expuesto, formular cargo de $ 85.340,52, por el que responderán los ex Intendentes Municipales Miguel Ángel PRINCE y Graciela Zulema ROSSO hasta la suma de $ 10.810,00 y el Intendente Municipal Oscar Ernesto LUCIANI hasta la suma de $
74.530,32 Artículo 16 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTICULO QUINTO: Desaprobar los egresos tratados en el Considerando Noveno inciso6 y sobre la base de lo allí expuesto, formular cargo de $ 103.322,66 por el que responderán la ex Intendente Municipal Graciela Zulema ROSSO
hasta la suma de $ 77.694,40 y el Intendente Municipal Oscar Ernesto LUCIANI hasta la suma de $ 25.628,26 Artículo 16
de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires Nº 10869 y sus modificatorias.
ARTICULO SEXTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires sobre el tema tratado en el Considerando Séptimo y Noveno inciso 4 disponer que la Delegación Zonal y la División Relatora tomen nota para informar en su próximo estudio. Declarar que los Sres. Oscar Ernesto LUCIANI, Andrea Vanesa RUSSO, Graciela Noemí GUEVARA, Noelia Alejandra CEYBA, Miguel Ángel CABRERA y el Secretario Legal y Técnico Alcides Agustín PEDURÁN, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTICULO SEPTIMO: Encomendar a la Delegación Zonal la verificación indicada en el Considerando Séptimo.
ARTICULO OCTAVO: Dejar sin efecto la reserva establecida sobre las cuestiones tratadas en el Considerando Noveno incisos 1, 2, 3 y 5, liberando de responsabilidad a Oscar Ernesto LUCIANI, Andrea Vanesa RUSSO, Graciela Noemí GUEVARA, José ARTERO, Alcides Agustín PEDURAN y María del Carmen MARCHETTI.
ARTICULO NOVENO: Dejar sin efecto la reserva establecida con los alcances fijados en el Considerando Noveno inciso 6.
ARTICULO DECIMO: Notificar a Oscar Ernesto LUCIANI, Andrea Vanesa RUSSO, Graciela Noemí GUEVARA, Federico Agustín FERRARAZZO, Marcelo Enrique GUTIERREZ, Javier Fabián VALLEJOS, Rosana María MASEDA, Miguel Ángel PRINCE, Graciela Zulema ROSSO, Miguel Ángel CABRERA, Noelia Alejandra CEYBA, Alcides Agustín PEDURÁN, José ARTERO, María del Carmen MARCHETTI, Miguel Ángel ROMAN de lo resuelto en los artículos precedentes, y fijarles a los funcionarios alcanzados con sanciones pecuniarias, plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuentas Fiscales Nº 1.865/4 multas-pesos-CBU
0140999801200000186543 y/o Nº 108/9 cargos-pesos-CBU 0140999801200000010893, ambas a la orden del Sr.
Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires-CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a éste Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado. Asimismo, se les hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido por el artículo 38º de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTICULO UNDECIMO: Comunicar al Relator a cargo del estudio de la cuenta, al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de Luján. Por último al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires lo manifestado en el Considerando Quinto.
ARTÍCULO DUODECIMO: Rubricar por el Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución N 18/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires la presente Resolución que consta de veintiocho fojas;
firmarlo y reservarlo en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el Artículo Décimo.
Publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.
Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Municipalidad de CHACABUCO
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 11/04/2019
N de Expediente: 3-028.0-2017
Ejercicio: 2017
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la MUNICIPALIDAD DE CHACABUCO ejercicio 2017, acorde a lo expresado en el Considerando Undécimo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por los fundamentos expuestos en los Considerandos Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto, Séptimo y Octavo de la presente Resolución, y conforme a la determinación efectuada en el Considerando Décimo, aplicar multa de $ 35.000,00 al Intendente Municipal Víctor Reinaldo AIOLA; de $ 15.000,00 a la Contadora Municipal Estela
SECCIÓN OFICIAL > página 136

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/08/2019 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha07/08/2019

Nro. de páginas239

Nro. de ediciones3372

Primera edición02/07/2010

Ultima edición15/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Agosto 2019>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031