Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/08/2019 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 07 de agosto de 2019

señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose el comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO OCTAVO: Encomendar a la Relatoría de Delegación las verificaciones señaladas en los considerandos segundo apartado e.2 parte pertinente, cuarto apartado 3.4 parte pertinente, quinto apartados a, b y c y sexto apartado a, con los alcances allí planteados.
ARTÍCULO NOVENO: Comunicar la presente sentencia para su conocimiento a la Municipalidad de Campana y al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y particularmente lo expuesto en el considerando segundo apartado g al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires IPS y al Instituto Obra Médico Asistencial de la Provincia de Buenos Aires IOMA.
ARTÍCULO DÉCIMO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 18/2016 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de sesenta; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este Honorable Tribunal de Cuentas; reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el artículo séptimo. Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Municipalidad de TANDIL
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 11/04/2019
N de Expediente: 4-114.0-2017
Ejercicio: 2017
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de TANDIL, ejercicio 2017, acorde a lo expresado en el considerando sexto.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia sin otros alcances el incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en los considerandos segundo, apartados 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 16 y tercero, apartados 1, 2, 4 y5.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en el considerando segundo, apartados 1, 9 y 13, aplicar una amonestación al Intendente Municipal Miguel Ángel Lunghi artículo 16 de la Ley nro. 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento de este Honorable Tribunal de Cuentas sobre las materias tratadas en el considerando cuarto, apartados 2 y3 y disponer que la Delegación Zonal y la División Relatora tomen nota para informar en su próximo estudio. Y declarar que los Sres. Miguel Ángel Lunghi y Andrés Curcio y las Sras.
Marcela Cristina Espino y Alejandra Elizabeth Marcieri, alcanzados según el caso por las reservas antes mencionadas, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto este Honorable Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO QUINTO: En las condiciones manifestadas en el considerando quinto, apartado 1, dejar sin efecto la reserva de ejercicios anteriores, comunicando su cese, a los Sres. Municipal Miguel Ángel Lunghi y Mauricio Baldovino y a la Sra.
Mercedes Buquete.
ARTÍCULO SEXTO: Encomendar a la Delegación Zonal las verificaciones indicadas en los considerandos segundo, apartados 3 y 11, tercero, apartado 3 y cuarto, apartado 1.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Notificar a los Sres. Miguel Ángel Lunghi, Mauricio Baldovino y Andrés Curcio y a las Sras. Marcela Cristina Espino, Alejandra Elizabeth Marcieri y Mercedes Buquete, lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente le corresponda a cada uno de ellos. Asimismo, se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley nro.
10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley nro. 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente artículo 33 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO OCTAVO: Disponer que las autoridades municipales y la Delegación Zonal tomen nota de lo manifestado en el considerando segundo, apartado 3 del presente.
ARTÍCULO NOVENO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de TANDIL, para su conocimiento.
ARTÍCULO DÉCIMO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución nro. 18/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de cincuenta y una fojas;
firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la página web de este Honorable Tribunal de Cuentas; reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante el término fijado en el artículo séptimo. Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Municipalidad de CASTELLI
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 11/04/2019
N de Expediente: 4-022.0-2017

SECCIÓN OFICIAL > página 121

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/08/2019 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha07/08/2019

Nro. de páginas239

Nro. de ediciones3392

Primera edición02/07/2010

Ultima edición12/06/2024

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