Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 18/03/2019 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 18 de marzo de 2019

SECCIÓN OFICIAL
Decretos DECRETO N132-GPBA-19
PLATA, BUENOS AIRES
Martes 12 de Marzo de 2019
VISTO el expediente N EX-2018-31691047-GDEBA-DPCLMIYSPGP, mediante el cual se propicia la modificación de la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, y;
CONSIDERANDO
Que la Constitución de la Provincia de Buenos Aires establece que el despacho de los negocios administrativos de la Provincia estará a cargo de dos o más Ministros Secretarios, y una ley especial deslindará las competencias y las funciones adscriptas al despacho de cada uno de los ministerios;
Que la Ley N 14.989 determina que el Poder Ejecutivo es asistido en sus funciones por los Ministros Secretarios que tendrán a su cargo el despacho de los asuntos de su competencia establecidos en la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y en la citada ley;
Que, asimismo, prevé la potestad del Poder Ejecutivo de establecer las estructuras orgánico-funcionales necesarias para el desarrollo de las competencias de cada Ministerio y demás organismos en ella presentes;
Que el artículo 21 de la referida ley establece las funciones del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, determinando sus atribuciones y responsabilidades particulares;
Que por Decreto N 35/18, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos hasta el nivel de Director;
Que a partir de la sanción de la Ley N 15.078, se establecieron Fondos Especiales destinados a cubrir las compensaciones al servicio público de transporte de pasajeros de carácter provincial y municipal;
Que por Decreto N 1813/18 se encomendó a la Subsecretaría de Transporte, en su carácter de autoridad de aplicación, nuevas funciones y obligaciones respecto de la implementación, desarrollo y ejecución de los sistemas de compensación y asignaciones nominales a los Servicios de Transporte Público de Pasajeros de jurisdicción Provincial y Municipal por automotor y fluvial, que operen en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, aprobados por el citado Decreto;
Que en ese sentido, resulta indispensable contar con una unidad orgánica dentro de la subsecretaría, que ejecute el sistema de compensaciones al transporte, a efectos de llevar a cabo un procedimiento eficaz de liquidación, pago y control de las mismas, con destino a las empresas prestatarias de transporte público de pasajeros por automotor de tipos urbano e interurbano que operen en el ámbito de Área Metropolitana de Buenos Aires y en el interior provincial;
Que, por otra parte, en consonancia con las nuevas funciones a desarrollar, se entiende conducente la creación de una Dirección de Planificación del Transporte, a efectos de coordinar y facilitar la articulación de las distintas áreas de la Subsecretaría de Transporte, y organismos de otras jurisdicciones con competencia en la materia;
Que consecuentemente, deviene oportuno y conveniente adecuar la estructura de la Subsecretaría de Transporte del Ministerio citado, a fin de dar respuesta a las políticas públicas y calidad de gestión requerida por el Gobierno Provincial;
Que han tomado intervención de su competencia la Dirección Provincial de Presupuesto Público, la Subsecretaría de Capital Humano y Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 - proemiode la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, Por ello, LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Aprobar, a partir del 1 de enero de 2019, la modificación de la estructura orgánico funcional de la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, aprobada por Decreto N 35/18, de acuerdo al organigrama y acciones que como Anexos I IF-2019- 05454060-GDEBA-SSTRANSPMIYSPGP y II IF2019-05454351-GDEBA-SSTRANSPMIYSPGP,forma parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 2. Determinar para la estructura orgánico funcional aprobada en el artículo precedente los siguientes cargos:
UN 1 Subsecretario de Transporte; UN 1 Director Provincial del Transporte; UN1 Director Provincial de Fiscalización del Transporte; UN 1 Director Provincial de Gestión de Compensaciones al Transporte; UN 1 Director de Transporte de Pasajeros y Cargas; UN 1 Director de Permisos y Habilitaciones; UN 1 Director de Coordinación del Transporte; UN 1
Director de Control Técnico; UN 1 Director de Reclamos y Solicitudes; UN 1 Director de Liquidación y Pago; UN 1
Director de Control y Verificación; UN 1 Director de Planificación del Transporte; todos ellos conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial; Ley Nº 10.430 y su Decreto Reglamentario Nº 4.161/96 T.O.
Decreto Nº 1.869/96 y modificatorios.
ARTÍCULO 3. Establecer que dentro del plazo de ciento ochenta 180 días desde la vigencia del presente, el titular del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, deberá efectuar la desagregación integral de la totalidad de la estructura
SECCIÓN OFICIAL > página 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 18/03/2019 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha18/03/2019

Nro. de páginas138

Nro. de ediciones3363

Primera edición02/07/2010

Ultima edición02/05/2024

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