Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/11/2018 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Viernes 16 de noviembre de 2018

Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 31/05/2018
N de Expediente: 2-016.10-2016
Ente u Organismo: CONSEJO ESCOLAR DE CAMPANA
Ejercicio: 2016
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de la cuenta presentada por el CONSEJO ESCOLAR DE CAMPANA
correspondiente al Ejercicio 2016, conforme se expone en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aplicar la sanción de: Multa de $6.500,00 a Rosana FRATTINI y Multa de $6.500,00 a Claudio Aníbal FABIO de acuerdo a lo establecido por el Considerando Primero.
ARTÍCULO TERCERO: Dar por cumplida a la División Relatora la encomienda de la Resolución N 454/2017 del estudio de la cuenta del Consejo Escolar de CampanaEjercicio 2015.
ARTÍCULO CUARTO: Noticar a la señora Rosana FRATTINI y al señor Claudio Aníbal FABIO de lo resuelto en los artículos precedentes, y jarles a los responsables alcanzados por sanciones pecuniarias plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la provincia de Buenos Aires, cuenta scal Nº 1865/4 multas Pesos CBU 0140999801200000186543 a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38
de la Ley Nº 10.869 y sus modicatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán noticar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modicatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Comunicar para su conocimiento, la presente resolución, al Presidente del Consejo Escolar, al Ministerio de Desarrollo Social, -Subsecretaría de Políticas Sociales-, a la Dirección General de Cultura y Educación Auditoría Generaly al Relator actuante de la Vocalía Reparticiones Autárquicas y Entes Especiales y oportunamente devolver al Organismo la documentación presentada.
ARTÍCULO SEXTO: Rubríquese por el Señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 018/16 del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, la presente Resolución que consta de cuatro fojas, publíquese en el Boletín Ocial y en la Página Web del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, y reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento, durante los términos jados en el Artículo Cuarto. Fírmese, cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la ley 10.869 y sus modicaciones recurso de revisión.
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 31/05/2018
N de Expediente: 2-219.10-2016
Ente u Organismo: CONSEJO ESCOLAR DE HURLINGHAM
Ejercicio: 2016
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de la cuenta presentada por el CONSEJO ESCOLAR DE HURLINGHAM
correspondiente al Ejercicio 2016, conforme se expone en el Considerando Cuarto.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar sin efecto el reparo enunciado en el Resultando IX apartado 3 de conformidad a lo expuesto en el Considerando Primero.
ARTÍCULO TERCERO: Aplicar la sanción de: Llamado de atención: a Jorge Fabián VERON, a Ariel Gustavo SEGADE, a Marcelo Raúl ZURITA, a Nadia Soledad BODO, a Mónica Patricia ROLDAN y a Gastón MANSILLA conforme con lo expuesto en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO CUARTO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el Considerando Tercero, y formular cargo por la suma de $293.046,10 al que deberán responder solidariamente los señores Jorge Adrián VERON y Ariel Gustavo SEGADE
Artículo 16 de la Ley Nº 10.869 y sus modicatorias, en virtud de los fundamentos expuestos en el citado Considerando.
ARTÍCULO QUINTO: Noticar a los señores: Jorge Fabián VERON, Ariel Gustavo SEGADE, Marcelo Raúl ZURITA, Gastón MANSILLA y a las señoras: Nadia Soledad BODO y Mónica Patricia ROLDAN de lo resuelto en los artículos precedentes, y jarles a los responsables alcanzados por sanciones pecuniarias plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la provincia de Buenos Aires, cuenta scal Nº 108/9 cargos Pesos CBU
0140999801200000010893 a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires
CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38
de la Ley Nº 10.869 y sus modicatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán noticar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modicatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicar al Ministerio de Desarrollo Social lo tratado por Considerando Segundo.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Comunicar para su conocimiento, la presente resolución, al Presidente del Consejo Escolar, al Ministerio de Desarrollo Social, -Subsecretaría de Políticas Sociales-, a la Dirección General de Cultura y Educación Auditoría Generaly al Relator actuante de la Vocalía Reparticiones Autárquicas y Entes Especiales y oportunamente devolver al Organismo la documentación presentada.
ARTÍCULO OCTAVO: Rubríquese por el Señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 018/16
del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, la presente Resolución que consta de veintidós fojas, publíquese en el Boletín Ocial y en la página electrónica del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, y reservar este
SECCIÓN OFICIAL > página 95

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/11/2018 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha16/11/2018

Nro. de páginas111

Nro. de ediciones3360

Primera edición02/07/2010

Ultima edición26/04/2024

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