Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/04/2017 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

Que en este sentido, a través de la Resolución Ministerial Nº 739/14 de fecha 10 de junio, el Ministro de Seguridad creó en el ámbito de la Superintendencia de Seguridad Rural y sobre las bases de la Patrulla Rural existente en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, el Sistema de Comando de Prevención Rural C.P.R., estableciendo que los Municipios que adhieran a dicho sistema deberán suscribir los respectivos convenios de adhesión a los efectos de fijar la coordinación de los recursos humanos y logísticos para su funcionamiento;
Que el Sistema de Comando de Prevención Rural C.P.R. constituye un sistema orgánico de coordinación, ejecución y control, cuya función esencial es el despliegue en el ámbito territorial con zona rural, de unidades policiales dinámicas, dirigidas a ejecutar acciones preventivas;
Que asimismo, por Resolución Ministerial Nº 740 de fecha 10 de junio de 2014 se instruyó a la totalidad de las Estaciones de Policía Comunal y Policías de Distrito para que en lo sucesivo coordinen la actividad operativa de las Patrullas Rurales con la Superintendencia de Seguridad Rural, subordinando los respectivos recursos humanos y materiales a las directivas que se impartan a través de las correspondientes órdenes de servicio;
Que el intendente Municipal del partido de General Madariaga ha firmado, con fecha 13
de febrero de 2015, el Convenio de Adhesión al Sistema de Comando de Prevención Rural;
Que el Honorable Concejo Deliberante de General Madariaga, mediante Ordenanza Nº 2.333/15, sancionada el día 23 de diciembre y promulgada por Decreto Nº 1896/15, homologó el mencionado instrumento;
Que conforme lo dictaminado por Asesoría General de Gobierno fojas 17 y vuelta, lo informado por Contaduría General de la Provincia fojas 29 y la vista del Fiscal de Estado fojas 31, no surgen impedimentos a la presente gestión;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 14.853, y la Ley Nº 13.482 y sus modificatorias;
Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº 230/16 EL
MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar el Convenio de Adhesión al Sistema de Comando de Prevención Rural C.P.R., celebrado el día 13 de febrero de 2015 con la Municipalidad de General Madariaga, cuyo texto como Anexo Único forma parte integrante del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 2º. En los sucesivos actos acuerdos, protocolos, addendas, que se celebren como consecuencia del Convenio de Adhesión al Sistema de Comando de Prevención Rural que se aprueba por el artículo 1º, deberán tomar intervención -con carácter previo a su suscripciónlos Organismos de Asesoramiento y Control, cuando correspondiere de acuerdo a sus respectivas leyes orgánicas, los que entrarán en vigencia a partir del dictado del pertinente acto aprobatorio.
ARTÍCULO 3º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado y a la Municipalidad de General Madariaga, comunicar, publicar y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Cristian Adrián Ritondo Ministro de Seguridad C.C. 3.939

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución N 44
La Plata, 23 de marzo de 2017.
VISTO el expediente Nº 21.100-414.176/16 por el cual se gestiona la aprobación de un Acuerdo de Colaboración celebrado entre la Superintendencia de Policía Científica de la Provincia de Buenos Aires y la Dirección Provincial del Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires, y CONSIDERANDO:
Que el aludido Acuerdo se celebró entre la Superintendencia de Policía Científica de la Provincia de Buenos Aires y la Dirección Provincial del Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires, a los 23 días del mes de febrero de 2017, a los efectos de la distribución de certificados médicos de defunción con medidas de seguridad a las morgues policiales vinculadas orgánicamente a la Policía Científica;
Que por la cláusula segunda el Registro se compromete a concretar la entrega de los mismos en su Casa Central, ubicada en la calle 1 y 59 de la ciudad de La Plata, así como a instrumentar las medidas necesarias para responder con celeridad, eficiencia y control a todos los trámites relacionados con el circuito de producción y entrega de los certificados médicos y ofrecer en forma gratuita la aplicación informática necesaria para la administración de su stock;
Que de acuerdo a lo determinado por la cláusula tercera, Policía Científica asume la obligación de distribuir los certificados médicos de defunción con medidas de seguridad a las morgues policiales, informar al Registro la distribución realizada e informar las personas autorizadas a retirarlos;
Que según lo estipulado por la cláusula cuarta, las partes convienen que respecto a las circunstancias o hechos que tengan lugar como consecuencia de la aplicación del Acuerdo, mantendrán sus respectivas competencias y estructuras técnicas y administrativas;
Que el plazo de vigencia del Acuerdo se pactó en dos 2 años, contados a partir de su suscripción, pudiéndose prorrogar automáticamente por el mismo período, salvo que alguna de las Partes lo denuncie con una anticipación no menor a noventa 90 días;
Que tomaron intervención en el ámbito de sus respectivas competencias Asesoría General de Gobierno fojas 31, Contaduría General de la Provincia fojas 33 y Fiscalía de Estado fojas 35;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 14.853;

LA PLATA, MARTES 4 DE ABRIL DE 2017

PÁGINA 2347

Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº 230/16 EL
MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar el Acuerdo de Colaboración celebrado el día 23 de febrero de 2017, entre la Superintendencia de Policía Científica de la Provincia de Buenos Aires y la Dirección Provincial del Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires a los efectos de la distribución de certificados médicos de defunción con medidas de seguridad a las morgues policiales vinculadas orgánicamente a la Policía Científica, cuyo texto como Anexo único pasa a formar parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2º. Registrar, notificar a la Dirección Provincial del Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires, comunicar, publicar y dar al Boletín Oficial.
Cumplido, archivar.
Cristian Adrián Ritondo Ministro de Seguridad C.C. 3.937

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución N 45
La Plata, 23 de marzo de 2017.
VISTO el expediente Nº 21.100-384.899/16 por el cual se gestiona la aprobación de un Convenio de Prestación de Policía Adicional celebrado entre este Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y la Sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado SOFSE, y CONSIDERANDO:
Que el aludido Convenio tiene por objeto la prestación de servicios de seguridad en el ámbito de la Red Ferroviaria Metropolitana, bajo el denominado Régimen de Policía Adicional POLAD de las Policías de la Provincia de Buenos Aires, normado por la Ley N
13.942 y sus disposiciones complementarias y modificatorias cláusula primera;
Que mediante sus cláusulas segunda, tercera y cuarta, se establece el lugar de prestación de servicio; la determinación y la vigencia del módulo de la prestación, el que será abonado por SOFSE y cuyo valor será de pesos doscientos $ 200 desde el 1 de enero de 2016 al 31 de marzo de 2016 y de pesos quinientos ochenta $ 580 a partir del 1 de abril de 2016, de acuerdo a las Resoluciones Ministeriales N 64/14 y N 162/16;
Que SOFSE elaborará la diagramación de los servicios con asistencia de las áreas competentes de las Policías de la Provincia, controlará el cumplimiento efectivo de las tareas encomendadas a los agentes involucrados y certificará dichos servicios para su posterior cancelación, como también la asignación y distribución de los módulos se efectuará conforme el Anexo I, el cual podrá ser revisado y reprogramado en función de las necesidades del servicio cláusula quinta, octava, novena, décima y decimoprimera;
Que el plazo de vigencia del Convenio se pactó a partir del día de su suscripción hasta el 31 de diciembre de 2016 inclusive y podrá ser rescindido a petición de parte, previa notificación fehaciente con treinta 30 días de antelación cláusulas decimotercera y decimocuarta;
Que tomaron intervención en el ámbito de sus respectivas competencias Asesoría General de Gobierno fojas 24, Contaduría General de la Provincia fojas 26 y Fiscalía de Estado fojas 29;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 14.853;
Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº 230/16 EL
MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar el Convenio de Prestación de Policía Adicional celebrado entre este Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y la Sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado SOFSE, cuyo texto como Anexo único pasa a formar parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2º. Registrar, notificar a la Sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado SOFSE, comunicar, publicar y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Cristian Adrián Ritondo Ministro de Seguridad C.C. 3.938

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
Resolución N 77
La Plata, 21 de marzo de 2017.
VISTO el expediente N 22500-23261/13, por intermedio del cual se gestiona el reconocimiento oficial de la nueva conformación de la "Comisión de Lucha Contra las Plagas, del partido de Nueve de Julio, y CONSIDERANDO:
Que la acción contra las plagas en el ámbito provincial, forma una parte relevante de la política agropecuaria formulada por este Ministerio;
Que en la planificación que a tales efectos se realiza, resulta de suma utilidad la participación y apoyo de los propios productores;
Que se estima oportuno materializar el reconocimiento oficial de la aludida Comisión, en virtud de la significativa cooperación que prestan las mismas, en la coordinación y ejecución de los planes previstos para combatir las diversas plagas agrícolas;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/04/2017 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha04/04/2017

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones3383

Primera edición02/07/2010

Ultima edición30/05/2024

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