Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/12/2016 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 10034

LA PLATA, MARTES 6 DE DICIEMBRE DE 2016

BOLETÍN OFICIAL

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Sección Oficial Resoluciones


Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Resolución N 69
La Plata, 16 de noviembre de 2016.

consolidar sus emprendimientos, generando valor, sabiendo aprovechar oportunidades, teniendo ideas innovadoras y contribuyendo día a día a crear riqueza y generar empleo.
La convocatoria establece que el ganador del concurso Premio Provincial al Joven Empresario del año en su segunda edición 2016 recibirá la suma de pesos 120 mil $120.000, de acuerdo al cálculo de actualización establecido en el artículo 13 del Decreto Reglamentario 304/14. Al efecto se ha computado el triple de la variación anual acumulada del indicador EMAE publicado por el INDEC en el período 2010-2013.
2. Participantes del concurso
VISTO el expediente N 22400-35688/16 por medio del cual tramita la aprobación de las Bases y Condiciones del Premio Provincial al Joven Empresario Edición 2016, conforme lo establecido en la Ley N 14.029 y su Decreto Reglamentario N 304/14; y
Las personas físicas deberán tener su domicilio real en la Provincia de Buenos Aires y ser ciudadanos/as argentinos/as, comprendidos entre los dieciocho 18 y treinta y cinco 35 años de edad.

CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N 14.029 se creó el Premio Provincial al Joven Empresario, destinado a financiar un proyecto innovador, que será seleccionado en un concurso público de proyectos;
Que conforme lo establecido en el artículo 14 del Decreto N 304/14, reglamentario de la Ley N 14.029, el Ministerio de Producción, establecerá mediante Resolución Ministerial las condiciones operativas y modalidades para cada llamado a concurso, como así también la conformación de un Comité Organizador, Evaluador y Seleccionador de los Proyectos presentados;
Que a fojas 2/14 obra copia de las Bases y Condiciones que regirá el llamado a concurso del Premio Provincial al Joven Empresario del Año Edición 2016;
Que la 2 Edición del Premio, busca promover e incentivar la presentación de experiencias y/o proyectos innovadores en procesos, bienes y servicios de Jóvenes Empresarios y Emprendedores bonaerenses que busquen llevar adelante emprendimientos, crear valor, mejorar la capacidad competitiva, la innovación, la generación de riqueza y el fomento del empleo en la Provincia;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12 de la Ley N 14.029 y el artículo 14 del Anexo Único del Decreto N 304/14;
Por ello,
En el caso de las personas jurídicas, deberán tener domicilio legal en la Provincia de Buenos Aires, y la propiedad de capital en un porcentaje no menor al cincuenta y uno por ciento 51%, deberá estar en cabeza de ciudadanos/as argentinos/as comprendidos entre los dieciocho 18 y treinta y cinco 35 años de edad.

EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Aprobar las Bases y Condiciones del llamado a concurso del Premio Provincial al Joven Empresario del Año Edición 2016, que como Anexo Único forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2: Designar como miembros del Comité Evaluador de los Proyectos a los Señores Federico Zin, Subsecretario de la Pequeña, Mediana y Microempresa León Salim, Director Provincial de la Promoción de la Competitividad, Innovación y los Servicios.
Gustavo Ganchegui, Director Provincial de Promoción de Planes Territoriales y Proyectos Productivos para PYMES.
ARTÍCULO 3: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Joaquín de la Torre Ministro de Producción PROGRAMA PROVINCIAL DE APOYO A JOVENES EMPRESARIOS
Bases y condiciones
3. Requisitos Los proyectos que deseen presentarse, deberán desarrollar y/o estar desarrollándose en los siguientes sectores de la economía en la Provincia de Buenos Aires: Actividades productivas, Actividades industriales, Actividades científicas, Actividades de investigación, Actividades de prestación de servicios industriales, u otras actividades de interés que a consideración de la Subsecretaría de la Pequeña, Mediana y Microempresa satisfagan el espíritu del Programa Provincial de Apoyo a Jóvenes Empresarios.
Exclusión: No podrán presentar proyectos aquellas personas que tengan participación directa en la organización del concurso o en la evaluación de los proyectos, ni sus familiares directos.
4. Instituciones Patrocinantes Se ha establecido que las candidaturas al Premio Provincial al Joven Empresario del año deberán ser presentadas por una Institución Patrocinante. Con el objetivo de dar participación a organizaciones territoriales que lleven adelante acciones de acompañamiento y fomento a emprendedores y empresarios locales en su desarrollo y crecimiento, así como en la búsqueda de competitividad.
Funciones: Cada Institución Patrocinante tendrá la responsabilidad de seleccionar y proponer candidatos de su zona de influencia en cuanto a las acciones que realiza vinculadas al Premio. Además entre sus funciones estará el control de la documentación.
La presentación de candidatos por parte de una Institución Patrocinante significa que otorga su aval, entendiendo por esto el reconocimiento del emprendedor / empresario, sus antecedentes y compromiso, así como el cumplimiento de los requisitos establecidos en el punto 3 de las Bases y Condiciones.
Instituciones Patrocinantes: serán todas aquellas organizaciones con asiento en la Provincia de Buenos Aires relacionadas al mundo emprendedor y empresarial joven, tales como:
Cámaras Empresarias Organizaciones No Gubernamentales
La Provincia de Buenos Aires sancionó en 2009 la Ley 14.029 Programa Provincial de Apoyo a Jóvenes Empresarios adhiriendo a la Ley Nacional 25.872 de creación del Programa Nacional de Apoyo a Jóvenes Empresarios.

Universidades
Son objetivos de esta Ley:

Incubadoras
a Promover la creación, desarrollo e instalación de nuevas empresas en territorio bonaerense con el fin de aumentar el tejido productivo en la región.

Agencias de desarrollo
b Promover la inserción de los jóvenes al mundo empresarial.
c Otorgar herramientas técnicas, fiscales y financieras con el objeto de crear y fortalecer proyectos elaborados por jóvenes empresarios.
d Fomentar la internacionalización de las empresas beneficiarias de esta Ley en los mercados internacionales.
e Generar un espacio para la puesta en marcha de proyectos con alto valor agregado e innovación tecnológica.
f Articular las acciones de esta Ley con entidades empresarias, universidades, organizaciones no gubernamentales, y empresas.
En su art. 11 la ley establece la creación del Premio Provincial al Joven Empresario del año, destinado a financiar un proyecto innovador, que será seleccionado en un concurso público de proyectos realizado una vez por año.
1. Objetivo del premio y convocatoria Este Premio tiene como objetivo premiar la labor y el esfuerzo de aquellos jóvenes emprendedores y empresarios que, con su dedicación y creatividad, buscan crear y/o
Municipios Se entiende por organizaciones relacionadas al mundo emprendedor y empresarial joven a todas aquellas instituciones que desarrollen algún tipo de actividades destinadas a acompañar y apoyar a empresarios y emprendedores.
NOTA: Cada Institución Patrocinante tendrá derecho a presentar todos aquellos candidatos que considere oportunos y competentes para el Premio Provincial al Joven Empresario del año, los cuales deberán cumplimentar los requisitos previamente establecidos en el punto 3 de las Bases y Condiciones.
5. Presentación de Candidatos al Premio La propuesta de candidatos deberá ser presentada por la INSTITUCIÓN PATROCINANTE mediante nota formal dirigida a la Subsecretaría de la Pequeña, Mediana y Microempresa, en sobre cerrado con la Leyenda PREMIO PROVINCIAL AL JOVEN
EMPRESARIO DEL AÑO, y remitida a la misma, ubicada en calle 50 N 786 de la ciudad de La Plata. La nota deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
Nota solicitando adherir al Programa Jóvenes Empresarios y a participar del Premio Provincial al Joven Empresario del año.
Nota Aval que figura en el Anexo 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/12/2016 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha06/12/2016

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones3396

Primera edición02/07/2010

Ultima edición19/06/2024

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