Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/07/2016 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

mil doscientos treinta y ocho con ochenta y cuatro centavos $ 526.238,84 para embellecimiento artículo 3º Ley Nº 6.174, hace un total de pesos cincuenta y cinco millones doscientos cincuenta y cinco mil setenta y siete con sesenta y nueve centavos $
55.255.077,69, con un plazo de ejecución de trescientos sesenta y cinco 365 días corridos, que agregada en copia como Anexo Único, que consta de ciento treinta y dos 132
fojas, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2. Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones para que de conformidad con la documentación y presupuesto aprobados por el artículo 1º, proceda a efectuar un llamado a Licitación Pública para la ejecución de la obra de referencia, debiendo publicar los avisos respectivos con una anticipación de quince 15 días hábiles y por el término de cinco 5 días hábiles en el Boletín Oficial, por un 1 día en diarios locales y regionales y hasta la fecha de apertura en la página Web de la Provincia de Buenos Aires, conforme lo establecido en los Decretos N 496/07 y N 3.698/07.
ARTÍCULO 3. Establecer que la presente gestión se atenderá con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto 2016 - Ley N 14.807 - Jurisdicción 11.114 PRG 7 - SUBP
3 - PRY 1922 - FIN 3 - FUN 4 F.F. 11 - P. PPAL 4 - SUBP 2 PARC 1 - UG 330.
ARTÍCULO 4. Aprobar el otorgamiento, previa constitución de garantía, de un anticipo financiero del veinte por ciento 20% del monto del Contrato, conforme lo establecido en el artículo 2.1.5 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares.
ARTÍCULO 5. Dejar establecido que la Repartición contará con un plazo de 30 días hábiles para producir el informe que establece el artículo 22 de la Ley N 6.021, y que de surgir impugnaciones, dicho plazo deberá ser contado a partir del día siguiente de vencido el plazo para formularlas que establece el artículo 2º, apartado 12, de la Resolución N 114/80.
ARTÍCULO 6. Designar como integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas a Carlos Augusto ROSALES CARTIER D.N.I. 33.457.043, Carlos Santiago MAYANS D.N.I.
33.862.858 y Alejo ROBERT D.N.I. 33.192.751, que intervendrán sólo y especialmente en el proceso licitatorio correspondiente a la Licitación Pública citada en el artículo 1.
ARTÍCULO 7. Remitir al Honorable Tribunal de Cuentas copia de la presente, en cumplimiento de su Acordada de fecha 8 de mayo de 1961.
ARTÍCULO 8. Registrar, comunicar y girar a la Dirección de Compras y Contrataciones. Cumplido, archivar.
Edgardo David Cenzón Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos C.C. 8.781 / jul. 19 v. jul. 25

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución N 480
La Plata, 13 de julio de 2016.
POR 5 DÍAS - VISTO el expediente Nº 2402-139/16 mediante el cual se gestiona efectuar un llamado a Licitación Pública para la realización de la obra: Impermeabilización de Losas y Terrazas - Centro de las Artes del Espectáculo - Teatro Argentino, en la localidad y partido de La Plata, y CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Arquitectura ha elaborado la documentación técnica y la Dirección de Compras y Contrataciones ha confeccionado la documentación legal, que regirán el llamado y ejecución de la obra de referencia, con su respectivo presupuesto oficial, que responde a las normativas aprobadas para este tipo de realizaciones Decreto N
1562/85 y normas complementarias y Resolución Nº 18/16;
Que el presupuesto oficial de la obra asciende a la suma de pesos ciento treinta y seis millones cincuenta y cuatro mil trescientos setenta con ochenta y siete centavos $136.054.370,87, a la que agregándole la suma de pesos un millón trescientos sesenta mil quinientos cuarenta y tres con setenta y un centavos $1.360.543,71 para el pago de proyecto, dirección e inspección artículo 8 Ley 6.021, la suma de pesos cuatro millones ochenta y un mil seiscientos treinta y uno con trece centavos $4.081.631,13 para la reserva establecida en la Ley Nº 14.052, modificatoria del artículo 8º de la Ley Nº 6.021 y la suma de pesos un millón trescientos sesenta mil quinientos cuarenta y tres con setenta y un centavos $1.360.543,71 para embellecimiento artículo 3 Ley 6.174, hace un total de pesos ciento cuarenta y dos millones ochocientos cincuenta y siete mil ochenta y nueve con cuarenta y dos centavos $142.857.089,42, con un plazo de ejecución de trescientos sesenta 360 días corridos;
Que en el marco del artículo 48 de la Ley Nº 6.021, el artículo 2.1.5 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares, prevé el otorgamiento de un anticipo financiero equivalente al veinte por ciento 20% del monto contractual, previa constitución de garantía a satisfacción de este Ministerio;
Que a fojas 113 ha tomado intervención la Dirección Provincial de Arquitectura;
Que a fojas 121 la Dirección de Presupuesto agrega planilla de asignación presupuestaria;
Que a fojas 220 el Consejo de Obras Públicas se expide en el marco de su competencia sin formular objeciones;
Que en consecuencia corresponde el dictado del pertinente acto administrativo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9 y 13 de la Ley de Obras Públicas N 6.021 y su reglamentación y el artículo 21 de la Ley Nº 14.803;
Por ello, EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES; RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Aprobar la documentación técnica elaborada por la Dirección Provincial de Arquitectura y la documentación legal confeccionada por la Dirección de Compras y Contrataciones para el llamado y ejecución de la obra: Impermeabilización de Losas y Terrazas - Centro de las Artes del Espectáculo - Teatro Argentino, en la localidad y partido de La Plata, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de pesos ciento treinta y seis millones cincuenta y cuatro mil trescientos setenta con ochenta y siete cen-

LA PLATA, LUNES 25 DE JULIO DE 2016

PÁGINA 5731

tavos $136.054.370,87, a la que agregándole la suma de pesos un millón trescientos sesenta mil quinientos cuarenta y tres con setenta y un centavos $1.360.543,71 para el pago de proyecto, dirección e inspección artículo 8 Ley 6.021, la suma de pesos cuatro millones ochenta y un mil seiscientos treinta y uno con trece centavos $4.081.631,13
para la reserva establecida en la Ley Nº 14.052, modificatoria del artículo 8º de la Ley Nº 6.021 y la suma de pesos un millón trescientos sesenta mil quinientos cuarenta y tres con setenta y un centavos $1.360.543,71 para embellecimiento artículo 3 Ley 6.174, hace un total de pesos ciento cuarenta y dos millones ochocientos cincuenta y siete mil ochenta y nueve con cuarenta y dos centavos $142.857.089,42, con un plazo de ejecución de trescientos sesenta 360 días corridos, que agregada en copia como Anexo Único, que consta de doscientas cuatro 204 fojas, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2. Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones para que de conformidad con la documentación y presupuesto aprobados por el artículo 1º, proceda a efectuar un llamado a Licitación Pública para la ejecución de la obra de referencia, debiendo publicar los avisos respectivos con una anticipación de quince 15 días hábiles y por el término de cinco 5 días hábiles en el Boletín Oficial, por un 1 día en diarios locales y regionales y hasta la fecha de apertura en la página Web de la Provincia de Buenos Aires, conforme lo establecido en los Decretos N 496/07 y N 3698/07.
ARTÍCULO 3. Establecer que la presente gestión se atenderá con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto 2016 - Ley N 14.807 - PRG 7 - SUBP 3 - PROY 1922 - FIN
3 - FUN 4 - SUBF 2 - FF 11 - PPAL 4 - SP 2 - PAR 1 - UG 330.
ARTÍCULO 4. Aprobar el otorgamiento, previa constitución de garantía, de un anticipo financiero del veinte por ciento 20% del monto del Contrato, conforme lo establecido en el artículo 2.1.5 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares.
ARTÍCULO 5. Dejar establecido que la Repartición contará con un plazo de 30 días hábiles para producir el informe que establece el artículo 22 de la Ley N 6.021 y que de surgir impugnaciones, dicho plazo deberá ser contado a partir del día siguiente de vencido el plazo para formularlas que establece el artículo 2º, apartado 12, de la Resolución N 114/80.
ARTÍCULO 6. Designar como integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas a María Noel FERRER D.N.I. 34.173.926, Carlos Santiago MAYANS D.N.I. 33.862.858 y Daniela Julieta GASTAÑAGA D.N.I. 34.887.986, que intervendrán sólo y especialmente en el proceso licitatorio correspondiente a la Licitación Pública citada en el artículo 1.
ARTÍCULO 7. Remitir al Honorable Tribunal de Cuentas copia de la presente, en cumplimiento de su Acordada de fecha 8 de mayo de 1961.
ARTÍCULO 8. Registrar, comunicar y girar a la Dirección de Compras y Contrataciones. Cumplido, archivar.
Edgardo David Cenzón Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos.
C.C. 9.966 / jul. 21 v. jul. 27

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE GOBIERNO
Resolución N 96

La Plata, 22 de junio de 2016.

VISTO el expediente Nº 2200-1898/16, mediante el cual la Subsecretaría de Gobierno y Asuntos Municipales propicia, en el marco de lo solicitado por diversos Municipios de la Provincia, declarar no laborables y feriados los días en los cuales se celebren festividades locales, y CONSIDERANDO:
Que los municipios requirentes han planificado, para los días en los cuales se conmemoren aniversarios o fiestas patronales, actos y festejos que contarán con masiva concurrencia;
Que con el fin de fomentar dichas celebraciones y facilitar una mayor participación de la comunidad, corresponde acceder a lo solicitado, dictando el pertinente acto administrativo que declare no laborable, para la Administración Pública y Banco de la Provincia de Buenos Aires y feriado optativo para la industria, el comercio y restantes actividades, los días en los cuales se desarrollen dichas festividades;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 2º del Decreto Nº 230/16;
Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº 230/16 EL
MINISTRO DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Declarar no laborables, para la Administración Pública y el Banco de la Provincia de Buenos Aires, y feriado optativo para la industria, el comercio y restantes actividades, los días en los cuales se desarrollen festividades, en los distintos partidos y localidades de la Provincia de Buenos Aires, conforme se detalla en los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente Resolución, compuestos de una 1 foja cada uno.
ARTÍCULO 2: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar al Ministerio de Gobierno. Cumplido, archivar.
Federico Salvai Ministro de Gobierno ANEXO I
PARTIDOS
PINAMAR
VILLA GESELL
PEHUAJÓ
DAIREAUX
CAMPANA
BENITO JUÁREZ
CAÑUELAS
CARLOS CASARES
PATAGONES

1 de julio 1 de julio 3 de julio 5 de julio 6 de julio 16 de julio 16 de julio 16 de julio 16 de julio
Aniversario Autonomía Fundación Fundación Creación Patronal Patronal Patronal Patronal

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/07/2016 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha25/07/2016

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones3383

Primera edición02/07/2010

Ultima edición30/05/2024

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