Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/01/2015 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

tos directos e indirectos de explotación, las modalidades de transporte, el salario del personal afectado al servicio, la amortización del capital y aquellos factores diferenciales que inciden en la prestación del servicio;
Que analizados los estudios de costos referidos en el considerando anterior y luego de un amplio debate, las entidades presentes e integrantes de la Comisión Asesora del Transporte de la Producción del Agro, acordaron implementar un incremento del veintiséis por ciento 26 % sobre las tarifas orientativas vigentes para el transporte automotor de cereales, oleaginosas y subproductos del agro y que fueran establecidas mediante la Resolución N 91 de fecha 2 de febrero de 2014 por la Agencia Provincial del Transporte;
Que asimismo las entidades presentes e integrantes de la Comisión Asesora, a pedido de las entidades representativas del sector de los dadores de cargas que agrupa a los productores y acopiadores de cereales, convinieron que dicho incremento se aplique a partir del 10 de enero de 2015.
Que es dable mencionar que el establecimiento de los valores citados, en modo alguno persigue el propósito de inmiscuirse en el libre juego de la oferta y la demanda que impera en el transporte de cargas;
Que la Ley N 10.837 artículos 13 y 14 y su Decreto Reglamentario N 4460/91 artículos 17, 18 y 19, facultan a la Dirección Provincial del Transporte para que, con la opinión de las Comisiones Asesoras de Cargas, establezca las tarifas que servirán como pauta orientadora en el ámbito de la Provincia, que tendrán carecer básico para la celebración de contratos particulares de transporte entre las partes;
Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades otorgadas por la Ley N
10.837 y los Decretos Provinciales N 4460/91, 1081/10, 2/11 y 1081/13;
Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA PROVINCIAL DEL TRANSPORTE;
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora del Transporte de la Producción del Agro en la reunión de fecha 10 de noviembre de 2014.
ARTÍCULO 2. Homologar, conforme lo acordado por los representantes de las entidades que integran la Comisión Asesora del Transporte de la Producción del Agro, un incremento del veintiséis por ciento 26 % sobre los valores de la tarifa vigente para el transporte de cereales, oleaginosas y subproductos del agro, que con carácter básico y orientativo fuera establecida a través de la Resolución N 91 de fecha 14 de febrero de 2014 por la Agencia Provincial del Transporte, el cual se aplicará a partir del 10 de enero de 2015.
ARTÍCULO 3. Aprobar el cuadro tarifario que como anexo único forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 4. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, cumplido, archivar.
Alberto Javier Mazza Director Ejecutivo NOTA: El anexo único podrá ser consultado en la Dirección de Transporte de Cargas de la Agencia Provincial del transporte o en la página web de esta última.
C.C. 13.082

Provincia de Buenos Aires DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
Resolución N 1.859
La Plata, 9 de diciembre de 2014.
VISTO el expediente Nº 5800-3452393/2014, vinculado con la solicitud de crédito fiscal presentada por la empresa TOBIN S.R.L. y, CONSIDERANDO:
Que la presentación cumple con las normas vigentes, fijando domicilio legal y acreditando identidad con copia autenticada del estatuto;
Que justifica masa salarial abonada según certificación contable sobre monto de las remuneraciones durante el período de mayo de 2013 a abril de 2014, suscripta por la Contadora Sandra Elizabet Marques, matriculada en el C.P.C.E.P.B.A. bajo el tomo 68, folio 78, con su firma autenticada por el C.P.C.E.P.B.A., con fecha 26 de mayo de 2014, obrante de fojas 6 y 7 del expediente;
Que el monto de crédito fiscal solicitado será destinado a financiar acciones de capacitación del personal de la empresa y a financiar la compra de equipamiento para la Escuela de Educación Secundaria Agraria Nº 1 del distrito de Salto, por la suma de pesos treinta y cinco mil $ 35.000;
Que a fojas 53 de acuerdo a lo dispuesto en el Anexo 1, Artículo 28 de la Resolución Nº 161/06, la Auditoría General de la Dirección General de Cultura y Educación, previa verificación por la Dirección de Auditoría de Organismos Descentralizados del cumplimiento de los requisitos plasmados en el acto resolutivo solo en su aspecto formal, siendo absoluta responsabilidad de la empresa la veracidad de las constancias adunadas, por no existir en autos cotejo de precios al momento de la evaluación, considera que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la resolución Nº 161/06 y a los anexos aprobados por Disposición N 7/06 del Consejo Provincial de Educación y Trabajo, no teniendo objeciones que formular;
Que corresponde autorizar a la Dirección de Finanzas a entregar los Certificados de Crédito Fiscal - Ley 10.448 - y fijar las partidas presupuestarias correspondientes, de conformidad con la intervención de la Dirección de Contabilidad de este Organismo, obrante de fojas 2 y 3 del expediente;
Que la documentación presentada se ajusta en todos los términos a la Ley N 10.448, Decreto Nº 620/90, la resolución Nº 161/06 y a los anexos aprobados por Disposición N
7/06 del Consejo Provincial de Educación y Trabajo;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 69, incisos e y f de la Ley N 13.688;

LA PLATA, MIÉRCOLES 14 DE ENERO DE 2015

PÁGINA 221

Por ello, LA DIRECTORA GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar el otorgamiento de Crédito Fiscal presentado por la empresa TOBIN S.R.L., con domicilio legal en la Avenida Mitre Nº 984 de la Ciudad Salto, por la suma de pesos cincuenta y ocho mil $58.000 destinado a financiar acciones de Capacitación al personal de la empresa y a la comunidad por la suma de pesos veintitrés mil $ 23.000 y a financiar la compra de equipamiento por la suma de pesos treinta y cinco mil $ 35.000.
ARTÍCULO 2. Determinar que el equipamiento mencionado en el artículo 1º sea entregado en carácter de cesión gratuita por la suma de pesos treinta y cinco mil $35.000 a la Escuela de Educación Secundaria Agraria del distrito de Salto.
ARTÍCULO 3º. Autorizar a la Dirección de Contabilidad a emitir Orden de Pago para proceder a la entrega de los Certificados de Crédito Fiscal - Ley 10.448 - por la suma de pesos cincuenta y ocho mil $58.000, estableciéndose que el gasto que demande el cumplimiento del citado acto administrativo deberá ser considerado con la siguiente imputación: PRESUPUESTO GENERAL - EJERCICIO 2014- LEY N 14.552 - DECRETO
927/13 - JURISDICCIÓN 11.220 JURISDICCIÓN AUXILIAR 00 - ENTIDAD 050 - FINALIDAD 3 - FUNCIÓN 4 SUBFUNCIÓN 1 - FUENTE DE FINANC. 1.3. - PROG 007 - AES
001 - PARTIDA PRINCIPAL 5 - SUBPRINCIPAL 1 - PARCIAL 9 - SUBPARCIAL 001.
CUMPLIMIENTO LEY N 10.448.
ARTÍCULO 4º. Determinar que los certificados de Crédito Fiscal serán entregados una vez cumplida la presente resolución y verificados, desde su aspecto formal por la Dirección de Auditoría de Organismos Descentralizados, todos los requisitos que debe cumplimentar la empresa interesada, siendo la misma una visación de la documentación rendida por los interesados, quienes asumen la absoluta responsabilidad sobre su veracidad, en cuanto a la adquisición de equipamiento.
ARTÍCULO 5º. La presente resolución será refrendada por el Subsecretario de Educación y el Subsecretario Administrativo de este Organismo.
ARTÍCULO 6º. Registrar esta resolución que será desglosada para su archivo en la Dirección de Coordinación Administrativa, la que en su lugar agregará copia autenticada de la misma; comunicar a la Subsecretaría de Educación, a la Subsecretaría Administrativa, a la empresa TOBIN S.R.L., a la Dirección General de Administración, a la Dirección de Contabilidad, de Finanzas, al Consejo Provincial de Educación y Trabajo y por su intermedio a quienes corresponda. Publicar en el Boletín oficial, dar intervención al SINBA. Cumplido, archivar.
Néstor José Ribet Subsecretario de Educación
Nora de Lucía Directora General de Cultura y Educación C.C. 136

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Resolución N 600
La Plata, 23 de diciembre de 2014.
VISTO el expediente Nº 2400-5378/14 relacionado con el aporte al Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Plan de Infraestructura Provincial PROFIDE de la cuota Nº 7 del impuesto de sellos referente al Contrato de Concesión de Obra Pública del Sistema Vial del Atlántico suscripto entre el Ministerio de Infraestructura y AUTOVÍA DEL MAR S.A.
con fecha 30 de junio de 2011, y CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 14.105 autorizó al Poder Ejecutivo a llamar a Licitación Pública Nacional con el objeto de otorgar, bajo la modalidad de Concesión de Obra Pública por peaje, la construcción, remodelación, mejoras, ampliación de capacidad, conservación, mantenimiento, administración y explotación del Corredor Vial Integrado del Atlántico, compuesto por las Rutas Provinciales Nº 2, Nº 11, Nº 36, Nº 56, Nº 63, Nº 74 y rutas vinculadas físicamente en forma directa o indirecta;
Que el artículo 4º de la Ley Nº 14.105 dispone que el pago del impuesto de sellos que de conformidad a lo previsto en la Ley Nº 10.397 - Código Fiscal, Texto Ordenado por Resolución del Ministerio de Economía Nº 39/11 - corresponde tributar al Concesionario del Corredor Vial Integrado del Atlántico, será abonado en diez 10 cuotas semestrales iguales y consecutivas, debiendo ingresar dichos fondos a una subcuenta del Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Plan de Infraestructura Provincial PROFIDE y serán destinados por el Poder Ejecutivo a la realización de obras en el marco del mencionado Corredor o en rutas complementarias que se vinculen con el mismo;
Que por Decreto Nº 651/11 el Poder Ejecutivo aprobó la Licitación y adjudicó la Concesión, ratificando la Resolución Nº 401/11 de este Ministerio de Infraestructura y autorizó a la entonces Ministra de Infraestructura a suscribir el Contrato de Concesión de Obra Pública, cuyo modelo fuera aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 835/10, con el oferente adjudicatario U.T.E. BENITO ROGGIO e HIJOS S.A., HELPORT S.A., y ESUCO
S.A. quien constituyó la Sociedad Anónima AUTOVÍA DEL MAR S.A. en los términos del artículo 5º del Contrato de Concesión:
Que oportunamente la Concesionaria AUTOVÍA DEL MAR S.A. solicitó el beneficio de facilidades de pago del impuesto de sellos ante la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires ARBA, la cual lo autorizó mediante Disposición Delegada SERC Nº 1.398/11;
Que en dicho marco la citada Concesionaria acreditó ante la Unidad de Análisis Económico Regulatorio de Concesiones Viales el pago de la cuota Nº 7 del plan de facilidades del impuesto de sellos del Contrato de Concesión de Obra Pública del Sistema Vial Integrado de Atlántico, por un importe total de pesos quince millones ochocientos diez mil seiscientos noventa y dos con setenta centavos $15.810.692,70 en concepto de capital e intereses;
Que a fojas 41 la Dirección de Contabilidad y Servicios Auxiliares adjunta la pertinente planilla del compromiso preventivo del gasto;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/01/2015 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha14/01/2015

Nro. de páginas38

Nro. de ediciones3389

Primera edición02/07/2010

Ultima edición07/06/2024

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