Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/01/2014 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

Que, el mencionado artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3.260/08, también establece que la Tesorería General de la Provincia, previa autorización del Ministerio de Economía, podrá solicitar la negociación y cotización de dichas Letras y disponer de su liquidación y registro; como así también, con la intervención previa de dicho Ministerio, podrá celebrar acuerdos y/o contratos, que resulten necesarios para la implementación y seguimiento de las mismas;
Que, a efectos de la instrumentación en el mercado local de la emisión de las Letras del Tesoro, la licitación pública de los mencionados títulos se realizará en el Mercado Abierto Electrónico Sociedad Anónima M.A.E. a través de su sistema de transacciones electrónicas denominado SIOPEL, conforme las normas dictadas por dicho Mercado en materia de concertación, registro y liquidación de las operaciones con Letras;
Que asimismo, para incentivar la participación de inversores y pequeños ahorristas del mercado de capitales, se requiere reconocer a los agentes del M.A.E. comisiones por las posturas presentadas, toda vez que ello implica un esfuerzo de venta por parte de los mismos;
Que se estima pertinente delegar la implementación de la operatoria y las autorizaciones que al efecto se requieren, en la Subsecretaría de Hacienda, a través de la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público;
Que han tomado la intervención de su competencia Tesorería General de la Provincia, Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 76 de la Ley Nº 13.767, los Decretos Nº 3.260/08 y Nº 3.264/08, el artículo 40 de la Ley N 14.552 y el artículo incorporado a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto N 10.189 por el artículo 61 de la Ley Nº 14.393;
Por ello, LA MINISTRA DE ECONOMÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Establecer los siguientes términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a sesenta y tres 63 días por un monto de hasta valor nominal pesos treinta millones VN $ 30.000.000, a emitir por la Tesorería General de la Provincia en el marco del artículo 76 de la Ley Nº 13.767:
a Denominación: Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a sesenta y tres 63 días con vencimiento el 13 de marzo de 2014.
b Moneda de emisión y pago: Pesos.
c Integración: Pesos.
d Fecha de licitación: 8 de enero de 2014.
e Fecha de emisión: 9 de enero de 2014.
f Fecha de liquidación: 9 de enero de 2014.
g Monto total a ser colocado: por un monto de hasta valor nominal pesos treinta millones VN $30.000.000.
h Denominación mínima y unidad mínima de negociación: valor nominal pesos un mil VN $1.000.
i Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
i Precio de emisión: con descuento sobre su valor nominal, al precio que surja del proceso licitatorio.
k Plazo: sesenta y tres 63 días.
l Vencimiento: 13 de marzo de 2014.
m Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
n Garantía: recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por la Ley Nº 12.888, o aquél que en el futuro lo sustituya.
ñ Régimen de colocación: licitación pública.
o Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
p Tipo de Oferta: oferta parcial.
q Importe de las ofertas:
1 Tramo Competitivo: el importe mínimo será de valor nominal pesos quinientos mil VN $500.000 y múltiplo de valor nominal pesos cien mil VN $100.000.
2 Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos diez mil VN $10.000 y múltiplo de valor nominal pesos un mil VN
$1.000.
3 Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos un mil VN $1.000 y múltiplo de valor nominal pesos un mil VN $1.000. El importe máximo será de valor nominal pesos doscientos cincuenta mil VN
$250.000.
r Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
s Negociación: se solicitará la negociación en el M.A.E. y en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires a partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por la Comisión Nacional de Valores.
t Titularidad: estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en la Caja de Valores Sociedad Anónima.
u Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E.
autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,020% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
v Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1 Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2 Agentes pertenecientes a la Red de Agentes y Sociedades de Bolsa del Mercado de Valores Sociedad Anónima únicamente a través del Banco de Valores Sociedad Anónima.
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
w Agente de cálculo: será la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.

LA PLATA, LUNES 6 Y MARTES 7 DE ENERO DE 2014

PÁGINA 35

x Agente Financiero: Banco de la Provincia de Buenos Aires.
y Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los importes correspondientes a la Caja de Valores Sociedad Anónima para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras con derecho al cobro.
z Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
a Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
b Legislación aplicable: Argentina.
c Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 2º. Establecer los siguientes términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a ciento ochenta y nueve 189 días por un monto de hasta valor nominal pesos veinte millones VN $20.000.000, a emitir por la Tesorería General de la Provincia en el marco del artículo 76 de la Ley Nº 13.767:
a Denominación: Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a ciento ochenta y nueve 189 días con vencimiento el 17 de julio de 2014.
b Moneda de emisión y pago: Pesos.
c Integración: Pesos.
d Fecha de licitación: 8 de enero de 2014.
e Fecha de emisión: 9 de enero de 2014.
f Fecha de liquidación: 9 de enero de 2014.
g Monto total a ser colocado: por un monto de hasta valor nominal pesos veinte millones VN $20.000.000.
h Denominación mínima y unidad mínima de negociación: valor nominal pesos un mil VN $1.000.
i Tipo de Instrumento: Letras con cupón de interés variable.
j Precio de emisión: a la par.
k Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
l Interés:
1 Tasa aplicable: se determinará como el promedio aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de más de pesos un millón $1.000.000 de treinta 30 a treinta y cinco 35 días, Badlar Bancos Privadoso aquélla que en el futuro la sustituya, calculado considerando las tasas promedio diarias publicadas por el Banco Central de la República Argentina desde los diez 10 días hábiles anteriores al inicio de cada período de interés y hasta los diez 10 días hábiles anteriores al vencimiento de cada servicio de interés más un margen fijo resultante de la licitación expresado en porcentaje nominal anual.
2 Cálculo de interés: se calcularán sobre el valor nominal; para el primer servicio de interés, desde la fecha de emisión hasta la fecha de vencimiento del primer cupón excluyendo a esta última; y a partir de los subsiguientes servicios, desde la fecha de vencimiento del cupón anterior hasta el día previo a la próxima fecha de pago.
3 Fecha de pago de interés: se pagarán dos 2 servicios de interés, el primero de ellos, el 16 de abril de 2014 y el segundo, el 17 de julio de 2014. Cuando la fecha de pago no fuere un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
4 Convención de Intereses: días reales sobre días reales.
m Plazo: ciento ochenta y nueve 189 días.
n Vencimiento: 17 de julio de 2014.
ñ Garantía: recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por la Ley Nº 12.888, o aquél que en el futuro lo sustituya.
o Régimen de colocación: licitación pública.
p Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
q Tipo de Oferta: oferta parcial.
r Importe de las ofertas:
1 Tramo Competitivo: el importe mínimo será de valor nominal pesos quinientos mil VN $500.000 y múltiplo de valor nominal pesos cien mil VN $100.000.
2 Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos diez mil VN $10.000 y múltiplo de valor nominal pesos un mil VN
$1.000.
3 Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos un mil VN $1.000 y múltiplo de valor nominal pesos un mil VN $1.000. El importe máximo será de valor nominal pesos doscientos cincuenta mil VN
$250.000.
s Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
t Negociación: se solicitará la negociación en el M.A.E. y en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires a partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por la Comisión Nacional de Valores.
u Titularidad: estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en la Caja de Valores Sociedad Anónima.
v Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E.
autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,030% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
w Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1 Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2 Agentes pertenecientes a la Red de Agentes y Sociedades de Bolsa del Mercado de Valores únicamente a través del Banco de Valores Sociedad Anónima.
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
x Agente de cálculo: será la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/01/2014 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha07/01/2014

Nro. de páginas21

Nro. de ediciones3396

Primera edición02/07/2010

Ultima edición19/06/2024

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