Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/02/2013 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 1244

LA PLATA, VIERNES 8 DE FEBRERO DE 2013

BOLETÍN OfICIAL

ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en el considerando cuarto dejar sin efecto el cargo de $ 13.979,69, que fuera dispuesto por el artículo séptimo considerando sexto, inciso b, del fallo de las cuentas del ejercicio 2007, por el que se responsabilizara hasta la suma de $ 12.498,48, al Intendente Municipal Carlos Francisco Angelini, en solidaridad con el Director del Hospital Leandro Hipólito Peñaloza y con el Jefe de Personal Luis Isidro Bethular y hasta la suma de $ 1.481,21 al Intendente Municipal Daniel Néstor Bolinaga, en solidaridad con la Directora del Hospital Silvia Beatriz Farías y con el Jefe de Personal Luis Isidro Bethular artículo 39 de la Ley Nº.
10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando quinto mantener el cargo de $ 1.693,77, que fuera dispuesto por el artículo octavo considerando sexto, inciso f, subinciso 2.b, del fallo de las cuentas del ejercicio 2007, por el que se responsabilizara hasta la suma de $ 1.373,07 al Intendente Municipal Carlos Francisco Angelini, en solidaridad con la Contadora Municipal Graciela Margarita Melillo y con las autoridades del Consorcio Presidente Miguel Ángel Mor, Secretario Oscar Nannini y Tesorero Claudio Leonardo Calloud y hasta la suma de $ 320,70 al Intendente Municipal Carlos Francisco Angelini, en solidaridad con la Contadora Municipal María Cecilia Reddy y con las autoridades del Consorcio Presidente Miguel Ángel Mor, Secretario Oscar Nannini y Tesorero Claudio Leonardo Calloud artículo 39 de la Ley Nº. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando sexto dejar sin efecto el cargo de $ 2.237,20, que fuera dispuesto por el artículo noveno considerando séptimo, inciso a, subinciso 2, del fallo de las cuentas del ejercicio 2007, por el que se responsabilizara al Intendente Municipal Carlos Francisco Angelini, en solidaridad con la Contadora Municipal Graciela Margarita Melillo, con el Presidente del Consorcio Miguel Ángel Mor, con el Secretario del Consorcio Oscar Nannini y con el Tesorero del Consorcio Claudio Leonardo Calloud artículo 39 de la Ley Nº. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Notificar a la Sra. Graciela Margarita Melillo de la multa de $
1.400,00 que se le mantiene por el artículo segundo y atento al depósito efectuado conforme constancias obrantes a fs. 1123/1124, no corresponde disponer el depósito de la multa referida.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Notificar a los Sres. Carlos Francisco Angelini, Miguel Ángel Mor, Oscar Nannini y Claudio Leonardo Calloud y a la Sra. Graciela Margarita Melillo, de lo dispuesto en el artículo quinto y atento a los depósitos efectuados, conforme constancia obrante a fs. 1177, poner a disposición de los mismos la suma de $ 2.237,20.
ARTÍCULO OCTAVO: Notificar a los Sres. Carlos Francisco Angelini, Leandro Hipólito Peñaloza, Luis Isidro Bethular y Daniel Néstor Bolinaga y a la Sra. Silvia Beatriz Farías de lo dispuesto en el artículo tercero.
ARTÍCULO NOVENO: Notificar a las Sras. Graciela Margarita Melillo y María Cecilia Reddy y a los Sres. Carlos Francisco Angelini, Miguel Ángel Mor, Oscar Nannini y Claudio Leonardo Calloud del cargo de $ 1.693,77 que se les mantiene por el artículo cuarto y atento al depósito efectuado conforme constancias obrantes a fs. 1177, no corresponde disponer el depósito del mismo.
ARTÍCULO DÉCIMO: Notificar a las Sras. María Cecilia Reddy, Nilda Nélida Franco y Lilián Beatriz Polizzi, de las multas que se les mantiene en el artículo primero y fijarles plazo de noventa días para que procedan a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 1.865/4, a la orden conjunta del Sr.
Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas y Secretario Técnico Administrativo o Director General de Administración, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite.
Asimismo y para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº. 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de la causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley Nº.
10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona XVII
de este Honorable Tribunal de Cuentas y al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO DUODECIMO: Rubricar por el Sr. Secretario General el presente fallo que consta de nueve fojas; firmarlo en dos ejemplares; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este Honorable Tribunal de Cuentas, reservar este expediente en Secretaría durante el término indicado en el artículo décimo. Cumplido, archívese.
Tipo: revisión Fecha de acuerdo: 29/11/2012
Nº de expediente: 3.007.0/09
Ente u organismo: BAHÍA BLANCA
Ejercicio: 2009
Resuelve: revisión - ARTÍCULO PRIMERO: No hacer lugar a las argumentaciones esgrimidas en la revisión intentada por el Intendente Cristian Breitenstein, el Contador Guillermo Atilio Aispuro y el Tesorero Gabriel Omar Carella contra las sanciones aplicadas en el Artículo Cuarto de la Sentencia de fecha 28/04/11, Municipalidad de Bahía Blanca, Ejercicio 2009, manteniéndose firmes las multas de $ 6.000,00 al Intendente Cristian Breitenstein, de $ 6.000,00 al Contador Guillermo Atilio Aispuro y de $ 2.000,00
al Tesorero Gabriel Omar Carella, conforme los fundamentos expuestos en el Considerando Primero.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia de lo dispuesto en el Considerando Primero apartado 1.
ARTÍCULO TERCERO: Modificar la sentencia de fecha 28/04/11, en su Artículo Quinto, reduciéndose el cargo de $ 4.671.145,88 allí formulado, a la suma de $ 8.931,58
por el que deberán responder en forma solidaria: por $ 7.866,10 el Intendente Cristian Breitenstein, el Contador Guillermo Atilio Aispuro y el Secretario de Economía y Hacienda Hugo Antonio Borelli, y por $ 1.065,48 el Intendente Cristian Breitenstein, la Contadora Mariel Alejandra Trivellini y el Secretario de Economía y Hacienda Hugo Antonio Borelli, de acuerdo a los fundamentos expuestos en el Considerando Segundo.

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

ARTÍCULO CUARTO: Notificar a Cristian Breitenstein, Guillermo Atilio Aispuro, Gabriel Omar Carella, Hugo Antonio Borelli y Mariel Alejandra Trivellini de las sanciones que se les mantienen firmes por los Artículos Primero y Tercero, y fijar plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar los importes señalados en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuentas fiscales 1.865/4 Multas - Pesos y/o 108/9 Cargos Pesos, ambas a la orden del Señor Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten en un plazo de diez 10 días.
Asimismo, y para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas dentro del plazo establecido en el artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Señor Fiscal de Estado para que promueva su ejecución Artículos 159 de la Constitución Provincial y 33 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Notificar a Ramiro Villalba y Diana Isabel Larraburu, de lo dispuesto en el Artículo Tercero.
ARTÍCULO SEXTO: Notificar a Iván Fernando Budassi, Jorge Sebastián Otharan, Rubén Darío Lascano, Rubén Oscar Valerio, Marcelo Nicolás Ciccola y Marcelo Eduardo Greig, lo dispuesto en la presente Sentencia.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Comunicar la presente Sentencia a la Delegación Zona IX, con sede en la ciudad de Bahía Blanca.
ARTÍCULO OCTAVO: Comunicar la presente Sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de Bahía Blanca.
ARTÍCULO NOVENO: Rubricar por el Señor Secretario General el presente Fallo que consta de siete fojas; firmarlo en doble ejemplar y reservar el presente expediente en Secretaría durante los términos fijados en el Artículo Cuarto. Publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del Honorable Tribunal de Cuentas.
Tipo: fallo Fecha de acuerdo: 29/11/2012
Nº de expediente: 3.023.0/11
Ente u organismo: COLÓN
Ejercicio: 2011
Resuelve: fallo - ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de COLÓN, ejercicio 2011, con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el saldo de $ 5.335.895,80 Pesos Cinco Millones Trescientos Treinta y Cinco Mil Ochocientos Noventa y Cinco con Ochenta Centavos que la Municipalidad acusó al finalizar el ejercicio, conforme a lo expuesto en el Considerando Tercero.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia de los incumplimientos reseñados en el Considerando Segundo de la presente Sentencia.
ARTÍCULO CUARTO: Notificar a Ricardo Miguel Casi, Diego Miguel Rodríguez y Miguel Omar DAlessandro de lo expuesto en el Artículo TERCERO.
ARTÍCULO QUINTO: Poner en conocimiento a las autoridades del IOMA e IPS, de la circunstancia señalada en el Considerando Segundo inciso 2.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicar la presente Sentencia a la Delegación Zona XVI, con sede en Junín.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Comunicar la presente Sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de Colón.
ARTÍCULO OCTAVO: Rubricar por el Sr. Secretario General el presente Fallo que consta de cinco fojas; firmarlo en dos ejemplares. Publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.
Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 39 de la Ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Tipo: revisión Fecha de acuerdo: 29/11/2012
Nº de expediente: 2.038.10/05
Ente u organismo: CONSEJO ESCOLAR DE GENERAL ALVARADO
Ejercicio: 2005
Resuelve: revisión - ARTÍCULO PRIMERO: Hacer lugar en forma parcial al recurso de revisión interpuesto por las señoras Susana Graciela Spadaro y Delia Inés Mariño que obra a fs. 59 a 63 del presente expediente, conforme lo expuesto en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar sin efecto parcialmente las observaciones enunciadas en el Resultando VII puntos 1, 4 y 6, toda vez que se presentaron nuevas pruebas que así lo ameritan, y aprobar erogaciones por $ 24.649,57 dejando sin efecto la responsabilidad patrimonial y el cargo solidario impuesto a las señoras Susana Graciela Spadaro y Delia Inés Mariño por la suma de $ 25.003,14 monto original $ 23.216,88 e intereses $
1.786,26 y la responsabilidad patrimonial y el cargo impuesto a la señora Susana Graciela Spadaro por $ 1.571,02 monto original $ 1.432,69 e intereses $ 138,33, de la sentencia original de fecha 25 de octubre de 2007 correspondientes al Consejo Escolar de General Alvarado - Ejercicio 2005, en mérito a los fundamentos expuestos en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO TERCERO: Confirmar las observaciones enunciadas en el Resultando VII
puntos 1 y 6 concernientes al remanente sin justificar de facturas enmendadas y a lo no presentación de documentación respaldatoria de egresos por la suma de $ 10.085,83, manteniendo la responsabilidad patrimonial y el cargo solidario impuesto a las señoras Susana Graciela Spadaro y Delia Inés Mariño por $ 11.167,20 monto original $ 10.085,83
e intereses $ 1.081,37 de la sentencia original de fecha 25 de octubre de 2007 correspondiente al Consejo Escolar de General Alvarado - Ejercicio 2005, en mérito a los fundamentos expuestos en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO CUARTO: Confirmar las observaciones enunciadas en el Resultando VII
puntos 2, 3 y 5: Facturas con Código de Autorización de Impresión vencido; Facturas cuya fecha de emisión es anterior a la de impresión y Facturas pagadas antes de la fecha de emisión, de la sentencia original de fecha 25 de octubre de 2007, correspondiente al

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/02/2013 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha08/02/2013

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones3372

Primera edición02/07/2010

Ultima edición15/05/2024

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