Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/02/2013 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 1192

LA PLATA, JUEVES 7 DE FEBRERO DE 2013

BOLETÍN OfICIAL

tes del Decreto Reglamentario y formularle cargo pecuniario por la suma total de pesos un mil novecientos veintisiete con veintitrés centavos $ 1.927,23 de acuerdo a lo expresado en los Considerandos Segundo y Tercero.
ARTÍCULO TERCERO: Notificar al señor Fernando Ambrosio Zara que se le formula en el Artículo Segundo y fijarle plazo de noventa 90 días para que proceda a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 108/9 a la orden del Señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en los artículos 159 de la Constitución Provincial art. 33 Ley Nº 10869 y sus modificatorias vigentes.
Asimismo, se le hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias vigentes. Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el articulo 159 de la Constitución Provincial artículos 33 Ley Nº 10869 y sus modificatorias vigentes.
ARTÍCULO CUARTO: Rubricar por el Señor Secretario General esta sentencia que consta de tres fojas, firmarla en doble ejemplar a los fines del Reglamento Interno, comunicarla a la Contaduría General de la Provincia y al Director General de Administración del Ministerio de Justicia y Seguridad. Reservar el expediente en Secretaría General por los términos fijados en el artículo anterior. Publíquese en el Boletín Oficial y en la página Web del H. Tribunal de Cuentas. Hecho, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 39 de la ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Tipo: fallo Fecha de acuerdo: 24/10/2012
Nro. de expediente: 21100-968.652/07
Ente u organismo: MINISTERIO DE SEGURIDAD
Ejercicio: 2007
Resuelve: fallo - ARTÍCULO PRIMERO: Declarar que, por los hechos tratados en el presente sumario administrativo de responsabilidad, el Estado Provincial se ha visto perjudicado en el importe de $ 1.117,82 referido al mes de mayo de 2007, conforme lo señalado en el Considerando Primero.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar patrimonialmente responsable al señor Horacio Ceferino GAUNA D.N.I. Nº 22.652.047, por transgresión a los artículos 112, 113 y 114 de la Ley Nº 13767, reglamentada por Decreto 3260/08, y formularle cargo pecuniario por la suma total de pesos un mil novecientos veintisiete con veintitrés centavos $ 1.927,23
de acuerdo a lo expresado en los Considerandos Segundo y Tercero.
ARTÍCULO TERCERO: Notificar al señor Horacio Ceferino Gauna del cargo que se le formula en el Artículo Segundo y fijarle plazo de noventa 90 días para que proceda a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 108/9 a la orden del Señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en los artículos 159 de la Constitución Provincial art. 33 Ley Nº 10869 y sus modificatorias vigentes. Asimismo, se le hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias vigentes. Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el articulo 159 de la Constitución Provincial artículos 33 Ley Nº 10869 y sus modificatorias vigentes.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar a la Contaduría General de la Provincia y al Director General de Administración del Ministerio de Justicia y Seguridad.
ARTÍCULO QUINTO: Rubricar por el Señor Secretario General esta sentencia que consta de tres fojas, firmarla en doble ejemplar a los fines del Reglamento Interno.
Reservar el expediente en Secretaría General por los términos fijados en el artículo anterior. Publíquese en el Boletín Oficial y en la página Web del H. Tribunal de Cuentas.
Hecho, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 39 de la ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Tipo: fallo Fecha de acuerdo: 24/10/2012
Nro. de expediente: 21100-911.969/07
Ente u organismo: MINISTERIO DE SEGURIDAD
Ejercicio: 2007
Resuelve: fallo - ARTÍCULO PRIMERO: Declarar que, por los hechos tratados en el presente sumario administrativo de responsabilidad, el Estado Provincial se ha visto perjudicado en el importe de $ 848,22 referido al mes de febrero de 2007, conforme lo señalado en el Considerando Primero.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar patrimonialmente responsable al señor Jorge Néstor MIRANDA D.N.I. Nº 16.968.975, por transgresión a los artículos 112, 113 y 114 de la Ley Nº 13.767 arts. 64 y 65 del Decreto-Ley Nº 7764/71, T.O. 9167/86 y concordantes del Decreto Reglamentario y formularle cargo pecuniario por la suma total de pesos dos mil ciento treinta y cinco con ochenta y tres centavos $ 2.135,83 de acuerdo a lo expresado en los Considerandos Segundo y Tercero.
ARTÍCULO TERCERO: Notificar al señor Jorge Néstor Miranda que se le formula en el Artículo Segundo y fijarle plazo de noventa 90 días para que proceda a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 108/9 a la orden del Señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en los artículos 159 de la Constitución Provincial art. 33 Ley Nº 10869 y sus modificatorias vigentes.
Asimismo, se le hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias vigentes. Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el articulo 159 de la Constitución Provincial artículos 33 Ley Nº 10869 y sus modificatorias vigentes.
ARTÍCULO CUARTO: Rubricar por el Señor Secretario General esta sentencia que consta de tres fojas, firmarla en doble ejemplar a los fines del Reglamento Interno, comunicarla a la Contaduría General de la Provincia y al Director General de Administración del Ministerio de Justicia y Seguridad. Reservar el expediente en Secretaría General por los términos fijados en el artículo anterior. Publíquese en el Boletín Oficial y en la página Web del H. Tribunal de Cuentas. Hecho, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 39 de la ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Tipo: revisión Fecha de acuerdo: 24/10/2012
Nro. de expediente: 21100-598.374/06
Ente u organismo: MINISTERIO DE SEGURIDAD
Ejercicio: 2006
Resuelve: revisión - ARTÍCULO PRIMERO: Declarar la improcedencia del recurso de revisión presentado por la señora Ana Claudia MAGNANI, D.N.I. Nº 18.140.200, contra la sentencia dictada con fecha 6 de octubre de 2011, conforme lo señalado en el Considerando Único.
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar a la señora Ana Claudia Magnani, D.N.I. Nº 18.140.200.
ARTÍCULO TERCERO: Rubricar por el señor Secretario General esta sentencia que consta de dos fojas, firmarla en doble ejemplar a los fines del Reglamento Interno.
Publíquese en el Boletín Oficial y en la página Web del H. Tribunal de Cuentas. Hecho, archívese.
Tipo: revisión Fecha de acuerdo: 24/10/2012
Nro. de expediente: 4.092.0/07
Ente u organismo: PINAMAR
Ejercicio: 2007
Resuelve: revisión - ARTÍCULO PRIMERO: Por los fundamentos expuestos en el considerando primero, dejar sin efecto la multa de $ 2.000,00 que fuera dispuesta por el artículo quinto considerando séptimo del fallo de las cuentas del ejercicio 2007, por la que se responsabilizara al Intendente Sr. Roberto Martín Porretti artículo 39 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por los fundamentos expuestos en el considerando segundo, modificar la multa de $ 3.000,00 que fuera dispuesta por el artículo quinto considerando séptimo del fallo de las cuentas del ejercicio 2007, manteniéndola en la suma de $
2,400,00, por la que responderá el Intendente Sr. Blas Antonio Altieri artículo 39 de la Ley 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO TERCERO: Notificar al Sr. Blas Antonio Altieri de la multa que se le mantiene por el artículo segundo y fijarle plazo de noventa días para que proceda a deposi-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/02/2013 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha07/02/2013

Nro. de páginas45

Nro. de ediciones3394

Primera edición02/07/2010

Ultima edición14/06/2024

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