Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/01/2011 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 626

LA PLATA, JUEVES 27 DE ENERO DE 2011

BOLETÍN OFICIAL

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Sección Oficial Resoluciones


Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Resolución Nº 51
La Plata, 3 de diciembre de 2010.
POR 3 DÍAS - VISTO el expediente N 0-41/10 relacionado con la escrituración de inmuebles ubicados en la Zona Operativa del Puerto La Plata, a favor de la Provincia de Buenos Aires, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 1/2 por Nota N 6 del 3 de marzo de 2010, el Consorcio de Gestión Puerto La Plata informó sobre la realización y aprobación de los planos de mensura y división acompañados a fojas 3/4, cuya nomenclatura catastral se identifica como:
Circunscripción V, Parcela 3931a y Partida Inmobiliaria 33797 y 36000 y Circunscripción V Parcela 3971e Partida Inmobiliaria 20300, Inscripción dominial N 112445 F/D/1911
55, según planos 114-10-2004 y 115-5-2004;
Que en la referida Nota, se manifestó la vital importancia de la escrituración, en razón de obtener la habilitación comercial del Puerto y de la futura Terminal de contenedores;
Que a fojas 8 el Escribano Adscripto de la Escribanía General de Gobierno señaló que tanto la normativa nacional como provincial - Leyes N 24.093 y N 11.206 respectivamente - establecen mecanismos generales que deben complementarse con los procedimientos administrativos específicos, en virtud de los cuales surja con precisión y claridad la existencia de actos administrativos que permitan tener por cumplidos los extremos previstos en las mismas;
Que conforme a la cláusula XVI del Convenio de Transferencia de Puertos Nación Provincia obrante a fojas 12/17, solo resta efectuar la transferencia de dominio mediante escritura pública;
Que a fojas 23/24 la Gerente de Asuntos Legales del Consorcio de Gestión del Puerto La Plata, detalló las parcelas objeto de escrituración;
Que a fojas 26/28 se adjuntó copia fiel del Acta de Asamblea Extraordinaria Unánime de la Administración General de Puertos N 41 de fecha 30 de noviembre de 1995, mediante la cual se acreditó la transferencia a título gratuito del dominio de los bienes muebles e inmuebles del Puerto La Plata;
Que a fojas 22, 30/30 vuelta y 32, han tomado la intervención de su competencia, Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado, respectivamente;
Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nacional N 24.093, la Ley Provincial N 11.206 y por la cláusula sexta del Convenio de Transferencia de Puertos Nación - Provincia;
Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL
DECRETO N 5000/89 EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1 - Dar intervención a la Escribanía General de Gobierno a fin de realizar los actos notariales de rigor, tendientes a inscribir a favor de la Provincia de Buenos Aires la titularidad dominial de la Parcela 3971h Superficie 871.489,89 m2; Parcela 3971m Superficie 4.246,43 m2; Parcela 3971n Superficie 6.154,95m2 del Partido de Ensenada, y la Parcela 3931b Superficie 544.341,86 m2 del Partido de Berisso, todas ellas correspondientes a la Zona Operativa del Puerto La Plata.
ARTÍCULO 3 - Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar a la Escribanía General de Gobierno. Cumplido, archivar.
Martín M. N. Ferré Ministro de la Producción C.C. 737 / ene. 27 v. ene. 31

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Resolución Nº 116
La Plata, 12 de enero de 2011.
VISTO que por el expediente Nº 21.100411.167/05 se tramitó el ofrecimiento público de recompensa dispuesto mediante Resolución Ministerial Nº 1735/05, a quien brindara información a fin de lograr la detención de los prófugos CARLOS MARCELO DE LOS
SANTOS y ALEJANDRO JAVIER SALABERRY GABARAIN, cuyas capturas fueran ordenadas por la muerte de CRISTIAN AGUSTI IPP Nº 08-00-155.159-03, y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 2052/98 y sus modificatorios, el Poder Ejecutivo ha establecido un sistema de recompensas para las personas que aporten datos, informes, tes-

timonios, documentación y todo otro elemento o referencia fehaciente a fin de contribuir al esclarecimiento de hechos de homicidios dolosos u homicidios en ocasión de otro delito doloso o a la individualización de sus autores, cómplices, encubridores o instigadores prófugos de la justicia, como así también para hechos delictivos que por su gravedad y/o complejidad así lo justifiquen;
Que el Ministerio de Justicia y Seguridad es el órgano de aplicación, encontrándose facultado para seleccionar los casos judiciales respecto de los cuales se ofrecerá recompensa;
Que la autoridad judicial a cargo de la investigación comunicó en su momento que no existía objeción alguna al pedido de ofrecimiento de pública recompensa a fin de obtener datos que conllevaran a las detenciones de los prófugos de mención, las que fueron ordenadas al sospecharse su autoría en el homicidio de Cristian AGUSTI, acaecido el 27
de octubre de 2003 en la ciudad de Mar del Plata;
Que, ante tal circunstancia, se dictó la Resolución Ministerial Nº 1735/05 por la que se ofreció públicamente recompensa en la cantidad de pesos cinco mil $ 5.000 a pesos treinta mil $ 30.000 a las personas que aportaren información fehaciente que permitiera la localización y detención de los prófugos CARLOS MARCELO DE LOS SANTOS y ALEJANDRO JAVIER SALABERRY GABARAIN;
Que, pese a las tareas investigativas desplegadas, no se ha logrado a la fecha sus capturas, encontrándose vigentes las mismas;
Que el Subsecretario de Política Criminal e Investigaciones Judiciales solicitó el aumento del monto ofrecido fs.48;
Que el Subsecretario de Justicia considera oportuno y conveniente viabilizar el aumento de la cantidad ofrecida, proponiendo fijar como monto de la misma la cantidad de pesos veinte mil $ 20.000 a pesos setenta mil $ 70.000, según la naturaleza de la información que se brinde y el resultado que se logre en las aprehensiones;
Que por intermedio del Departamento Presupuesto, dependiente de la Dirección General de Administración, se ha fijado la correspondiente imputación presupuestaria fs.55;
Que con el fin de garantizar la reserva de identidad de las personas que aporten la información aludida y facilitar su presentación, aquéllas podrán hacerlo ante los Fiscales Generales de Cámara de los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia, quienes se encuentran facultados para adoptar tal medida, la Unidad Funcional de Instrucción, Juicio y Ejecución Nº 7 del Departamento Judicial de Mar del Plata, o ante la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que por último, y para lograr la debida difusión de la oferta pública de recompensa, se arbitrará lo necesario a efectos de que sea trasmitida por los medios de comunicación masivos nacionales y locales del lugar donde su produjo el hecho para conocimiento de la población, a cuyo fin se remitirá copia de la presente y sus Anexos a la Subsecretaría de Medios de la Gobernación;
Que se ha dado cumplimiento a lo previsto en la Resolución Ministerial Nº 2390/07;
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley Nº 13.757 y sus modificatorias, y el Decreto Nº 2052/98 y sus modificatorios;
Por ello, EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1 - OFRECER PÚBLICA RECOMPENSA, entre la suma de pesos veinte mil $ 20.000 y pesos setenta mil $ 70.000 para quienes aporten información fehaciente que contribuya a la detención de las personas cuyos datos de filiación y hecho reprochado obran como Anexos I y II de la presente.
ARTÍCULO 2 - El monto de la recompensa será distribuido sólo entre quienes se presenten a suministrar la información en los términos del Decreto Nº 2052/98 y sus modificatorios, la Resolución Ministerial Nº 2390/07, lo establecido en la presente y conforme al mérito de la información aportada.
ARTÍCULO 3 - Las personas que deseen aportar la información mencionada en los artículos precedentes, podrán hacerlo con reserva de identidad, presentándose ante los Fiscales Generales de Cámara de los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia, la Unidad Funcional de Instrucción, Juicio y Ejecución Nº 7 del Departamento Judicial de Mar del Plata, o ante la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad, debiendo asegurar la confidencialidad de la información y la reserva de la identidad de las personas.
ARTÍCULO 4 - Remitir copia de la presente con sus Anexos a la Subsecretaría de Medios de la Gobernación, para que arbitre las medidas necesarias a efectos de posibilitar su difusión masiva nacional y local del lugar donde se produjo el hecho Mar del Plata.
ARTÍCULO 5º - Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 1735 de fecha 11 de noviembre de 2005.
ARTÍCULO 6 - Registrar. Publicar en el Boletín Informativo y Boletín Oficial.
Comunicar a la Procuradora General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y a la Unidad Funcional de Instrucción, Juicio y Ejecución Nº 7 del Departamento Judicial de Mar del Plata. Comunicar a la Dirección General de Administración y a la Unidad de Comunicación Institucional. Dar al Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires SINBA. Cumplimente con ello la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/01/2011 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha27/01/2011

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones3378

Primera edición02/07/2010

Ultima edición23/05/2024

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