Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/07/2010 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

Artículo 14: De acuerdo a lo previsto al último párrafo del Art. 4to., las categorías se denominarán de la siguiente manera:
a Primera Categoría Telekino o ganadores de quince 15 aciertos del primer sorteo.
b Segunda Categoría Telekino o ganadores de catorce 14 aciertos del primer sorteo.
c Tercera Categoría Telekino o ganadores de trece 13 aciertos del primer sorteo.
d Cuarta Categoría Telekino o ganadores de doce 12 aciertos del primer sorteo.
e Quinta Categoría Telekino o ganadores de once 11 aciertos del primer sorteo.
f Categoría ReKino Sale seguro del segundo sorteo.
g Categoría de Premios Temáticos en Especies por el número de cartón Sale o sale.
Artículo 15: En caso de no existir ganadores en algunas de las categorías enunciadas, el pozo asignado a la misma se acumulará al de la misma categoría del siguiente sorteo y así sucesivamente hasta que hubiere ganadores, con excepción del Rekino el cual se entregará en todos los sorteos, ya que de no haber ganador con 15, se repartirá entre los que acierten 14, y de no haber ganador con 14 se repartirá entre los que acierten 13, y así sucesivamente hasta que haya ganadores.
Para el caso de que la Caja Popular estime conveniente incluir en algún sorteo premio adicional en especie casa - auto viaje - etc. en algunas de las categorías, este tipo de premio de resultar vacante no será acumulable al sorteo posterior, a excepción que el H. Directorio de la Institución resuelva lo contrario, decisión ésta que se debe publicar con la debida antelación para conocimiento del público apostador.
Artículo 16: Para determinar la cantidad de números coincidentes entre los números incluidos en los cartones y los números extraídos en el acto del sorteo, no se tendrá en cuenta el orden en que estos últimos fueron extraídos, sino el conjunto total de ellos.
Artículo17: Los tenedores de cartones con 10 diez o menos aciertos no accederán a premio alguno, salvo que la Caja Popular de Ahorros modificase las categorías de ganadores de acuerdo a lo previsto en el Art. 13.
Artículo 18: El valor en dinero que corresponderá como premio a cada uno de los portadores de los cartones ganadores de una cierta categoría, será el resultante de dividir el monto total de dinero asignado a esa categoría por la cantidad de cartones ganadores que hubiere en la misma.
Artículo 19: A los efectos de la determinación de los premios asignados a cada Categoría, los mismos se redondearán a valores enteros y siempre al valor más bajo. El remanente que surgiere, producto del redondeo, se destinará a la Reserva Para Premios de la Caja Popular.
Artículo 20: Para los Cartones Ganadores de cuarta y quinta categoría, independientemente del cálculo de prorrateo indicado en el Art. 19., la Caja Popular de Ahorros asegurará valores de $ 5,00 Pesos cinco y $ 3,00 Pesos tres, respectivamente Artículo 21: El 38 % treinta y ocho por ciento de la recaudación total del juego TELEKINO se destinará para premios. Entiéndase por recaudación total el importe que surge de multiplicar el total de cartones vendidos por el valor del cartón.
A fin de determinar el premio total de cada categoría se aplicará al importe destinado para premios de esta modalidad, los siguientes porcentajes:
a Primer Premio Telekino o premio de primera categoría primer sorteo 15 aciertos el 46,50% cuarenta y seis con 50/100 por ciento.
a.1 Adicional para el primer premio Premio en Especie el 6,00% seis por ciento.
b Segundo Premio Telekino o premio de segunda categoría primer sorteo 14 aciertos el 3,50 % tres con 50/100 por ciento.
c Tercer Premio Telekino o premio de tercera categoría primer sorteo 13 aciertos el 6,10 % seis con 10/100 por ciento.
d Cuarto Premio Telekino o premio de cuarta categoría primer sorteo 12 aciertos el 7,35 % siete con 35/100 por ciento.
e Quinto Premio Telekino o premio de quinta categoría primer sorteo 11 aciertos el 23,30 % veintitrés con 30/100 por ciento.
f Premio ReKino Sale seguro segundo sorteo el 6,25% seis con 25/100 por ciento.
g Premio Temático en Especies al número de cartón el 1,00% uno por ciento.
Los Premios Temáticos en Especie se sortearán por el número de cupón de una base en la que se encuentran exclusivamente los cartones vendidos.
El importe resultante tanto de los Premios Caducos de esta categoría como del excedente de premiación, se incorporará al Fondo de Reserva para distribuir en premiaciones adicionales de futuros sorteos de la categoría que la Caja disponga.
La Caja Popular de Ahorros se reserva el derecho de modificar cualquiera de los porcentajes antes descriptos, inclusive el porcentaje de la recaudación total que se destina para premios y/o los montos fijos asignados para la cuarta y quinta categoría. Asimismo, la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán se reserva el derecho de incorporar premios adicionales con el fin de acrecentar las expectativas del público.
Artículo 22: La determinación de los cartones ganadores de cada categoría se efectuará mediante la comparación computacional de las referencias de control y combinación de números impresos en cada cartón participante con la serie de números extraídos del bolillero en el acto de sorteo, con excepción de la categoría premios en Especies que será sorteada con otros bolilleros de donde se extraerán 7 siete bolillas que formarán el número de cartón. En este último sorteo se extraerán tantas veces las bolillas hasta que el sistema computacional arroje el resultado de que el número de cartón formado corresponde a uno vendido.
Artículo 23: A cada cartón ganador sólo le corresponderá el premio de su mayor categoría alcanzada, esto rige tanto para el Primer Sorteo: Telekino como para el Segundo Sorteo: Rekino. Esto significa que un cupón de 1ra categoría no tiene derecho a cobrar categorías menores dentro de cada modalidad, lo mismo ocurre con la 2da categoría, y así sucesivamente. Para el caso que el mismo cartón completara los quince aciertos de la modalidad Telekino y/o Rekino y/o el número de ese cartón sea el obtenido en el sorteo de la modalidad Premios en Especie, el poseedor del cartón ganador también tendrá derecho al cobro del premio de la Categoría Primera de Telekino y/o Rekino y/o del Premio Temático en Especie que corresponda.
Artículo 24: Sólo participarán en el respectivo sorteo los cartones que hayan sido vendidos al público y que como tales aparezcan registrados en los documentos de juego y archivos magnéticos correspondientes a esos cartones y que hayan sido producidos por el sistema computacional previo a la realización del sorteo.

LA PLATA, MARTES 13 DE JULIO DE 2010

PÁGINA 7105

V - PAGO DE PREMIOS
Artículo 25: Los premios serán pagados al portador del cartón ganador.
Artículo 26: Sólo se pagarán premios a aquellos tenedores de cartones ganadores que presenten los mismos al cobro. Dichos cartones deberán encontrarse totalmente íntegros, con su contenido completo, no registrar ningún tipo de enmiendas, adulteraciones, reconstituciones y/o resultar ilegibles en todo o en parte. Los cartones que no cumplan con los requisitos dispuestos en el párrafo precedente se consideran nulos y sin ningún valor.
Artículo 27: Sólo se pagarán premios a los tenedores de cartones que resulten ganadores y que consten en los archivos magnéticos computacionales y en las nóminas de ganadores existentes en los lugares de pagos de premios.
Artículo 28: La Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán, no reconocerá como válido ningún cartón que no haya sido emitido o impreso por ella o por la Empresa debidamente autorizada para efectuar la emisión o impresión de los cartones.
Artículo 29: Los premios serán pagados por las mismas entidades o personas que venden los cartones de juego, excepto los premios de primera y segunda categoría de Telekino, categoría de ReKino Sale seguro y Premios en Especies, que serán pagados por la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán o la entidad que ésta determine, previa verificación de los mismos.
Artículo 30: Todos los premios de primera y segunda categoría de Telekino y el de la modalidad Rekino Sale seguro con 15 quince y 14 catorce aciertos, estarán sujetos a una deducción del 2 % dos por ciento, el importe resultante se destinará en partes iguales a los miembros de la red comercial que intervinieron en la venta del cartón, con excepción de los Entes Provinciales. La Caja Popular de Ahorros controlará el efectivo cumplimiento de lo establecido. En el caso que el Rekino Sale seguro deba repartir el premio entre los que obtuvieron menos de 14 aciertos, no se realizará la retención anteriormente descripta. Los Premios en especie y temáticos podrán ser abonados en su equivalente en efectivo y/o la compra de los mismos en caso que el beneficiario optara por el bien.
VI - CADUCIDAD
Artículo 31: El derecho a cobrar los premios caducará a los QUINCE días hábiles a partir del día hábil siguiente de realizado el sorteo al que corresponde el cartón ganador, momento a partir del cual los importes no reclamados serán acreditados al Fondo de Reserva correspondiente. Este lapso podrá ser modificado por la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán.
VII - DERECHO A PUBLICIDAD
Artículo 32: El ganador de uno o varios premios del juego TELEKINO, NO estará obligado a dar publicidad alguna, salvo conformidad expresa del mismo y a requerimiento de la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán, sin que esto le confiera derecho alguno a reclamar pago o compensación de cualquier naturaleza.
VIII - REALIZACIÓN DEL SORTEO
Artículo 33: De toda emisión de cartones por sorteo, se emitirá un listado y grabará previamente, un medio magnético de computación el cual contendrá:
a El número de cartones emitidos para dicho sorteo, identificados uno por uno.
b El número de cartones devueltos, debidamente identificados uno por uno.
c Los cartones que están en las apuestas, debidamente identificados uno por uno.
d La combinación numérica o apuesta de cada uno de los cartones emitidos.
Artículo 34: Las jugadas serán públicas y a ellas comparecerán las autoridades competentes que la Caja designe, siempre ante Escribano Público designado a tal efecto por la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán, quien deberá dar fe del estado de las bolillas y su correlatividad numérica completa y cantidad, y supervisarán su correcto vaciado dentro del bolillero, certificará los números extraídos, el rango de los Cartones participantes en la jugada y los ganadores de cada categoría, labrando a tal efecto un acta notarial de todo lo actuado y cualquier otra circunstancia relevante, con indicación de fecha y hora.
Artículo 35: Las autoridades presentes en el sorteo y el escribano designado a tal fin revisarán, constatarán y observarán el desarrollo del mismo y entre otras actividades incluirán las de verificar la correlatividad de las bolillas que ingresan a los bolilleros y su correcta extracción.
Artículo 36: Antes del sorteo se introducirá en una bolsa plástica, la documentación correspondiente al cierre de juego, el medio magnético que contendrá una copia de los archivos computacionales con el total de los cartones que participan en el mencionado sorteo, así como aquéllos que no lo hacen por no haber sido vendidos.
También se introducirá en la bolsa plástica, el acta notarial labrada a tal efecto por escribano público. En dicha acta constará:
a Recepción por parte de escribano del medio magnético de computación utilizado.
b Hora en que se precinta la bolsa.
c Número de precinto utilizado.
El precintado de la bolsa será realizado por el escribano público y/o los funcionarios de la Caja Popular de Ahorros presentes.
Artículo 37: Una vez precintada la bolsa le será entregada en depósito al Escribano Público presente.
Artículo 38: En el bolillero o aparato de sorteo correspondiente serán introducidas veinticinco 25 bolillas. De estas se extraerán en primer lugar una a una quince 15 bolillas del conjunto total de veinticinco 25 bolillas, que se encuentran numeradas del uno 1 al veinticinco 25, para dar lugar a la determinación de los ganadores de las diferentes categorías de la modalidad TELEKINO, en segundo lugar se extraerán una a una quince 15 bolillas del conjunto total de veinticinco 25 bolillas, que se encuentran numeradas del uno 1 al veinticinco 25, para dar lugar a la determinación del o los ganadores de la categoría de la modalidad REKINO Sale seguro. Previamente se realizará el sorteo de la categoría Premios en Especies, en el que se extraerán 7 siete bolillas de diferentes bolilleros dentro de los cuales se encuentran 10 diez bolillas numeradas del 0
cero al 9 nueve con excepción del primer bolillero donde se introducen solo 4 cuatro bolillas numeradas del 0 cero al 3 tres y que determinará la unidad de millón del número de cartón. Este sorteo se realizará tantas veces como sean necesarias hasta encontrar el número de cartón vendido, y serán grabados en presencia del Escribano para luego guardar el video de los cartones ganadores exclusivamente.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/07/2010 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha13/07/2010

Nro. de páginas42

Nro. de ediciones3394

Primera edición02/07/2010

Ultima edición14/06/2024

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