Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/04/2024 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 05 de abril de 2024

POR 3 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial N 1 de Mar del Plata, a cargo del Dr. Heber Daniel Amalfi, Secretaría Única, sito en Almirante Brown 2257 de Mar del Plata, informa que con fecha 7 de febrero de 2024 Protegiendo al Consumidor P.A.C. promovió Demanda Colectiva contra TOYOTA CÍA FINANCIERA DE ARGENTINA S.A., con domicilio en Av. Del Libertador 350, piso 1º, Vicente López, Provincia de Buenos Aires con el siguiente objeto: a promover formal demanda colectiva ordinaria de nulidad de contrato; b que se persigue la protección de intereses individuales homogéneos correspondiente a los usuarios que obtuvieron prestamos con garantia prendaria con la entidad demandada a quienes se les cobra la comisión por envío de resumen mensualmente - se decrete la nulidad de la comisión por envío de resumen cobrado a la totalidad de los usuarios que obtuvieron prestamos con garantía prendaria con la entidad demandada en la Provincia de Buenos Aires y se ordene el reintegro de las mismas a los clientes consumidores, con más sus intereses, con costas-; c que las circunstancias fácticas de las que se origina la reclamación son también homogéneas se encuentran dadas por el cobro ilegítimo del mencionado cargo a todos los usuarios que obtuvieron prestamos con garantía prendaria con la entidad demandada en abierta violación a la normativa aplicable;d que la trascendencia económica desde el punto de vista individual en relación a cada uno de los consumidores es menor, lo que no justificaría que cada uno de los posibles afectados de la clase de los sujetos involucrados promueva una acción individual, por lo que se configuraría una clara afectación del acceso a la justicia. Asimismo, se invita a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios y/o a los consumidores a participar del procedimiento y en su caso denunciar la existencia de otro procedimiento judicial promovido con el mismo objeto, ello dentro del término de cinco días hábiles computables a partir del día hábil siguiente al de la última publicación edictal arts. 54 Ley 24240, 28 inc. a Ley 13133. "Protegiendo al Consumidor P.A.C. c/Toyota Cía. Financiera de Argentina S.A. s/Nulidad de Contrato". Expdte. 130660. Mar del Plata, 22 de marzo de 2024.
abr. 3 v. abr. 5
POR 3 DÍAS - El Juzgado de Paz Letrado de Bragado del Depto. Judicial de Mercedes, en autos N 38.080 caratulado:
"Villarreal Cristina Haydee c/Mansilla Pedro s/Prescripción Adquisitiva Larga", cita y emplaza por el término de 10 días a PEDRO MANSILLA y/o sus herederos y/o quienes se consideren con derecho al bien designado como Circ. I, Sección C, Mz. 228, Parcela 1a, Partida Inmobiliaria 012-4364, inscripto al N 9912 Folio N1487 del Año 1903 del partido de Bragado, inscripto en Mercedes 012, comparezca a tomar intervención en los autos citados, bajo apercibimiento de designársele Defensor de Pobres y Ausentes, conforme las previsiones del art. 91 de la ley 5.827 s/Ley 10.571. Bragado, 22 de marzo de 2024.
abr. 3 v. abr. 5
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 8 del Departamento Judicial de Quilmes, hace saber por cinco días que se ha decretado la Quiebra de SEGOVIA ROXANA MAGALI, DNI N 34.750.158, con domicilio real en la calle Achala Nº 2713 de la localidad de San Rudencio, partido de Florencio Varela, provincia de Buenos Aires.
Síndico: Andrés Drzewko, Teléfono 11 6947-5920. Se hace saber que los acreedores por causa o título anterior al Decreto de Quiebra 26/12/2023 deberán presentar los pedidos de verificación de créditos, acompañados de los títulos correspondientes, en formato PDF, al siguiente correo electrónico de la Sindicatura: andresdrzewko@gmail.com hasta el 3
de junio de 2024, debiendo el funcionario falencial presentar el informe individual el día 2 de julio de 2024 y el informe general el día 25 de septiembre de 2024. Se hace saber que el precio del arancel del art. 32, LCQ resulta el 10 % del salario mínimo vital y móvil vigente al momento de la insinuación, el cual deberá depositarse en la siguiente cuenta de titularidad del Síndico: Caja de Ahorro en Pesos Nº 023-016811/6 del BBVA Banco Francés S.A., CBU:
0170023740000001681161. Intímase a todos aquellos que tengan en su poder bienes de la fallida para que coloquen los mismos a disposición del Síndico o, en su caso, denuncien la ubicación e individualización de los bienes, todo ello, bajo apercibimiento de ley. Poner en conocimiento de los terceros la ineficacia de los pagos de cualquier naturaleza a la fallida conforme los términos del Artículo 88 inc. 5º de la Ley 24.522. Quilmes, 2024. Fdo. Dra. Claudia Celerier, Jueza.
abr. 3 v. abr. 9
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Emiliano J. Lazzari, Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional N 1 Departamental, tengo el agrado de dirigirme a Ud. en "Masoni Sanchez Alejandro, Carrau Pablo s/Apelación Falta Municipal J.C. N 1", de trámite por ante éste Juzgado, Secretaría Única a mi cargo, sito en calle Aristóbulo del Valle N 87, a los efectos de que proceda a publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al ciudadano CARRAU PABLO DAMIAN, DNI
17635565, cuyo último domicilio conocido era en calle real: calle El Lucero y Querandies Mar de Las Pampas de la resolución dictada por el Juzgado, que a continuación se transcribe: "Dolores, 13 de marzo de 2024. Autos y Vistos: Y
Considerando Resuelvo: Declarar Extinguida la multa por Prescripción en la causa iniciada contra Carrau Pablo y Masoni Sanchez Alejandro, en virtud de la cual se los sancionara con fecha 31 de agosto del año 2020 por el Juzgado de Faltas de Villa Gesell, en la cual se le impusiera a Masoni Sanchez Alejandro, en calidad de propietario con una multa de 26819
mults y al arquitecto Carrau Pablo con una multa igual de 26819 mult. por infracción a lo dispuesto en el artículo 9 inc. 5, 6, 12 y 15 de la Ordenanza 2283 según texto Ord. 2742 Dec. 2243/19 y concordantes de la Ordenanza 961. ver fs. 45/46, por los fundamentos expuestos en los considerandos que anteceden Art. 17 y 60 del Código de Faltas y 8751/77 y Artículo 67 del Código Penal. Regístrese y Notifíquese al Señor Fiscal de Juicio art. 29 Inciso 4 Ley 14.442. Cumplido ello, oportunamente, remítanse al Señor Juez de Faltas de la Municipalidad de Villa Gesell a sus efectos, debiendo darse de baja en los libros del Juzgado y practicarse la correspondiente comunicación a la Cámara de Apelación y Garantías Departamental a los fines del art. 22 de la Acordada Nº 2840/98 de la S.C.J.B.A. Dr. Emiliano J. Lazzari, Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional. Juzgado en lo Correccional N 1 Departamental. Ante mí Dra. Natalia Noemi Lovari, AbogadaSecretaria, Juzgado en lo Correccional N 1 Departamental. Lovari Natalia Noemi, Secretario.
abr. 3 v. abr. 9
POR 5 DÍAS - El Juzg. Civil y Comercial nro. 8, Secretaría nro. 12 del Dto. Judicial de San Isidro, en autos Expte. SI-326942022 "Ekson Sudamericana S.A. s/Quiebra Pequeña", hace saber que el 08 de marzo de 2024 se ha decretado la Quiebra de la EKSON SUDAMERICANA S.A., CUIT 30-70811826-1, con domicilio en la calle La Rabida Nº 1240 de San Isidro, provincia de Buenos Aires. Los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación ante el síndico Benjamín Fiszman Tel 156 501-1276, email nbcr.legales@gmail.com, según protocolo aprobado en autos a la casilla de correo denunciada por la sindicatura nbcr.art32@gmail.com hasta el día 13 de mayo de 2024. El día 01 de julio de 2024 informe individual de
SECCIÓN JUDICIAL > página 13

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/04/2024 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha05/04/2024

Nro. de páginas78

Nro. de ediciones3369

Primera edición02/07/2010

Ultima edición06/06/2024

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