Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/12/2023 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 27 de diciembre de 2023

Alberto Leppén, Juez; Dra. Silvia L. Caparelli, Secretaria; 21/12/23. Como recaudo legal, se transcribe el auto que ordena el libramiento del presente: III.- Notifíquese, y líbrese el correspondiente edicto a publicarse en el Boletín Oficial de esta Provincia, por el plazo de cinco días, a los efectos de anoticiar al encausado de lo decidido en los puntos I y II de la presente". Dr. Daniel Alberto Leppén, Juez; Dra. Silvia L. Caparelli, Secretaria; 21/12/23.
dic. 27 v. ene. 3
POR 5 DÍAS - field, 28 de octubre de 2021. I.- Vista la presentación efectuada a fs. que antecede, téngase presente la renuncia del Dr. Gowland Alejandro como Defensor de DUARTE LEONARDO TOMÁS procediéndose al inmediato reemplazo por al Defensor Oficial titular de la Unidad de Defensa Penal Nº 14 Departamental. Asimismo, hágaselo saber al imputado así como del derecho de elegir un letrado de su confianza, en el momento en que lo considere oportunamente artículos 93 y 97 del C. Pr.P.. Líbrese oficio de notificación. Notifíquese al Sr. Defensor Oficial. II.- Por otra parte, teniendo en cuenta lo manifestado por el Letrado por cuanto ha perdido contacto con el incusado y, no contando ésta Sede con un domicilio distinto al aportado en la oportunidad, dése vista a la Defensa Oficial a fin que se sirva informar a ésta Sede el lugar donde reside actualmente Duarte Leonardo, ello a los fines de notificarlo del resolutorio obrante a fs.
231/244. Supliendo el presente de atenta nota de remisión. III.- Finalmente, atento el estado de autos respecto de Vera Alan Nahuel, practíquese por Secretaría los cálculos necesarios para determinar las fechas en se cumplirán los plazos previstos por los arts. 27 y 27 bis del Código Penal, en razón de la sentencia dictada y que se encuentra firme. Computo de pena de ejecución condicional: Que practico a los efectos de determinar el vencimiento de los términos previstos por los arts. 27 y 27 bis del Código Penal, en razón de la sanción impuesta a Vera Alan Nahuel mediante el veredicto y sentencia dictado el día 07 de septiembre de 2021 cuando se lo condenó a la pena de Tres Años de Prisión de Ejecución Condicional y Costas del proceso, en orden al delito de Robo agravado por el Empleo de Arma de Fuego cuya aptitud Para el disparo no se encuentra acreditada, por cometerse en lugar poblado y en banda y por tratarse de Mercadería en Tránsito cfr. fs.
231/244, en el marco de estas actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 0700-657-21, imponiéndole también por el término de dos años el cumplimiento de las reglas de conducta previstas en los inc. 1ero. y 3ero. del art. 27
bis del Código Penal. A partir de ello y habiendo adquirido firmeza el pronunciamiento, puedo determinar que las reglas de conducta deberán ser cumplidas hasta el día 06 de septiembre de 2023 mientras que el lapso de cuatro años previsto por el art. 27, primer párrafo, del Código Penal, operará el día 06 de septiembre de 2025. Por último, destaco que Vera Alan Nahuel permaneció detenido en el marco de estos actuados desde el día 04 de enero de 2021 fs. 3 y vta. hasta el día 04
de febrero de 2021 fs. 179/180. Es el cómputo que practico". Secretaría, 28 de octubre de 2021. Certifico: "En cuanto ha lugar por derecho, que practicada la correspondiente liquidación de costas, la misma arroja la suma de pesos $1315.00
mil trescientos quince. Apruébase el cómputo y la liquidación de costas practicados por Secretaría. Notifíquese a las partes y a la víctima de autos". Banfield. Secretaría, 28 de octubre de 2021.
dic. 27 v. ene. 3
POR 5 DÍAS - El Sr. Juez interinamente a cargo del Juzgado en lo Correccional N 4 del Departamento Judicial La Matanza, con asiento en la calle Entre Ríos Nro. 3339 de la Ciudad de San Justo, partido de La Matanza, Dr. Diego Sebastian Burgueño, cita y emplaza a MARIO LUCAS DIEGO LUNA, -sin apodos ni sobrenombres, de nacionalidad argentina, con DNI 24.711.842, de 48 años de edad, nacido el 27 de julio de 1975, de estado civil soltero, hijo de Mario Alberto Luna y de Gloria Ester Payero; por el plazo de cinco días, a contar desde la publicación del presente, a que comparezca ante el citado Juzgado y estar a derecho en la causa Nº LM 22675-2023, R.I. Nº 3584-4, IPP. Nº 05-01012106-23/00, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: Justo, de diciembre de 2023. En otro sentido, y conforme al resultado de la notificación de la citación a juicio encomendada, y teniendo en consideración que en la presente causa no surge otro domicilio informado respecto de Jorge Daniel Luna, cítese al mismo por edicto el que se publicará en el Boletín Oficial, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y disponer lo que corresponda en cuanto a su situación ambulatoria art. 303 y ccdtes.del CPP Diego Sebastian Burgueño, Juez. Burgueño Diego Sebastián, Juez. De Palma Maria Paula, Secretario.
dic. 27 v. ene. 3
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 12 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, sito en calle: Camino Pres. Juan Domingo Perón, Intersección: Larroque, Banfield, partido de Lomas de Zamora, provincia de Buenos Aires, cargo vacante, Secretaría de la Dra. Leticia Patricia Reyes, hace saber por cinco días que en autos Alarcon Carlos Daniel s/Quiebra Pequeña, Expte. Nº 89309, se ha decretado la Quiebra de CARLOS DANIEL
ALARCÓN, DNI N 31.210.769. Síndico: Andrés Drzewko, Teléfono 11 6947-5920. Se hace saber que los acreedores por causa o título anterior al Decreto de Quiebra 07/06/2023 deberán aportar en la casilla de correo de la sindicatura andresdrzewko@gmail.com, con carácter de declaración jurada respecto de la veracidad de la información cargada y la documentación subida, asumiendo el compromiso de poner a disposición de la Sindicatura y del Juzgado, en caso que se requiera la misma, en un plazo máximo de cinco 5 días de que la misma fuere solicitada por comunicación efectuada al correo electrónico denunciado y en formato pdf, en tamaño no superior a los 5 MB, toda la documentación que hace a su reclamo, incluyendo copia escaneada de la constancia de transferencia del arancel art. 32 LCQ si correspondiere a una cuenta de titularidad de la sindicatura Nº 023-016811/6 del BBVA Banco Francés S.A., CBU N:
0170023740000001681161. Toda la documentación enviada debe ser legible y clara, y debe incluir los siguientes requisitos: 1- Declaración jurada respecto de la veracidad de la información cargada y la documentación; 2- Nombre y apellido; 3- Domicilio real y constituido, tanto procesal como electrónico; 4- Constancia de CUIT; 5- Domicilio electrónico si lo tuviere; 6- Teléfono; 7- Correo electrónico; 8- CBU de la cuenta bancaria donde se le deberían depositar las posibles distribuciones de fondos, si las hubiera; 9- Todo otro dato útil que permita la comunicación con el acreedor. Déjase constancia que la fecha y hora de recepción de los correos será la que surja de cada uno de los correos recibidos. Por cuestiones de seguridad y sanidad, en principio la sindicatura no requerirá exhibición de documentación física cuya constatación pudiere efectuarse en forma digital, tales como facturas electrónicas, recibos de sueldo, constancias laborales, etc., salvo que no se pudiere verificar en forma sistémica o generare dudas, se requerirá la presentación física de la documentación. En el caso que las insinuaciones contengan documentación como pagarés, contratos, actas de inspección, cheques rechazados, u otras que no pueda ser verificada su autenticidad en forma digital, y deban ser intervenidas por la
SECCIÓN JUDICIAL > página 35

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/12/2023 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha27/12/2023

Nro. de páginas76

Nro. de ediciones3363

Primera edición02/07/2010

Ultima edición08/05/2024

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