Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/11/2022 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 02 de noviembre de 2022

años 1984 y 2008. Listado de causas a disposición de los interesados en la sede del organismo sito en calle Alem N 430
de la ciudad de Quilmes por el plazo de 20 días para realizar las presentaciones del Art. 120º del Ac. 3397, y adjuntado en formato pdf al presente edicto a sus efectos. Quilmes, 27 de octubre de 2022.
nov. 2 v. nov. 4
POR 5 DÍAS - El Señor Juez Titular PDS del Juzgado Correccional N 3 del Departamneto Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Carlos Gualtieri. Notifica a ALBERTO DARIO PAOLI, por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector "f" del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. Nº 42021327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, en la causa Nº 07-01-3826-18 Nº interno 6906 seguida al nombrado en orden al delito de amenazas y desobediencia cuya resolución infra se transcribe: field, 28 de octubre de 2022. Autos y Vistos: Para resolver en la presente causa Nro 07-01-3826-18
Nº interno 6906 seguida a Paoli Alberto Dario en orden a los delitos de amenazas y desobediencia en concurso real entre si en el contexto de violencia familiar y de género. Y Considerando: Que la presente causa en orden a los hechos de amenazas y desobediencia en contexto de violencia familiar y de género. presuntamente ocurridos los días 6 de mayo de 2018, 18 de mayo de 2018 y 30 de mayo de 2018 en la localidad y partido de Ezeiza y la misma llega a esta sede y es radicada con fecha 25 de febrero de 2019, ordenándose la citación a juicio conforme lo dispone el artículo 338 del Ceremonial. Que Habiéndose glosado los antecedentes del incusado, se corrió vista al Sr. Agente Fiscal, titular de la Unidad de Asistencia y colaboración. Dr. Jorge Ariel Bettini Sansoni, quien solicitó la prescripción de la acción penal.
Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, cabe renovar el tratamiento de la cuestión al amparo de la ley 25.990. En tal sentido se ha expedido, con fecha 4 de agosto de 2009, la Sala III del Excmo. Tribunal de Casación Penal Provincial, en causa n 5.429 caratulada "O.L.A. s/Recurso de Casación", mediante el voto de los Dres. Borinsky, Violini y Carral, al manifestar: Para así resolver, se dijo, entre otras consideraciones, que es un criterio consolidado que la prescripción puede y debe ser declarada, incluso, de oficio, en cualquier instancia del proceso y por cualquier tribunal, por tratarse de una cuestión de orden público que, como tal, opera de pleno derecho, por el solo 1 "transcurso del tiempo" cfr.
en el orden nacional, entre varios, doctr. C.S.J.N., "Fallos" 305:1236; 311:2205; 313:1224; 323:1785; 324:2778 y, en el ámbito local, P. 50.959, sent. del 17-V-2000; P. 61.271, sent. del 23-VIII-2000; P. 62.689, sent. del 3-X-2001; P. 83.147, set.
del 14-IV-2004, entre muchas otras Que no habiéndose dictado sentencia condenatoria en estos autos, quedan unicamente en pie con efecto interruptivo los actos contemplados en el artículo 67 incisos b, c y d y aún el a del C.P. que se refiere a la comisión de otro delito, resultando este el día 6 de mayo de 2018, por lo que se encuentra cumplido el plazo de prescripción previsto en el art. 62 inc. 2 del Código Penal, conforme surge de la certificación que antecede. Que habiéndose glosado la planilla de antecedentes personales de la Provincia de Buenos Aires y el informe del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal, según las actuaciones respectivamente, con los cuales se acredita la inexistencia de la causal interruptiva contemplada en el inciso a del art.67 del C. Penal conforme a la nueva redacción impuesta por la ley 25.990, es que por lo que deberá declararse la extinción de la acción penal por prescripción y sobreseer al encartado Paoli Alberto Dario por los delitos endilgados en estos obrados. Resuelvo: I Revócase la rebeldía y el orden de comparendo compulsivo del imputado Paoli Alberto Dario. Artículo 307 y cctes. del Ceremonial. II Declarar extinguida la acción penal por prescripción, respecto del encartado Paoli Alberto Dario en la presente causa Nº 07-01-3826-18 Nº interno 6906 que se le sigue en orden de los delitos de amenazas y desobediencia en el contexto de violencia familiar y de género, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 62 del Código de Fondo. Artículos 62 inciso 2do.
y 67 del Código Penal. III Sobreseer al imputado Paoli Alberto Dario, titular de DNI Nº 92.428.835, sin apodos, de estado civil casado, de profesión oficio u ocupación comerciante, de nacionalidad italiana, nacido el 13/06/77 en Italia, siendo su domicilio principal actual en calle Chaco n.º 555, del partido de Ezeiza, hijo de Basilio y de Josefa Mesiano, anotado en Registro Nacional de Reincidencia bajo el Nº 03464188, y en la Sección antecedentes personales del Ministerio de Seguridad provincial bajo el Nº 1529138 de la sección de AP, en virtud de lo resuelto en el acápite I. Artículo 341 del Ceremonial. IV desacumúlese la causa N 07-01-9416-18 n interno 7093 la cual sera reservada en Secretaría casillero de Rebeldía hasta que el imputado comparezca ante esta judicatura o sea habido. V Regístrese, notifíquese a los Representantes del Ministerio Público Fiscal -por su ordeny al imputado mediante edictos los cuales se publicaran en el termino de cinco 5 días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial. Comuníquese a quien corresponda. Fecho, archívese. Fdo: Carlos Gualtieri. Juez. P.D.S Ante mí: Natalia Carril Zicarelli. Auxiliar Letrada Banfield.nov. 2 v. nov. 8
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 18 del Departamento Judicial de La Plata, sito en Avda. 13 e/47 y 48, subsuelo del Palacio de Tribunales de La Plata, Provincia de Bs. As., a cargo de la Dra. Maria Verónica Leglise, Secretaría Única, desempeñada por la suscripta, hace saber que con fecha 11 de octubre de 2022, en los autos "Matos Radulovich Joana Belen s/Quiebra Pequeña", causa N LP-49795-2022, se ha decretado la quiebra de la Sra.
JOANA BELEN MATOS RADULOVICH, DNI 38.360.914, con domicilio en la calle 518 e/146 y 147 Nº 5142 de la Localidad de La Plata. Del mismo modo informa que se ha designado síndico a la Contadora Erica Paola Aragon Szybisty con domicilio en la calle 57 Nro. 632 piso 3 oficina "A" de La Plata, debiendo presentarse los pedidos de verificación de créditos - de optarse en forma presencial - en el domicilio indicado, de lunes a viernes en el horario de 15 a 18 hs. previa concesión de turno el que deberá solicitarse a los teléfonos: 221-4817939/221-508-5328 o bien en el correo electrónico:
consulpyano@hotmail.com y de optarse por la verificación electrónica, se deberá enviar pedido verificatorio de sus créditos, como sus títulos justificativos escaneados y enviados en archivos pdf, al correo electrónico: consulpyano@hotmail.com., en ambos casos hasta el día martes 6 de diciembre de 2022.- Fijándose los días viernes 17 de febrero de 2023 y lunes 03 de abril de 2023 para la presentación por el síndico de los informes individual y general respectivamente.- Se hace saber a la fallida y a los terceros que deberán entregar a la Sindicatura los bienes de la primera. Asimismo, se prohíbe hacer pagos a la quebrada, los que serán ineficaces. La Plata, 28 de octubre de 2022.- María Jimena Prieto Díaz, Secretaria.nov. 2 v. nov. 8
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 18 del Departamento Judicial de La Plata, sito en Avda. 13 e/47 y 48, subsuelo del Palacio de Tribunales de La Plata, Provincia de Bs. As., a cargo de la Dra. Maria
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/11/2022 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha02/11/2022

Nro. de páginas83

Nro. de ediciones3369

Primera edición02/07/2010

Ultima edición06/06/2024

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