Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/07/2022 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 12 de julio de 2022

Tribunal en lo Criminal N 1 del Departamento Judicial Lomas de Zamora; Resuelve: I.- Declarar Extinguida la Accion Penal que se siguiera a Roberto Américo Duarte, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en orden al delito de Robo Calificado, que tramitara en la presente causa n 2801/1 por el hecho que se denunciara como acaecido el día 25 de agosto de 2002 en la localidad de Cláypole, Partido de Almirante Brown, en perjuicio de Graciela Guayanez Artículos 76ter.
y 59 del Código Penal. II.- Sobreseer a Roberto Américo Duarte -de las demás condiciones personales obrantes en autos-, en el marco de los presentes actuados que se registran por Secretaría bajo la causa Nº 2801-1, en virtud de concurrir a su respecto una causal extintiva de la acción penal Art. 341 del C.P.P.. Regístrese y notifíquese. Ejecutoria que sea, practíquense las comunicaciones de rigor, y posteriormente, archívese". Mariel E. Alegre, Juez. Secretaría, 4 de julio de 2022.
jul. 7 v. jul. 13
POR 5 DÍAS - El Señor Juez titular a cargo P.D.S. del Juzgado Correccional N 3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora Dr. Carlos Gualtieri, notifica a MIGUEL ÁNGEL TORRES, en la causa Nº 07-00-71207-17 nº interno 6447 seguida al nombrado en orden al delito de Amenazas, Resistencia a la Autoridad y Lesiones Leves, pde. trámite por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector "f" del Ed.
Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, email: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, de la resolución infra se transcribe field, 4 de julio de 2022. Y Vistos: Esta causa Nº 07-00-71207-17 nº interno 6447 del registro de este Juzgado y Nº 656/2018 del registro de la Secretaría de Gestión de la Excelentísima Cámara de Apelación de Garantías Departamental, caratulada: "Torres Miguel Ángel s/Lesiones Leves, Amenazas y Resistencia a la Autoridad" y Considerando: Que la causa de referencia se trata un hecho de Lesiones Leves, Amenazas y Resistencia a la Autoridad presuntamente ocurrido el día 4 de noviembre de 2017 en Lomas de Zamora; y la misma llega a esta sede y es radicada con fecha 20/2/2018 fs. 75, ordenándose la citación a juicio conforme lo dispone el Artículo 338 del Ceremonial. Que a fs. 206 se declaró la rebeldía del imputado y se expidió orden de comparendo compulsivo con fecha 11/2/2020. Que con fecha 30 de junio de 2022 el Sr. Fiscal de Juicio interviniente, Dr.
Jorge Bettini Sansoni, solicitó la prescripción de la acción penal y el correspondiente sobreseimiento del imputado de marras atento lo normado por el Artículo 341 del C.P.P. visto los informes actualizados recibidos en fecha 13 y 14 de junio del año en curso. Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, cabe renovar el tratamiento de la cuestión al amparo de la Ley 25.990. En tal sentido se ha expedido, con fecha 4 de agosto de 2009, la Sala III del Excmo. Tribunal de Casación Penal Provincial, en causa n 5.429 caratulada "O.L.A. s/Recurso de Casación", mediante el voto de los Dres.
Borinsky, Violini y Carral, al manifestar: Para así resolver, se dijo, entre otras consideraciones, que es un criterio consolidado que la prescripción puede y debe ser declarada, incluso, de oficio, en cualquier instancia del proceso y por cualquier tribunal, por tratarse de una cuestión de orden público que, como tal, opera de pleno derecho, por el solo "transcurso del tiempo" cfr. en el orden nacional, entre varios, doctr. C.S.J.N., "Fallos" 305:1236; 311:2205; 313:1224;
323:1785; 324:2778 y, en el ámbito local, P. 50.959, sent. del 17-V-2000; P. 61.271, sent. del 23-VIII-2000; P. 62.689, sent.
del 3-X-2001; P. 83.147, set. del 14-IV-2004, entre muchas otras". Que no habiéndose dictado sentencia condenatoria en estos autos, quedan únicamente en pie con efecto interruptivo los actos contemplados en el Artículo 67 incisos b, c y d y aún el a del C.P. que se refiere a la comisión de otro delito, resultando que los tres primeros fueron realizados entre el día 4
de noviembre de 2017 fs. 19 y la radicación de fecha 20 de febrero de 2018 fs. 75, por lo que se encuentra cumplido el plazo de prescripción previsto en el Art. 62 inc. 2 del Código Penal, conforme surge de la certificación que antecede. Que habiéndose glosado la planilla de antecedentes personales de la Provincia de Buenos Aires y el informe del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal, según las actuaciones recibidas en fecha 13 y 14 de junio del año en curso respectivamente, con los cuales se acredita la inexistencia de la causal interruptiva contemplada en el inciso a del Art. 67
del C. Penal conforme a la redacción impuesta por la ley 25.990. Asimismo y atento lo expuesto deberá revocarse la rebeldía y orden de comparendo compulsivo que pesa sobre el nombrado ya que mantener la misma implicaría un perjuicio a la libertad ambulatoria del nombrado respecto de quien, el proceso conforme lo he puesto de manifiesto ha concluido, no teniendo ningún sentido utilizar este medio tan solo para notificarlo de dicho resolutorio. En razón de ello es mi criterio librar edictos a fin de notificar al encartado Torres la presente resolución, en base a lo expuesto es que: Resuelvo: I.- Revocar la Rebeldía y Orden de Comparendo Compulsivo del imputado Miguel Ángel Torres. Artículo 307 y cctes. del Ceremonial. II.- Declarar la Extinción de la Acción Penal por Prescripción de la presente causa Nº 07-00-71207-17 nº interno 6447 respecto a Torres Miguel Ángel a quien se le imputara los delitos de Lesiones Leves, Amenazas y Resistencia a la Autoridad, hecho presuntamente ocurrido el día 4 de noviembre de 2017 en Lomas de Zamora. Artículo 62, 67 y 76ter. del C.P.. III.- Sobreseer al encartado Torres Miguel Angel, titular de DNI Nº 33.060.063, de nacionalidad argentina, soltero, nacido el 19/12/1986 en Lanús, hijo de N.N. y de Mirta Laura Torres, domiciliado en El Plumerillo Nro.
3135 de Lomas de Zamora, anotado en Registro Nacional de Reincidencia bajo el Nº O3238493, y en la Sección antecedentes personales del Ministerio de Seguridad provincial bajo el Nº 1510319 AP., en virtud de lo resuelto en el acápite I. Artículo 341 del Ceremonial. Regístrese, Notifíquese a los Representantes del Ministerio Público en sus respectivos despachos y al imputado mediante edictos los cuales se publicarán en el Boletín Oficial por el tiempo de Ley Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Fecho comuníquese y archívese". Carlos Gualtieri, Juez a cargo P.D.S. Ante mi: Leandro Avecilla, Auxiliar Letrado. Banfield.
jul. 7 v. jul. 13
POR 5 DÍAS - La Señora Juez a titular del Juzgado Correccional N 3 del Departamento Judicial de Lomas De Zamora, Dra. Ana María Tenuta, cita y emplaza a JULIO CÉSAR PAREDES, para que en el término de cinco 5 días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector "f" del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, en la causa Nº 07-02-24054-19 nº interno 7598 seguida al nombrado en orden al delito de Hurto, cuya resolución infra se transcribe: field 1 de Julio de 2022. Y Visto Considerando Resuelvo: 1 Citar a Paredes Julio César por intermedio de edictos, los que se publicarán por el término de 5 días y en la forma establecida en el Artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo efecto líbrese oficio, debiendo presentarse el nombrado dentro de los cinco días de la última publicación, bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia se le declarará su Rebeldía, Art. 303 y siguientes del Código de
SECCIÓN JUDICIAL > página 18

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/07/2022 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha12/07/2022

Nro. de páginas82

Nro. de ediciones3368

Primera edición02/07/2010

Ultima edición15/05/2024

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