Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/06/2022 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 02 de junio de 2022

en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la protección de la víctima En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea intervenir en el expediente. Sin perjuicio de ello, hágasele saber que podrá hacer manifestaciones de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 12:00 hs. al abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1mp@jusbuenosaires.gov.ar, en el mismo plazo de cinco días antes mencionado". Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: del Plata, 23 de mayo de 2022. Autos y vistos: I.- En atención a lo informado respecto de la víctima de autos, notifíquese a la misma a tenor del Art.
129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, haciéndose saber que su silencio será interpretado como falta de voluntad para participar del proceso". Juez de Ejecución Penal.
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POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción Nº 2 de La Plata, tengo el agrado de dirigirme a Ud. en I.P.P. Nº PP-06-00-013661-18/00, caratulada "s/Usurpación de Inmueble", a fin de solicitarle se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo, el auto que a continuación se transcribe: Y Considerando: Que de las constancias obrantes en la presente, surge que no se ha podido dar con el paradero actual de la denunciante de autos resultando imprescindible contar con la misma para la prosecución de la presente. Asimismo, teniendo en consideración que desde la fecha de inicio de los presentes obrados no se han obtenido elementos de prueba que permitan tener por acreditada la materialidad ilícita del hecho investigado, no siendo objetivamente razonable la incorporación de nuevos elementos de cargo, atento el tiempo transcurrido; es que Resuelvo: Archivar la I.P.P. de referencia, en conformidad con lo normado con el Art. 268, cuarto párrafo del C.P.P. Líbrese oficio al Boletín oficial a fin de solicitar el libramiento de edictos por el termino de 5 días a los fines notificar a BELLOMO MARISA EVA, de lo resuelto precedentemente". Fdo. Dra. Betina Lacki. Agente Fiscal Departamento Judicial La Plata. La Plata, 20 de mayo de 2022. Nolla Maria Florencia. Abogado Adscripto a la Suprema Corte de Justicia.
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POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción Nº 2 de La Plata, tengo el agrado de dirigirme a Ud. en I.P.P. Nº PP-06-00-012880-16/00, a fin de solicitarle se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo, el auto que a continuación se transcribe: Y Considerando. Que de las constancias obrantes en la presente, surge que no se ha podido dar con el paradero actual de la denunciante y víctima de autos resultando imprescindible contar con la misma para la prosecución de la presente. Asimismo, teniendo en consideración que desde la fecha de inicio de los presentes obrados no se han obtenido elementos de prueba que permitan tener por acreditada la materialidad ilícita del hecho investigado, no siendo objetivamente razonable la incorporación de nuevos elementos de cargo, atento el tiempo transcurrido; es que Resuelvo: Archivar la I.P.P. de referen Fdo Dra. Betina Lacki. Agente Fiscal Departamento Judicial La Plata.
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POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción Nº 2 de La Plata, tengo el agrado de dirigirme a Ud. en I.P.P. Nº PP-06-00-046650-13/00, caratulada "Rojas Nicolas Alfredo Rene s/Abuso Sexual. Art.119 párr. 1ro", a fin de solicitarle se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo, el auto que a continuación se transcribe: Y Considerando. Que de las constancias obrantes en la presente, surge que no se ha podido dar con el paradero actual de la denunciante y víctima de autos resultando imprescindible contar con la misma para la prosecución de la presente. Asimismo, teniendo en consideración que desde la fecha de inicio de los presentes obrados no se han obtenido elementos de prueba que permitan tener por acreditada la materialidad ilícita del hecho investigado, no siendo objetivamente razonable la incorporación de nuevos elementos de cargo, atento el tiempo transcurrido; es que Resuelvo: Archivar la I.P.P. de referencia, en conformidad con lo normado con el Art. 268, cuarto párrafo del C.P.P. Líbrese oficio al Boletín Oficial a fin de solicitar el libramiento de edictos por el termino de 5 días a los fines notificar a CARLOS ALBERTO GUFFANTI, de lo resuelto precedentemente". Fdo Dra. Betina Lacki. Agente Fiscal Departamento Judicial La Plata.
may. 30 v. jun. 3
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción Nº 2 de La Plata, tengo el agrado de dirigirme a Ud. en I.P.P. Nº PP-06-00-029429-09/00, caratulada "s/Abuso Sexual", a fin de solicitarle se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo, el auto que a continuación se transcribe: "Y Considerando. Que de las constancias obrantes en la presente, surge que no se ha podido dar con el paradero actual de la denunciante y la víctima de autos resultando imprescindible contar con la misma para la prosecución de la presente. Asimismo, teniendo en consideración que desde la fecha de inicio de los presentes obrados no se han obtenido elementos de prueba que permitan tener por acreditada la materialidad ilícita del hecho investigado, no siendo objetivamente razonable la incorporación de nuevos elementos de cargo, atento el tiempo transcurrido; es que Resuelvo: Archivar la I.P.P. de referencia, en conformidad con lo normado con el Art. 268, cuarto párrafo del C.P.P. Líbrese oficio al Boletín oficial a fin de solicitar el libramiento de edictos por el termino de 5 días a los fines notificar a MORINERO ANDREA SOLEDAD, de lo resuelto precedentemente". Fdo Dra. Betina Lacki. Agente Fiscal Departamento Judicial La Plata.
may. 30 v. jun. 3
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2, a cargo de Mariano C. Otero, Secretaría Unica conjuntamente a cargo de Adriana B. Romero y Sergio H. Gambini, del Departamento. Judicial de Zárate-Campana, sito en
SECCIÓN JUDICIAL > página 14

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/06/2022 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha02/06/2022

Nro. de páginas86

Nro. de ediciones3369

Primera edición02/07/2010

Ultima edición06/06/2024

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