Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/11/2021 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 24 de noviembre de 2021

de la Provincia de Buenos Aires, Héctor Granillo Fernandez, Gustavo Herbel. Ed. La Ley, Tomo 1, Pág. 657/658. La resolución recurrida se ha motivado en las siguientes pruebas: denuncia de fs. 02/02 vta., documental de fs. 03/10, acta de inspección ocular de fs. 14vta./15, croquis de fs. 16, placa fotográfica de fs. 16vta., documental de fs. 18/36, y demás constancias de autos. A fs. 2, obra denuncia realizada en febrero de 2020, por el Sr. Castelli Nelson Gabriel, quien señala que su progenitora Alicia Beatriz Vidal de Castelli, era titular del inmueble sito en calle 45 entre 9 y 10, número 947 de Santa Teresita. Que falleció en el año 2011. Que desde entonces, con sus hermanos, se apersonan cada dos o tres meses para repararla. Que en enero de 2020, advierte el cambio de cerraduras y que fue imposible mantener algún tipo de diálogo con las personas que se encuentran habitando el lugar. Que sus vecinos linderos le informaron que la finca se encuentra ocupada desde diciembre de 2019. No conoce a sus ocupantes. Acompaña certificado de defunción de su progenitora y acta de matrimonio de la mencionada con el Sr. Víctor Roberto Castelli. El certificado se encuentra más legible a fs. 64. A
fs. 14/15, obra inspección ocular realizada en el domicilio de calle 45 número 947 de Santa Teresita. A fs. 45/46, obra DNI
del denunciante, en el cual consta como domicilio el de calle 45 número 947 de Santa Teresita. A fs. 48, obra en la causa declaración testimonial del denunciante. Señala en dicha oportunidad que la propiedad se encontraba habitada por su progenitora, la cual falleció el 1 de julio de 2014, quedando su hermana María Candela Castelli hasta mediados del 2016, en que la misma volvió a vivir a Capital. Que desde ese año, su suegro Armando Arnaldo Paramos, va en invierno a realizar el mantenimiento del inmueble y en temporada va la familia. Que el 15 de enero de 2020, su hermana María Candela Castelli, se apersonó en el inmueble a los fines de pasar las vacaciones y al llegar al inmueble el mismo se encontraba con habitantes, que inmediatamente llama al dicente para ver si éste la había alquilado, a lo que el dicente refiere que no y que valla a la casa del suegro del dicente, que éste tenía la llave. Que su hermana y su suegro van al lugar e intentaron ingresar con las llaves, y ninguna de las tres puertas podían abrirse con las llaves, siendo que en la planta alta, en la ventana, se apersona una mujer quien refiere que se vayan, que es su casa Que el dicente se apersonó por última vez en el invierno de 2019, donde no constató ninguna anomalía en el inmueble, Refiere que el mismo estaba en correctas condiciones, que su suegro realizaba el mantenimiento, corte de pasto una vez al mes, impuestos son pagos por internet y los servicios sólo contaba con luz el cual pagaba su hermano Roberto Marcelo Castelli, desde Buenos Aires no teniendo facturas en este momento, Encontró que los ocupantes cambiaron la cerradura, no recordando si el sector de la cerradura estaba dañado A fs. 51/53 obra boleto de compraventa, en el cual figura el comprador Víctor Roberto Castelli, respecto de la vivienda sita en calle 45 entre calles 9 y 10 de Santa Teresita, Circ. IV, Secc K, Mza. 178, Parcela 18, Subparcela 4, firmado el 2 de noviembre de 1990. A fs. 54/58, obra la escritura traslativa de dominio a la Sra.
Alicia Vidal de Castelli, del inmueble en cuestión. A fs. 65, obra escritura de constitución como bien de familia del inmueble.
Consta a fs. 134/135 inspección ocular, en la que se deja constancia que en el inmueble de autos no se observan conexiones clandestinas ni violencias en los accesos del inmueble. Del informe de fs. 137, surge que, a los fines de llevar a cabo la individualización de los ocupantes del inmueble, se dirigen al mismo y es recibido por el ciudadano Torres Remigio Ramón, y la ciudadana Verón Nora Raquel. Los mismos aportan contrato de alquiler y convenio de desocupación locativo, los que obran a fs. 138/139.A fs. 140 obra notificación del Art. 60 a Torres Remigio Ramón y a fs. 141, a Verón Nora Raquel. A fs. 145 y sig. consta nuevamente el título de propiedad del inmueble. A fs. 175/176, presta declaración Roberto Marcelo Castelli, quien señala que el mismo era el encargado del pago de los impuestos de la propiedad, siendo éstos el municipal y ARBA. Que luego la electricidad se dio de baja porque ya no se utilizaba. Que del mantenimiento de la propiedad se encargaban sus hermanos, ya que éstos realizaban viajes más seguido. Que posee comprobante de pago de los impuestos. Acompaña comprobantes a fs. 177/178. A fs. 180/181, declara María Candela Castelli, y describe cómo fue que descubrió que el inmueble se encontraba ocupado. Señala que ese día constató que los ocupantes actuales se encontraban enganchados de la luz y le tomó fotografías al medidor. A fs. 184, declara Arnaldo Armando Paramos, y señala que resulta ser suegro de Gabriel Castelli. Refiere que el dicente viajaba en forma frecuente hacia el domicilio de mención, a los fines de realizar tareas de mantenimiento en la finca, ya que la misma se encontraba desocupada. Que, en el mes de enero del cte. año, no recordando fecha exacta, se dirigió a la vivienda, donde al llegar, notó una de las persianas de la ventana abierta, para luego, al intentar ingresar, notar que en el interior de la finca había personas y que habían cambiado las cerraduras de las puertas. Que luego llamó a la puerta, siendo atendido por medio de la ventana, por una persona de sexo masculino, manifestándole el dicente, sic. qué hacés aca, yo soy el encargado de esta casa, es la casa de mi yerno, recibiendo como respuesta del masculino, sic. no sé, yo tengo contrato, tomátelas, yo alquilo acá A
fs. 191, Nelson Gabriel Castelli, describe los elementos que había dentro de la propiedad. A fs. 193, declara María del Carmen Barreto, quien señala que, sabe que la casa es de Alicia, que falleció hace varios años, y que la gente que está dentro de la casa de calle 45 número 947, entre las calles 9 y 10 de este medio, hace un año que están, pero no sabe cuándo y cómo entraron. Que le preguntó a una persona de sexo masculino, que no sabe cómo se llama, si había alquilado y le dijo que sí. Al pasar varios días, vió que el masculino estaba sacando arbustos, plantas y colchones que estaban todos rotos. A fs. 271/274, obra diligencia de allanamiento realizada en fecha 14 de diciembre de 2020, en el domicilio de calle 45
número 947 de Santa Teresita. De la misma surge que, la puerta de aluminio de dos metros de alto por ochenta centímetros de la entrada, posee tres vidrios rotos y dañados. Se constata la presencia en el lugar de Verón Nora Raquel, Torres Remigio Ramón, Verón Jazmín María Eva de 19 años, quien se domiciliaría en calle 20 número 1315 de Las Toninas, Alvarez Ariana Milagros, de 16 años, domiciliada en el lugar, Alvarez Kevin Joel, de 14 años de edad, domiciliado en el lugar, Gonzalez Sofía Franchesca, de 8 años de edad, domiciliada en el lugar, y Verón Guaraz Paula, de ocho meses.
Se secuestran muebles existentes en la orden de allanamiento. Se deja constancia de que la vivienda cuenta con suministro eléctrico y conexión de internet, hallándose en buenas condiciones de conservación, no observándose violencia en ninguna de las aberturas que la misma posee, tanto en su frente como en su parte trasera. A fs. 301, obra informe que da cuenta de que se comisionó personal de la dependencia al domicilio de calle 45 número 947, donde se observa que hay una bajada de cable negro desde el repetidor eléctrico hacia el pilar de luz correspondiente al inmueble, y que se logró observar que, dentro del pilar, no existe colocado el medidor de luz, encontrándose dos cables negros empalmados con cinta aislante, que ingresan y egresan por los conductos dispuestos a tal fin. Se adjuntan placas fotográficas. A fs. 265, el Ministerio Público Fiscal requiere se disponga el reintegro del inmueble, en fecha 15 de diciembre de 2020, el que es otorgado en fecha 1 de marzo de 2021 fs. 210/211. A fs. 222, consta informe de fecha 12 de marzo de 2021, que da cuenta de que personal policial se constituyó en el domicilio de calle 45 número 947 de Santa Teresita, entrevistándose con una vecina del lugar, quien refirió que la finca en cuestión está deshabitada y que es de uso temporal. En atención a ello, a fs. 223, se confirió traslado a la defensa oficial, habida cuenta que los encartados no han sido habidos en el domicilio
SECCIÓN JUDICIAL > página 10

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/11/2021 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha24/11/2021

Nro. de páginas77

Nro. de ediciones3362

Primera edición02/07/2010

Ultima edición07/05/2024

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