Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/05/2021 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 06 de mayo de 2021

solicitar la publicación de edictos con el objeto de notificar al Sr. LUIS MIGUEL OCARANZA, DNI N 94.729.630, que deberá comparecer a Secretaría de este Juzgado de Garantias N 2, sito en calle 8 entre 56 y 57 3er. piso de La Plata, dentro del plazo de tres días de notificado, a efectos de prestar la caución correspondiente en concepto de Contracautela.
Arts. 199, 610 del CPCC.
abr. 30 v. may. 6
POR 5 DÍAS - La Señora Titular del Juzgado en lo Correccional N 1 de Avellaneda - Lanús, Dra. Brenda L. Madrid, notifica a BRAIAN MIGUEL BARRIOS, en causa N 07-04-020006-20/00, Registro de interno N 32 de la Secretaría del Juzgado en lo Correccional N 1 Avellaneda - Lanús, resolución que a continuación se transcribe: llaneda, 1º de marzo de 2021.- En atención al estado de autos, teniendo en cuenta el resultado negativo que han arrojado las actuaciones obrantes a fojas 61/62, y en razón de ignorarse el domicilio del encausado de autos, de conformidad con lo normado por el Artículo 129 del código de Procedimiento Penal.- Se cita y emplaza al encausado Braian Miguel Barrios, por el término de cinco días, a estar a derecho.- Líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días.- A sus efectos, líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental."- Fdo. Brenda L. Madrid, Juez. Ante mi: Mariano A. Albanese.
Auxiliar Letrado.
abr. 30 v. may. 6
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a MIRTA INES NUÑEZ en causa nro. INC-17353-1 seguida a Bravo Silvio Alfredo por el delito de Incidente de Salida Especial la Resolución que a continuación de transcribe: del Plata, 19 de abril de 2021. .. VIII.Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla que conforme dispone la Ley 15.232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II.
Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Publico Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad.
Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los Artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la protección de la víctima - En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea intervenir en el expediente.- Sin perjuicio de ello, hágasele saber que podrá hacer manifestaciones de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 12:00 hs., al abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1-mp@jusbuenosaires.gov.ar, en el mismo plazo de cinco días antes mencionado."- Fdo. Ricardo Perdichizzi, Juez de Ejecución. del Plata, 21 de abril de 2021. -Autos Y
Vistos: Con lo solicitado por el causante por intermedio de su Defensa en el acta que antecede fórmese incidente de salidas excepcionales respecto de Salida Excepcional Art. 23 y ccdtes. Ley 12.256, 25, 498 y cctds. CPP y dispónense las siguientes medidas Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla que tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias; régimen de semilibertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semidetención; libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación.- Requiérasele también que manifieste si desea ser informada acerca de los planteos que se formulen en esos casos, y en tal caso, fije domicilio para su notificación, pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión de no desear ser informada."- Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución.- A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: del Plata, 26 de abril de 2021.- Autos Y Vistos: En atención a lo informado respecto de la víctima de autos, notifíquese a la misma a tenor del Art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, haciéndose saber que su silencio será interpretado como Falta de Voluntad para participar del proceso Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal.
abr. 30 v. may. 6
POR 5 DÍAS - Por disposición del Titular del Juzgado en lo Correccional N 2 de Morón, Dr. Antonio Claudio Mele, en causa J-2701, seguida contra Cristian Adrián Fernandez, por Daño Agravado, se cita y emplaza por el término de cinco días al nombrado CRISTIAN ADRIÁN FERNANDEZ, en atención al auto que reza: rón, 27 de abril de 2021.- Téngase presente la contestación de la vista conferida por el Dr. Pablo Daniel Galarza; en consecuencia líbrese Edicto respecto de Cristian Adrián Fernandez, el que permanecerá exhibido en lugar visible al público en Mesa de Entradas de este Juzgado, por el término de cinco días, a fin de emplazar al imputado a que comparezca a derecho en los presentes obrados, bajo apercibimiento de decretar su Rebeldía. Arts. 129, 303 y ccs. del C.P.P Fdo. Dr. Antonio Claudio Mele, Juez. Secretaría, Morón, 27 de abril del año 2021.
abr. 30 v. may. 6

SECCIÓN JUDICIAL > página 6

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/05/2021 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha06/05/2021

Nro. de páginas54

Nro. de ediciones3369

Primera edición02/07/2010

Ultima edición06/06/2024

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