Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/02/2018 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Miércoles 7 de febrero de 2018

registra los siguientes antecedentes: a IPP 08-00-057479-00 JG 1 Deptal., iniciada el 20/6/2000 en orden al delito de Robo Calificado, Causa 466 del TOC 2 Deptal., en la que se condena al nombrado a la pena de un año de prisión en suspenso. En estas actuaciones estuvo detenido desde el 20/6/2000 al 24/6/2000, unificándose la pena con la impuesta en Causa 2748 del TOC 3 Deptal. b IPP 08-00-160110-04 JG 1, Causa 2748 del Tribunal Criminal 3 Deptal., en la que el causante fuera condenado a la pena de diez meses de prisión en orden al delito de Robo cometido el 9/1/2004, imponiéndosele pena única de un año y ocho meses comprensiva de la pena impuesta en IPP 57479-00. En esta causa el mismo permaneció detenido en forma ininterrumpida desde el día del hecho, fijándose el vencimiento de la pena para el 3/9/2005. c IPP N 08-00-210492-06, carpeta N 26994 del Juzgado de Garantías N 2, Causa 3246 de este Juzgado de Ejecución Penal 1 Deptal., en la que se sanciona a Escandar o Scanda, Carlos Alberto a la pena de un año y ocho meses de prisión de efectivo cumplimiento, con más la declaración de reincidencia con relación a la causa N 2748 del Tribunal Oral en lo Criminal N 3 Departamental, por resultar autor penalmente responsable del delito de Robo Agravado en grado de tentativa por el uso de Arma de Fuego de utilería. En estas actuaciones permaneció detenido en forma ininterrumpida entre el 16/6/06 al 15/8/07 en que se le otorga su libertad asistida, cumpliendo totalmente la pena el 15/2/2008. d IPP 08-00-004106-09, Causa 3285 del Juzgado de Garantías 4 Deptal., en la que el 19/5/2009
se lo condena a la pena de un año y ocho meses de prisión y declaración de reincidencia, en orden al delito de robo calificado cometido el 24/2/2009, que conforme al cómputo de pena practicado se agotaría el 23/1 0/20 10, obteniendo su libertad asistida el 7/2010. e Causa 3730/3761 del Tribunal Oral Nacional en lo Criminal N 4 de C.B.A., en la que el 21/8/2012 se lo condena a la pena de cinco años de prisión por el delito de Robo Calificado por el uso de arma de utilería, declarándoselo reincidente. Es todo cuanto debo informar. Secretaría, 17 de diciembre de 2017. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal. Alejandro Raúl Vincent, Secretario.
C.C. 1.008 / feb. 7 v. feb. 15
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a MAXIMILIANO GOYHENESPE, con último domicilio en Castelli 1385 de Mar del Plata en causa N inc14409-3 seguida a Saleh Piri Nestor Hugo por el delito de Robo Calificado la Resolución que a continuación de transcribe: Mar del Plata, 31 de enero de 2018. Autos y Vistos: Atento el estado de la presente incidencia, toda vez que no se ha podido notificar fehacientemente a la víctima de autos, el Sr. Maximiliano Goyhenespe, del proveído de fecha 22/12/2017, notifíquese a la mismo a tenor del art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Mar del Plata, 22 de diciembre de 2017 Sin perjuicio de ello, ofíciese a la víctima Maximiliano Goyhenespe, con domicilio laboral en calle Castelli 1385 de esta ciudad, que tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias; régimen de semi-libertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semi-detención; libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación, requiérasele también que manifieste si desea ser informada acerca de los planteos que se formulen en esos casos y en tal caso, fije domicilio para su notificación, pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión de no desear ser informada. A tal fin ofíciese a la Jefatura de Policía Deptal. Recibido, pase a despacho. Fdo.
Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal. Alejandro Raúl Vincent, Secretario.
C.C. 1.009 / feb. 7 v. feb. 15
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a NOELIA MABEL LA CANDIA, con último domicilio en calle Thames 4144, Barrio Alfar de Mar del Plata en causa N inc-13232-6, seguida a Martínez Maximiliano por el delito de Robo Calificado, la Resolución que a continuación de transcribe: Mar del Plata, 29 de enero de 2018. Autos y Vistos: Atento el estado de la presente incidencia, toda vez que no se ha podido notificar fehacientemente a la víctima de autos, la Sra. Noelia Mabel La Candia, del proveído de fecha 18/12/2017, notifíquese a la mismo a tenor del art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Mar del Plata, 18 de diciembre de 2017. 1.- En función del estado de autos, córrase vista de los informes producidos a tenor del art. 100 y ccts. Ley 12.256 a Fiscal y Defensa por el plazo de cinco días sucesivos, a fin que dentro de dicho plazo ofrezcan la prueba de la que intenten valerse en la audiencia de resolución oral a realizarse en autos en ampliación o complementación de los dictámenes producidos, haciéndose saber que en todos los casos, quedará a cargo de esa parte la citación de los testigos o peritos que propongan para ser escuchados en la audiencia a llevarse a cabo, como así también toda otra pruebe ofrecida incluso la documental, debiendo la parte requirente librar los oficios pertinente a fin de su producción.
Sin perjuicio de ello, desígnese audiencia para resolver en este incidente, a tenor de lo normado por los arts. 3 y ccts. Ley 12.256
y 105 tercer párrafo y cctes. C.P.P., para el día 6/02/2018 a las 9:30 horas. Ofíciese a la Unidad Penal que aloja al causante a fin de procederse al comparendo del nombrado para el día y horario de audiencia fijados, haciéndose saber que en caso de negarse a comparecer ante estos estrados, deberá recurrirse al auxilio de la fuerza pública, decretándose su comparendo compulsivo, a fin de celebrarse la audiencia prevista en esta incidencia, todo ello de conformidad con lo resuelto con fecha 14/5/2015 por la Sala Primera de la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías en el marco de la causa 26.964 caratulada Salazar Martín Adrián s/
Incidente de Salidas Transitorias en cuanto dispone No está prevista, a nuestro entender, la renuncia, ni expresa ni tácita, del encartado, de la realización de la audiencia oral prevista por ley y su consecuente resolución en esos términos haciéndole saber que en el día de la audiencia deberá acompañarse un gráfico de conducta actualizado, con indicación de las sanciones disciplinarias que hubiera recibido el nombrado y el legajo personal del interno. IIIOfíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla de la audiencia fijada en autos, debiéndosele hacer saber también que tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias; régimen de semi-libertad;
libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semi-detención; libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación. Requiérasele también que manifieste si desea ser informada acerca de los pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión de no desear ser informada. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal. Alejandro Raúl Vincent, Secretario.
C.C. 1.010 / feb. 7 v. feb. 15
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a ESTELLA CLAUDIA ALEJANDRA, con último domicilio en calle 21 N 1502 de Miramar en causa N inc13823-4 seguida a Verginaud Jonathan Nahuel por el delito de Robo Calificado la Resolución que a continuación de transcribe:

SECCIÓN JUDICIAL > página 46

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/02/2018 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha07/02/2018

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones3368

Primera edición02/07/2010

Ultima edición15/05/2024

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