Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/05/2017 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 3960

LA PLATA, MARTES 23 DE MAYO DE 2017

necesario, debiéndose informar periódicamente sobre su evolución y cumplimiento. 7 Someterse al control de la Delegación Pergamino del Patronato del Liberado Bonaerense, donde deberá presentarse dentro de las 48
horas de efectivizada la libertad. llDése inmediata intervención a la Delegación Pergamino del Patronato del Liberado Bonaerense, debiendo dicha Institución arbitrar las medidas a su alcance a los efectos de brindar al penado Scotti y a su familia adecuado acompañamiento tutelar con incorporación a los programas de asistencia con que cuenta dicha institución. - IllOfíciese a la Delegación Pergamino del Patronato del Liberado Bonaerense con testimonio del presente decisorio y comunicándole todas aquellas circunstancias que prevé el Art. 199 de la Ley 12.256, requiriéndole la realización de un control mensual intensivo y exhaustivo de las reglas antes impuestas, informando sobre las tareas desarrolladas hasta el vencimiento de la pena impuesta, que opera el día 16 de noviembre del año 2021, allegando el pertinente informe de cierre. Requiérasele haga saber al liberado las consecuencias de su incumplimiento Art. 15 del Código Penal y Art. 107/108 de la Ley 12.256 y que será esa la Delegación del Patronato del Liberado que intervendrá en su supervisión Art. 515 del CPP. IVNotifíquese a las partes y al penado, quien recuperará la libertad desde la UP.
Nº 16 de Junín, previo los trámites administrativos pertinentes -Art. 110 de la Ley 12.256. A tal fin, líbrese oficio a la Unidad Penal Nº 16 a los fines de notificar al Director de la misma lo resuelto y efectivizarse el instituto en cuestión, previa certificación de que no pesen sobre Scotti pedidos de captura ni detención vigentes, en cuyo caso no deberá efectivizarse el egreso del mismo de la institución, comunicándose inmediatamente lo sucedido a este Juzgado y al órgano judicial que requiriera su captura, así como labrarse las actas de estilo Conf. Art 198 Ley 12256-. VRegístrese, notifíquese y ofíciese. Proveo por disposición Superior Fdo: Dra. Claudia Beatriz Dana, Jueza". La presente comunicación se cursa de acuerdo a lo normado en el art. 220 de la Ley Nacional N 24.660. Junín, 29 de septiembre de 2016. Silvio Mario Galdeano, Secretario.
C.C. 6.015


POR 1 DÍA - Por disposición de la Señora Jueza, Dra.
Claudia Beatriz Dana, a cargo del Juzgado de Ejecución Nº 1 del Departamento Judicial Junín con competencia en el Departamento Judicial de Pergamino, por Disposición Superior, Secretaría a mi cargo, en el marco de la Causa Nº JN-11577-2016 caratulada: "GARCÍA JOSÉ ALBERTO
s/ Pena a cumplir "a los efectos de poner, en su conocimiento que en la causa en que me dirijo, con fecha 29 de agosto del año 2016 el Exemo. Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 Departamental ha dictado sentencia contra García José Alberto cuyos datos personales son: argentino, nacido en 18/02/1994, en Nogoya Entre Ríos, hijo de José Alberto Garcí y de Paola Romero, con DNI. Nº 37.567.443;
Condenándolo a la pena de 6 años meses de prisión, de efectivo cumplimiento por los delitos de Hurto y Portación de Arma de fuego de uso civil en concurso real. Vence la pena impuesta de acuerdo al cómputo efectuado por el órgano de origen, el día 26 de marzo del año 2022. La presente comunicación se cursa de acuerdo a lo normado en el Art. 507 del Código de Procedimiento Penal, publíquese la misma en el Boletín Oficial. Dr. Martín Miguel Bevilacqua, Secretario. Junín, 28 de septiembre de 2016.
C.C. 6.016
POR 1 DÍA - por disposición de la Señora Jueza, Dra.
Claudia B. Dana, a cargo por disposición superior del Juzgado de Ejecución Penal Nº 1 del Dpto. Judicial de Junín con competencia en el Dpto. Judicial de Pergamino, Secretaría a mi cargo, en el marco de la causa Nº JI019652-2014, caratulada "LARA JORGE JAVIER s/ Incidente de libertad condicional -J-", a los fines de hacerle saber que se le ha otorgado la Libertad Condicional a Lara Jorge Javier, cuyos datos personales son: D.N.I. Nº 37.672.291, de nacionalidad argentina, habiendo nacido en Los Toldos el 25 de septiembre de 1991, siendo hijo de Marcelo Claudio Lara y Alejandra Corono Venciendo la pena de 4
años y 3 meses de prisión a cumplir oportunamente impuesta, de acuerdo al cómputo efectuado y firme, el día 25/04/2017. El auto que ordena el presente oficio dice:
Junín, 22 de septiembre de 2016. Por recibo. Habiéndose efectivizado la libertad del penado Lara Jorge Javier en virtud del instituto de la Libertad Condicional que le fuera oportunamente concedido por la Alzada, y habiéndose acompañado a fs. 63 el Acta de Libertad pertinente, cúmplase con las Leyes 22.117 Art. 2 Inc. J, y Ley 4.474.
Ofíciese a tal fin. A fin de dar cumplimiento a lo normado
BOLETÍN OFICIAL

en el arto 220 de la Ley de Ejecución Nº 24.660: Ofíciese al Boletín Oficial para su publicación, y comuníquese al Registro Nacional de las Personas. Atento el estado de autos, atraíllese el presente a la causa principal Nº 9652.
Proveo por disposición superior. Fdo. Dra. Claudia B.
Dana - Jueza". La presente comunicación se cursa de acuerdo a lo normado en el art. 220 de la Ley Nacional N
24.660. Junín, 22 de septiembre de 2016. Dr. Martín Miguel Bevilacqua, Secretario.
C.C. 6.017


POR 1 DÍA - Por disposición de la Señora Jueza, Dra.
Claudia Beatriz Dana, a cargo del Juzgado de Ejecución Penal Nº 1 del Departamento Judicial Junín por disposición superior, en la causa Nº PE-11575-2016 caratulada "ALUSTIZA, CARLOS ANDRÉS s/ Pena a cumplir -Pc.
1178/2015 T.O.C. Nº 1 Dtal. Perg, IPP Nº 6157/15 UFIJ 5"
a los efectos de poner en su conocimiento que en la causa en que me dirijo, con fecha 15/7/2016 el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 del Depto. Judicial de Pergamino ha dictado sentencia contra Carlos Andrés Alustiza, cuyos datos personales son: argentino, alias Ganso, titular del DNI
28.130.384, nacido el 16/8/1980 en Pergamino, soltero, hijo de Héctor Carlos Alustiza y de Casimira Urbana Zapata; condenándolo a la pena de 4 años de prisión, accesorias legales y costas por la comisión del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en los términos del Art. 5 Inc. c de la Ley 23.737; venciendo la pena impuesta de acuerdo al cómputo efectuado por el órgano de origen, el día 11/9/2019. La presente comunicación se cursa de acuerdo a lo normado en el Art. 507
del Código de Procedimiento Penal, publíquese la misma en el Boletín Oficial. Junín, 23 de septiembre de 2016.
Silvio Mario Galdeano, Secretario.
C.C. 6.018
POR 1 DÍA - Por disposición de la Sra. Jueza, Dra.
Claudia Beatriz Dana, a cargo del Juzgado de Ejecución Penal Nº 1 del Depto. Judicial de Junín por disposición superior, Secretaría a mi cargo, en causa Nº PI02-111522016 caratulada "GATTI JONATHAN JAVIER s/ Incidente de libertad asistida", a los fines de hacerle saber que se le ha otorgado la Libertad Asistida a Gatti Jonathan Javier, cuyos datos personales son: argentino, nacido ello de julio de 1987, hijo de Osvaldo Pedro Gatti y de Sandra Inés Arias, DNI Nº 33.412.767; venciendo la pena de 4 años y 6 meses, el día 4 de marzo del año 2.018. El auto que ordena el presente oficio dice: "Junín, 20 de septiembre de 2016. Atento el estado de autos, habiéndose efectivizado la libertad del penado Jonathan Javier Gatti en virtud del instituto de la Libertad Asistida que le fuera oportunamente concedida desde esta sede y habiéndose acompañado a fs. 75/76 el Acta de Libertad pertinente; cúmplase con las Leyes 22117 Art. 2 Inc. J, y Ley 4474.
Ofíciese a tal fin: A fin de das cumplimiento a lo normado en el Art. 220 de la Ley de Ejecución Nº 24.660: Junín, 20
de septiembre de 2016. Silvio Mario Galoeano, Secretario.
C.C. 6.019
POR 1 DÍA - Por disposición de la Señora Jueza, Dra.
Claudia Beatriz Dana, a cargo del Juzgado de Ejecución Nº 1 del Departamento Judicial Junín con competencia en el Departamento Judicial de Pergamino, por Disposición Superior, Secretaría a mi cargo, en el marco de la causa JN-11619-2016 caratulada "MONZÓN AXEL LEONEL s/
Pena a cumplir C-51/2014 T.O.C. Nº 1 Junín / IPP Nº 0400-000730-13 UFlyJ RPJ" a los efectos de poner en su conocimiento que en la causa en que me dirijo, con fecha 23 de agosto del corriente año 2016 el Excmo. Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 Departamental ha dictado sentencia que se tuvo por firme el 21 de septiembre de 2016, contra Axel Leonel Ezequiel Monzón, cuyos datos personales son: argentino, nacido en 2 de enero de 1995 en la Capital Federal de la República, Argentina, hijo de Juan Adolfo Monzón y de Marta Rosa Becerro, con DNI Nº 38.997.104; Condenándolo a la pena única de tres 3
años y siete 7 meses de prisión, Inhabilitación absoluta por el mismo término de la condena y costas. La que resulta comprensiva de la pena de 3 años y 6 meses de prisión dictada en esa, en virtud de resultar autor penalmente responsable de los delitos de Incendio con peligro común para los bienes en grado de tentativa causa Nº 51/2014, Robo Calificado por vehículo dejado en la vía pública causa Nº 323/2015 y Hurto agravado por vehículo dejado en la vía pública causa Nº 487/2016, por hechos ocurridos el día 30/01/2013 y 30/11/2013 en la ciudad de Junín y el 22/04/2016 en la localidad de
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Chacabuco Arts. 12, 29 Inc. 3º, 163 Inc. 6, 167 Inc. 4º en relación al Art. 163 Inc. 6, 186 Inc. 1º y 42 del Código Penal, y Arts. 395 y sgtes. del Código de Procedimiento Penal; y de la anterior pena de un 1 mes de prisión de ejecución condicional impuesta en causa Nº 256/2015
IPP Nº 04-00-000605-15 del Juzgado Correccional Nº 2
Departamental, por el delito de Encubrimiento por receptación culposa, en !os términos del artículo 277 Inc. 2 del Código Penal, por hecho acaecido el día 25/01/2015 en esta ciudad, cuya condicionalidad ha sido revocada Arts.
55, 58,27 y 12 del Código Penal, y Art. 18 del C.P.P.
Vence la pena impuesta de acuerdo al cómputo efectuado por el órgano de origen, el día 03 de Junio del año 2019. La presente comunicación se cursa de acuerdo a lo normado en el Art. 507 del Código de Procedimiento Penal, publíquese la misma en el Boletín Oficial. Dr. Martín Miguel Bevilacqua, Secretario. Junín, 19 de octubre de 2016.
C.C. 6.020


POR 1 DÍA - Por Disposición de la Sra. Juez, Dra.
Claudia Beatriz Dana, a cargo del Juzgado de Ejecución Penal N 1 Dtal. Junín por disposición superior, Secretaría a mi cargo, en la Causa N PE-11907-2017 caratulada:
"Navarro Juan Antonio s/ Pena a Cumplir c. 320/2016 y agrego 444/2010, IPP 3726/15 y 1061/10 del TOC N 1
Dtal. Perg." a los efectos de poner en su conocimiento que en la causa en que me dirijo, con fecha 26/12/2016 el Tribunal Oral en lo Criminal N 1 del Depto. Judicial de Pergamino ha dictado sentencia contra JUAN ANTONIO
NAVARRO, cuyos datos personales son: argentino, nacido en Pergamino el 9/8/1990, DNI 34.991.310, hijo de Fabián Raúl Navarro y de Silvia Verónica Rimoldi; condenándolo a la pena única de 7 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivos, por la comisión de los delitos de robo agravado por el empleo de arma de fuego y robo agravado por escalamiento en concurso real; venciendo la pena única impuesta de acuerdo al cómputo efectuado por el órgano de origen, el día 21/12/2017. La presente comunicación se cursa de acuerdo a lo normado en el Art.
507 del Código de Procedimiento Penal, publíquese la misma en el Boletín Oficial. Junín, 6 de abril de 2017.
Martín M. Bevilacqua, Secretario.
C.C. 6.077
POR 1 DÍA - Por disposición de la Señora Juez, Dra.
Claudia Beatriz Dana, a cargo del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Junín por disposición superior, Secretaría a mi cargo, en la Causa N JI0211122-2016 caratulada "Rosset Federico Martín s/
Incidente de Libertad Asistida", a los fines de hacerle saber que con fecha 10 del corriente mes y año se le ha otorgado la libertad asistida a ROSSET FEDERICO
MARTÍN, cuyos datos personales son: argentino, nacido el 26 de febrero de 1994 en Rojas, hijo de Rubén Ángel Rosset y de Adriana Beatriz Rodríguez, DNI N
37.980.233; venciendo la pena única de 3 años y 9 meses de prisión de efectivo cumplimiento, el día 9 de julio del año 2017. El auto que ordena el libramiento del presente dispone: "Junín, 25 de abril de 2017. Atento el estado de autos, habiendo devenido firme la resolución de fs.
28/29vta., atraíllese a la Causa Principal NJN-111222016. Asimismo, habiéndose efectivizado la libertad del penado Rosset Federico en virtud del instituto de la Libertad Asistida que le fuera oportunamente concedido desde esta sede y habiéndose acompañado a fs. 31 vta.
el Acta de Libertad pertinente, cúmplase con las Leyes 22.117 Art. 2 inc. J, y Ley 4.474. Ofíciese a tal fin. Proveo por disposición superior. Fdo.: Dra. Claudia B. Dana.
Juez". La presente comunicación se cursa de acuerdo a lo normado en el art. 220 de la Ley Nacional N 24.660.
Junín, 25 de abril de 2017. Martín M. Bevilacqua, Secretario.
C.C. 6.078
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N 1 de Saladillo, en IPP N 06-01-000419-16/00, caratulada "S/Hurto -Art. 162 en Tentativa - Bazán Marcos Matías;
lIIescas Axel Javier; Quintana Rodrigo Marcelo - Jertok José Antonio Dte. - Lobos", a fin de solicitar la publicación de edictos con el objeto de citar al señor BAZÁN
MARCOS MATÍAS, DNI 40.078.801, para que comparezca, en el término de cinco días, a la sede de la Unidad Funcional de Instrucción de Saladillo, sita en calle Álvarez de Toledo N 2903 de la Ciudad de Saladillo, con el objeto de estar a derecho, aportando su domicilio real. La

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/05/2017 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha23/05/2017

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones3368

Primera edición02/07/2010

Ultima edición15/05/2024

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