Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/09/2015 - Sección Judicial

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 7472

LA PLATA, LUNES 7 DE SEPTIEMBRE DE 2015

4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3-lzbuenosaires.gov.ar, en la causa N 07-00-43171-09 n interno 3656 seguida al nombrado en orden al delito de Amenazas Calificada, cuya resolución infra se transcribe: Banfield, 26 de febrero de 2015. Autos y Vistos: Para resolver en la presente causa N 07-00-43171-09 n interno 3656 seguida a Corrao, Ernesto Fabio por el delito de Amenazas Agravadas por el Empleo de Armas. Y Considerando: Que habiendo transcurrido el término por el cual se concediera el Instituto de Suspensión del Juicio a Prueba y, no habiéndose informado incumplimiento alguno de las obligaciones oportunamente impuestas por quien tenía el control de las mismas, en conformidad con el dictamen expresado por el Sr. Fiscal de Juicio interviniente, es que corresponde declarar la extinción de la acción penal art.
76ter. del C.P.. Por todo lo expuesto es que, Resuelvo: I.Declarar la extinción de la acción penal de la presente causa N 07-00-43171-09 n interno 3656 respecto a Corrao Carriego, Ernesto Fabio a quien se le imputara el delito de Amenazas Agravadas por el empleo de armas, hecho presuntamente ocurrido el día 22 de julio de 2009
en el partido de Lanús Artículo 76 ter del C.P.. II.Sobreseer al encartado Ernesto Fabio Corrao Carriego, titular de DNI N 21.738.841, de nacionalidad argentina, soltero, nacido el día 17 de octubre de 1970, en el Partido de Lanús, comerciante, hijo de Corrao Ernesto y de Carriego Noemí, domiciliado en calle Pilcomayo N 3431, Lanús, anotado en Registro Nacional de Reincidencia bajo el N U1667080 y en la Sección antecedentes personales del Ministerio de Seguridad provincial bajo el N
718184AP, en virtud de lo resuelto en el acápite I.Artículo 341 del Ceremonial. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese. Fdo. Ana María Tenuta, Juez. Ante mí:
Marcela Di Marco, Auxiliar Letrada. Otro Decreto:
Banfield, 14 de agosto de 2015. Teniendo en cuenta lo manifestado por el Sr. Defensor Oficial a fs. 123, notifíquese a Corrao Carriego Ernesto Fabio de la resolución obrante a fs. 118/vta. mediante la publicación de edictos Art. 129 primer párrafo C.P.P.B.A, los que se publicarán por el término de cinco 5 días en la mesa de entradas del Juzgado considerando la inmediatez de los plazos establecidos en la Ley 13.811. Fdo. Ana María Tenuta, Juez.
Ante mí: Graciela Lamperti, Auxiliar Letrada. Secretaría, Banfield,14 de agosto de 2015.
C.C. 10.378 / sep. 4 v. sep. 10


POR 5 DÍAS - Por disposición del Sr. Titular del Juzgado Correccional N 6 del Departamento Judicial Lomas de Zamora sito en calle Larroque y Camino Negro, Banfield, Provincia de Bs. As. 4 piso, sector D, Dr.
Manuel Barreiro, en causa N 812.025 R.I. N 3020 caratulada Acosta Villagra Isaura Alejandra s/ Amenazas en concurso real con Lesiones Leves. El Señor Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional N 6 del Departamento Judicial Lomas de Zamora Dr. Manuel Barreiro notifica por este medio a ACOSTA ISAURA ALEJANDRA, poseedora del DNI N 29.461.886, nacida el 14 de setiembre de 1981
en San Francisco Solano, hija de Acosta Magno Alberto y de Dora Nélida Villagra, la resolución dictada en la causa de marras, la que se transcribe a continuación: Lomas de Zamora, 7 de julio de 2015. Resuelve: ISobreseer totalmente a Acosta Villagra Isaura Alejandra, de las demás circunstancias personales de autos, por hallarse extinguida la acción penal en la presente causa que le fuera seguida por el hecho traído a conocimiento del Infrascripto y calificado como Amenazas en concurso real con Lesiones Leves, el que tuviera lugar en fecha 11
de noviembre de 2007, en la localidad de Sarandí Partido de Avellaneda, en perjuicio de Cecilia Luján Orue.
Artículos 168 y 171 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, 45, 76 ter. párrafo cuarto, 89 y 149 bis Código Penal y 210, 321 y 323 inc. 1 del Código Procesal Penal. II.- Fijar en la suma de ciento cuarenta y tres pesos $ 143 la tasa de justicia de la presente causa, la que deberá ser soportada por el encartado en autos.-Artículos 530, 531 y 533 del Código de Procedimiento Penal y 83
párrafo primero de la Ley Impositiva 14653. IIIRegístrese y notifíquese a la Sra. Fiscal de Juicio, a la Sra. Defensor Oficial y a la imputada de autos. VCúmplase con las comunicaciones de ley y fecho, archívese. Ante mí: Fdo.
Manuel Barreiro Juez Correccional. Para mayor recauda se transcribe la Resolución que así lo ordena: Lomas de Zamora, 21 de agosto de 2015. En atención al estado de autos notifíquese a la encartada, Acosta Villagra lsaura Alejandra el auto de fs. 368/369 por medio de edictos por
BOLETÍN OFICIAL

el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el Art. 129 del C.P.P. A
dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental. Fdo. Manuel Barreiro, Juez Correccional. Luciano Barilá, Auxiliar Letrado.
C.C. 10.379 / sep. 4 v. sep. 10


POR 5 DÍAS - La Sra. Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional N 8 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Nora Alicia Martini, cita y emplaza a MONZÓN DORA DAIANA, cuyos datos filiatorios resultan ser: argentina, DNI 37.022.519, hija de Liliana González, y de Rubén Monzón, último domicilio sito en la calle Vieytes N 1200 de la Localidad de Dock Sud, del Partido de Avellaneda, para que en el término de cinco 5 días, comparezca la nombrada a estar a derecho en la causa 07-0213325-10, causa Registro Interno N 1428, seguida a Monzón Dora Daiana, en orden al delito de Suministro de Estupefacientes para Consumo Personal a título gratuito agravado por cometerse en lugar de detención cuya resolución se transcribe: Lomas de Zamora, 14 de agosto de 2015. Ténganse presente la renuncia presentada por el Dr. Pablo Gabriel De Fazio y lo informado a fs. 152 por la Cámara Nacional Electoral, y cítese al incuso, Monzón Dora Daiana por medio de edictos ante el Boletín Oficial, con el objeto de hacerle saber que se deberá presentar ante estos Estrados, dentro del quinto día a la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. A tal fin líbrense oficio de estilo. Fdo. Dra. Nora Alicia Martini, Juez en lo Correccional. Viviana L. Gardenal, Auxiliar Letrada.
C.C. 10.380 / sep. 4 v. sep. 10
POR 5 DÍAS - El Juzgado Correccional N 2, a cargo de la Dra. Gloria Aboud, Secretaría Única a cargo de la Dra. Marcela V. Fernández, del Departamento Judicial de Pergamino, sito en calle Pinto 1251 de Pergamino, en los autos Villarreal Ojeda José Gastón, Borderi Adrián s/
Robo, Expte. N: PE-537 -2015, notifica por este medio a JOSÉ GASTÓN VILLARREAL, DNI 29.068.441, la resolución que dice: Pergamino, 24 de agosto de 2015. Atento a lo informado, notifíquese por edictos al imputado José Gastón Villarreal, para que dentro del plazo de cinco días se presente en la sede de este Juzgado a constituir nuevo domicilio, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde Arts. 303 y ccs. del C.P.P Notifíquese. Fdo. Dra. Gloria Aboud, Jueza. Marcela V. Fernández, Secretaria.
C.C. 10.381 / sep. 4 v. sep. 10
POR 5 DÍAS - El Juzgado Correccional N 2, a cargo de la Dra. Gloria Aboud, Secretaría Única a cargo de la Dra. Marcela V. Fernández, del Departamento Judicial de Pergamino, sito en calle Pinto 1251 de Pergamino, en los autos Montiel, Mario Pascual s/ Hurto Art. 162 C.P..
Pergamino, Expte. N: 515-2015, notifica por este medio a MARIO PASCUAL MONTIEL, DNI 16.793.613, la resolución que dice: Pergamino, 24 de agosto de 2015. Atento a lo informado, notifíquese por edictos al imputado Mario Pascual Montiel, para que dentro del plazo de cinco días se presente en la sede de este Juzgado a constituir nuevo domicilio, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde Arts. 303 y ccs. del C.P.P Notifíquese. Fdo. Dra. Gloria Aboud, Jueza. Marcela V. Fernández, Secretaria.
C.C. 10.382 / sep. 4 v. sep. 10
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías N 2 del Departamento Judicial Necochea, notifica por este medio al Sr. EMMANUEL ALBERTO VIDOSEVICH ARGUELLO, en I.P.P. N 581-15 caratulada: Vidosevich Arauello, Emmanuel Alberto s/ Hurto en ttva. Dte.: Paul Jeremías Emanuel por el término de cinco días de acuerdo a Io prescripto en el Art. 129 del C.P.P. A continuación, se transcribe la parte dispositiva de la siguiente resolución:
Necochea, 11 de junio de 2015. Autos Y Vistos Y
Considerando Resuelvo: I Hacer lugar al Sobreseimiento de Emmanuel Alberto Vidosevich Arguello, de nacionalidad argentina, soltero, instruido, desocupado, nacido en Ushuaia, Tierra del Fuego, el día 21 de julio de 1992, de 22 años de edad, Documento Nacional de Identidad N 36.734.301, hijo de Andrés Alberto y de Liliana Del Valle Arguello, con domicilio actual en calle 67 N 3955 de la Ciudad de Necochea, abonado celular N 0223 1563-60460, por el delito de Hurto en
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

grado de tentativa, previsto y sancionado por los Arts. 162
y 42, ambos del Código Penal, hecho ocurrido con fecha 01/02/2015, en la ciudad de Necochea, y del cual resultó denunciante Jeremías Emanuel Paul; por encuadrar la cuestión en tratamiento en las previsiones, de los Arts. 56
bis y 323 inc. 7 del C.P.P. II Regístrese. Notifíquese.
Comuníquese. Fdo. Dra. Aída Lhez, Juez de Garantías.
Ante mí: Dr. Gustavo J. Muñoz Calero, Secretario.
Necochea, 13 de agosto de 2015.
C.C. 10.386 / sep. 4 v. sep. 10


POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías N 2 del Departamento Judicial Necochea, notifica por este medio al Sr. ANDREW WILDOM HODGSON, en I.P.P. N
6357/14 caratulada: Hodgson Andrew Wildom s/
Infracción Ley N 13.944 Incumplimiento deberes de Asistencia Familiar. Dte.: Herrera, Claudia Rosana por el término de cinco días, de acuerdo a lo prescripto en el Art.
129 del C.P.P. A continuación, se transcribe la parte dispositiva de la siguiente resolución: Necochea, 21 de julio de 2015. Y Visto Y Considerando Resuelvo: No hacer lugar al planteo de incompetencia de la Justicia Provincial para entender en las presentes actuaciones, de conformidad con los fundamentos expuestos Art. 116 de la Constitución Nacional, Art. 2 de la Ley 48, Arts. 23, 36, 43
y cc. del C.P.P.. Regístrese. Notifíquese. Fdo. Dr. José Guillermo Llugdar, Juez de Garantías. P.D.S. Necochea, 10 de agosto de 2015. María Vanesa Naranjo, Auxiliar Letrada.
C.C. 10.388 / sep. 4 v. sep. 10
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 a cargo del Dr. Martín Ordoqui Trigo, Secretaría Única, a cargo del Dr. Néstor Eduardo Gallina, del Departamento Judicial Necochea, sito en calle 60 Nº 3081, CP 7630, en autos caratulados Romero Jorge Daniel s/ Quiebra Pequeña Expte. Nº 39472
comunica que con fecha 04/09/2012 se decretó la Quiebra del Sr. JORGE DANIEL ROMERO, DNl 22.890.249, con domicilio real en calle 91 Nº 1696 de la ciudad de Necochea. Síndico designado CPN Jorge Rafael Laghezza, con domicilio constituido en calle 66 Nº 3016 de Necochea, Partido del mismo nombre, teléfono 02262-422797, mail: estudiolaghezza@speedy.com.ar ante quien y donde los acreedores deberán presentar sus títulos justificativos y pedidos de verificación de sus créditos, hasta el día 30/09/2015 de martes a viernes de 10 a 13 hs. El vencimiento para la presentación del Informe Individual es el día 17/11/2015 y para la presentación del Informe General el día 22/12/2015. Ordenar al fallido y a terceros que posean bienes del fallido, para que los entreguen al Síndico. Prohibir a los terceros hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de que sean declarados ineficaces. Así mismo, se pone en conocimiento que el arancel por cada solicitud de verificación se ha fijado en un 1 Jus previsional, equivalente a partir del mes de agosto de 2015 a $ 397 y que el mismo no deberá abonarse si el crédito es de causa laboral y menor de $ 1.000. Dr. Martín Ordoqui Trigo, Juez. Necochea, 18 de agosto de 2015.
Néstor E. Gallina, Secretario.
C.C. 10.391 / sep. 4 v. sep. 10
POR 2 DÍAS El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaría Única, del Departamento Judicial Necochea, comunica que en autos caratulados CLÍNICA PRIVADA ATLÁNTICA S.R.L. s/ Quiebra Pequeña Expte. Nº 9582, se ha dictado la siguiente resolución: Necochea, 8 de julio de 2015. Autos y Vistos:
Agréguese. Téngase por presentado el proyecto de distribución e Informe final de conformidad con lo normado en el art. 218 de la Ley Concursal. Atento el estado de autos, de conformidad con lo dispuesto en los art. 265 inc. 4º y sgtes. de la Ley 24.522, corresponde proceder a regular los honorarios a los profesionales intervinientes, lo que se efectúa de la siguiente manera: a la Sindicatura, ejercida por los Contadores Públicos Abel Oscar Laghezza y Armando Antonelli, en la suma de pesos cuarenta mil $
40.000 y pesos siete mil quinientos $ 7.500, respectivamente; con más 10% de aportes previstos por las Leyes 10.620 y 13.948; al Dr. Juan Pedro Valdés, como letrado patrocinante de la Sindicatura, al Dr. Raúl Alfredo Hijano, como letrado apoderado de la fallida y al Not. Leopoldo Bernard, como inventariador en la suma de pesos diez mil $ 10.000, pesos catorce mil, $ 14.000 y pesos seis mil

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/09/2015 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha07/09/2015

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones3369

Primera edición02/07/2010

Ultima edición06/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Septiembre 2015>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930