Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 31/07/2013 - Sección Judicial

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 6654

LA PLATA, MIÉRCOLES 31 DE JULIO DE 2013

POR 5 DÍAS - Lomas de Zamora, 8 de julio de 2013.
Atento el estado de las presentes actuaciones, dispóngase la citación por edictos de la encausada SANGUINETI, GLORIA NOEMÍ o MARÍA AVELLANEDA o MAYRA MICAELA CRUZ o VIVIANA ALEJANDRA CRUZ o CLAUDIA
SANDRA DÍAZ o MARÍA NOEMÍ GONZÁLEZ o MARÍA DEL CARMEN MARRA o ROXANA EVANGELINA MESA o ÉLIDA ROSALES o GLORIA NOEMÍ SANGUINETTI o LORENA ELIZABETH TROTTA o LORENA ELIZABETH
TROTTA o MARÍA LAURA TROTTA, debiéndose publicar los mismos en el Boletín Oficial y por el término establecido en el Artículo 129 del Ritual, haciéndose saber que este Juzgado a mi cargo, la cita y emplaza, a fin de ser notificada del auto dictado a fs. 437 y vta., a cuyo fin se transcribirá la parte dispositiva; librándose el oficio de estilo;
"Lomas de Zamora, 14 de junio de 2013. Autos y Vistos
y Considerando Resuelvo: I.- Declarar extinguida la acción penal por prescripción en orden al delito de Hurto Simple en grado de tentativa y sobreseer a Sanguineti, Gloria Noemí o María Ester Avellaneda o Mayra Micaela Cruz o Viviana Alejandra Cruz o Claudia Sandra Díaz o María Noemí González o María del Carmen Marra o Roxana Evangelina Mesa o Élida Rosales o Gloria Noemí Sanguinetti o Lorena Elizabeth Trotta o Lorena Elizabeth Trotta o María Laura Trotta, por los motivos supra expuestos. Rigen los Arts. 42, 45 y 162, 62 inc. 2º y 67 del C.P. y Art. 341 del C.P.P. II.-Regístrese, notifíquese y comuníquese.- III.- Archívese. Lomas de Zamora, 8 de julio de 2013. Andrea Viviana Ramos Perea, Secretaria.
C.C. 7.378 / jul. 25 v. jul. 31


POR 5 DÍAS - El Señor Presidente del Tribunal en lo Criminal N 5 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Pedro Dardo Raúl Pianta, notifica a DANIEL
RAMÓN RODRÍGUEZ en la causa N 2046/5, seguida al nombrado por el delito de Homicidio Simple, la parte dispositiva de la resolución que a continuación se transcribe:
"En la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, Sede de la Sala III del Tribunal de Casación Penal, a los once días del mes de abril de dos mil trece, se reúnen en Acuerdo Ordinario los señores Jueces, Doctores Víctor Horacio Violini y Ricardo Borinsky artículo 451 del Código Procesal Penal, con la presidencia del primero de los nombrados, a fin de dictar sentencia en la causa N 7282
Registro de Presidencia N 26508, caratulada "Rodríguez, Daniel Ramón s/ Recurso de Casación interpuesto por el Fiscal de Juicio", conforme al siguiente orden de votación: Violini-Borinsky Sentencia Rechazar el recurso interpuesto, sin costas. Rigen los artículos 18
de la Constitución Nacional; 210, 373, 448, 450, 451, 452
inciso 1, 456, 458, 459, 530, 561 y 532 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y remítase a origen. Fdo. Dres. Ricardo Borinsky y Víctor Horacio Violini, Jueces. Ante mí: Andrea Karina Echenique, Secretaria.
C.C. 7.375 / jul. 25 v. jul. 31
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Garantías N 6 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dra.
Laura Verónica Ninni, notifica a SILVANO VALENTÍN
TAIBO, en Causa N 07-00-012626-13 de la Secretaría del Juzgado de Garantías N 6 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: "Cómputo: Se deja constancia que Silvano Valentín Taibo fue aprehendido el día 4 de marzo de 2013, conforme se desprende del acta de fojas 3/4. Que conforme surge de la sentencia de fojas 80/81
Vta., el mismo fue condenado a la pena de un mes y doce días de cumplimiento efectivo, la que se tiene por compurgada por el tiempo de detención que lleva cumplido, costas del proceso más la declaración de reincidencia. A
los fines previstos en el artículo 51 inciso segundo del C.P., la caducidad registral de la condena operará el 15 de abril de 2023 Que las costas y gastos del proceso ascienden a la suma de $ 92 pesos noventa y dos.
Secretaría, 25 de abril de 2013. Fdo. Federico Navascués, Auxiliar Letrado. Lomas de Zamora, 25 de abril de 2013.
Apruébese el cómputo practicado por el Actuario y notifíquese de conformidad con lo normado por el artículo 500
del Código de Procedimiento Penal." Fdo. Laura Ninni, Juez de Garantías. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: "Lomas de Zamora, 10 de julio de 2013. Atento lo informado a fojas 100, notifíquese a Silvano Valentín Taibo del cómputo de pena obrante a fojas 84/Vta., mediante la publicación de edictos, a cuyo fin líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires Art. 129 del Digesto Adjetivo." Fdo. Laura Ninni, Juez de Garantías.
Federico Navascués, Auxiliar Letrado.
C.C. 7.379 / jul. 25 v. jul. 31

BOLETÍN OFICIAL

POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías N 6 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr. Esteban Pablo Baccini, notifica a RAMÓN
MACIEL, en causa N 07-00-533770-04 de la Secretaría del Juzgado de Garantías N 6 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 17 de junio de 2013. Resuelvo: IDeclarar extinguida la acción penal en la presente causa seguida a Ramón Maciel por el delito de Lesiones Graves y Agresión con Arma. Artículos 59 inciso tercero y 62 inciso segundo, 67 y ccdtes. del Código Penal. IISobreseer totalmente a Ramón Maciel en las presentes actuaciones, conforme lo establecido por los artículos 323 inc. 1 del Código Procesal Penal Fdo.
Laura V. Ninni, Juez. Ante mí. Pablo D. Bravo. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: Lomas de Zamora, 10 de julio de 2013.
Atento lo informado a fojas 198, notifíquese a Ramón Maciel de la resolución de fojas 192/193, mediante la publicación de edictos, a cuyo fin líbrese oficio al Sr.
Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires Art. 129 del Digesto Adjetivo." Fdo. Laura V. Ninni, Juez de Garantías. Ante mí Pablo D. Bravo, Secretario. Martín Cantaro, Auxiliar Letrado.
C.C. 7.380 / jul. 25 v. jul. 31


POR 5 DÍAS - El Dr. Pedro Rodríguez, miembro integrante del Tribunal en lo Criminal N 4 del Departamento Judicial Morón, cita y emplaza a RICARDO ALBERTO
CASTILLO PEREYRA, por el término de tres días computables a partir de la última publicación a fin de que comparezca a estar a derecho con respecto a los autos N
3615 seguidos al nombrado por el delito de Robo Calificado por fractura y violación de domicilio del registro de la Secretaría Única y se notifique de la resolución que se transcribe: Morón, 12 de julio de 2013. Habida cuenta lo informado a fs. 164/167, por la Comisaría de Bella Vista, toda vez que la citación fue cursada al domicilio que el condenado constituyó en el acta de libertad condicional cfr. fs. 205 del Incidente de Libertad Condicional, que le fuese otorgada por el Juzgado de Ejecución Penal Nro. 1
Departamental, en el Legajo N 13.542, asimismo, habiéndose insistido y procurando notificarlo en el domicilio que constituyera en la sede sanmartiniana, conforme copia de la sentencia luciente a fs. 133/140, e ignorándose la residencia actual de Ricardo Alberto Pereyra Castillo, procédase a disponer su citación y emplazamiento mediante notificación edictal, bajo apercibimiento de declarárselo rebelde y ordenar su comparendo compulsivo, para que en el término de tres días, computables a partir de la última publicación, se presente para estar conforme a derecho. Fdo.: Pedro Rodríguez, Juez. Graciela María Zolezzi, Prosecretaria Adscripta.
C.C. 7.382 / jul. 25 v. jul. 31
POR 5 DÍAS - La Titular a cargo del Juzgado de Garantías N 2 del Departamento Judicial Junín, Dra.
Marisa Muñoz Saggese, hace saber que en las actuaciones caratuladas: "Hurto", I.P.P. N 04-00-005932-12 se ha dictado la siguiente resolución: Junín, 8 de julio de 2013.
Por ello, Resuelvo: I Ordenar la publicación de edictos en el Boletín Oficial, durante cinco días, a fin de notificar a CRISTIAN DANIEL ESQUIVEL con último domicilio conocido en calle Guido Spano N 580 de Pehuajó B de que en el marco de la Investigación Penal Preparatoria N 0400-005932-12, deberá comparecer a la sede de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N 5, del Departamento Judicial Junín, sita en calle Comandante Escribano N 226
de la ciudad de Junín B, dentro del término de quince días desde la última publicación de edictos a fin de dar cumplimiento con la audiencia prevista por el Art. 308 del C.P.P. ordenada a fs. 35/35 vta., bajo apercibimiento de ser declarado rebelde Arts. 129 y ccs. del C.P.P..
Firmado Dra. Marisa Muñoz Saggese, Juez. Ante mí: Dra.
Alejandra Liggera, Secretaria. Junín 8 de julio de 2013.
Alejandra Miriam Liggera, Secretaria.
C.C. 7.365 / jul. 25 v. jul. 31
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez, Dra.
Julia Andrea Rutigliano, Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en relación a la causa Nº 806/2009, registrada en esta Secretaría bajo el Nº J0004910 caratulada: "Hardovin, José Luis s/ Robo", a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el Art.,129 del Código de Procedimiento Penal s/Ley 11.922, la resolución que se notifica al imputado JOSÉ

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

LUIS HARDOVIN, titular del DNI Nº 36.394.852, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: "Quilmes, 3
de julio de 2013. Y Visto: y Considerando:
Resuelvo: I.- Declarar la rebeldía de José Luis hardovin, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los Arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo del mencionado una vez que sea habido a primera audiencia. II. Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto el imputado Hardovin sea habido para ser sometido nuevamente aI proceso cf. Art.
305, CPP. III. Regístrese, notifíquese a la Fiscalía y a la Defensa y, por edictos durante cinco 5 días, al imputado, conforme lo dispone el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. IV. Fecho, líbrense las comunicaciones de ley y resérvese la presente causa en Secretaría cf.
Art. 305, tercer párrafo, CPP. Fdo. Julia Andrea Rutigliano -Juez Ante mí: Marisa Vázquez -Secretaria-".
Quilmes, 3 de julio de 2013. Marisa Vázquez, Secretaria.
C.C. 7.447 / jul. 29 v. ago. 2


POR 5 DÍAS - En IPP 03-02-004210-07 de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 2, a mi cargo, Secretaría Única del Dr. Juan Miguel Nogara, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado LUIS LAVANI, cuyo último domicilio conocido era en calle Diagonal 23 Nº 462 de Santa Teresa, el siguiente texto que a continuación se transcribe: "Dolores 2 de febrero de 2013. Autos y Vistos.
Para resolver en la presente causa acerca de la solicitud de sobreseimiento impetrada por el Sr. Agente Fiscal, Dr.
Martín Prieto, y teniendo para ello a la vista la Investigación Penal Preparatoria de referencia, y Considerando: Primero: Que tal como surge del contenido a despacho, el Sr. Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción Descentralizada Nº 2, Mar del Tuyú, Dr.
Martín Prieto, solicita se decrete la prescripción de la acción penal en relación al delito del cual fuera víctima Gisell Edith Prado. Segundo: Habida cuenta que las presentes actuaciones se inician por acta de procedimiento llevada a cabo por personal de la Comisaría de Santa Teresita a raíz de haber tomado conocimiento de un accidente automovilístico ocurrido el día 24 de noviembre de 2007, en el horario aproximado de las 13:30 Hs., en la intersección de la Avda. 32 y calle 10 de Santa Teresita, en el que hubieron participado un automóvil marca Renault Clio, dominio AFN-571, color blanco y una motocicleta marca Gilera modelo FDU de 110 Cc., color azul y gris. Que como consecuencia del evento resultó lesionada la conductora del rodado menor, Gisell Edith Prado, conforme se desprende del certificado médico precario que luce agregado a fs. 5. Tercero: Que de acuerdo a lo descripto precedentemente el hecho narrado configura el delito de Lesiones Culposas, previsto y reprimido en el Art. 94 del C. Penal. Cuarto: Que el delito investigado posee una pena máxima de Tres Años de Prisión, y en virtud al tiempo transcurrido desde la comisión del hecho acaecido 24 de noviembre de 2007, hasta el día de la fecha, el mismo, ha superado el plazo fijado por el Art. 62
.Inc. 2º del C. Penal, que dice: "La acción penal prescribirá durante el tiempo fijado a continuación. Inc. 2º después de transcurrido el máximo de duración de la pena señalada para el delito, si se tratase de hechos reprimidos con reclusión o prisión, no pudiendo en ningún caso, el término de la prescripción exceder de doce años y bajar de dos años Asimismo y habiendo realizado un pormenorizado estudio de las actuaciones, la Suscripta no advierte actos suspensivos o interruptivos de la prescripción Art. 67 del C. Penal. Por ello, argumentos expuestos, de conformidad con lo normado por los Arts. 321, 322, 323. Inc. 1º, 324 y Conc. del C.P.P.; Art. 62. Inc. 2º y 67 del C. Penal, Resuelvo: Decretar la extinción de la acción por prescripción y sobreseer totalmente a Luis Lavini, de nacionalidad argentina, de estado civil casado, con L.E Nº 1.662.133, nacido en la ciudad de La Mustinza, Pcia. de Santa Fe, domiciliado en calle Diagonal 23 Nº 462 de la ciudad de Santa Teresita, Pdo. de La Costa en la presente I.P.P en cuanto al delito de Lesiones Culposas, Art. 94 del C.
Penal. Art. 59. Inc. 3º, 62. Inc. 2º; y 67 del C. Penal; y Art.
321, 322, 323. Inc. 1º y 324 del C.P.P.. Regístrese, notifíquese. Fdo. Diego Olivera Zapiola. Juez a cargo del Juzgado de Garantías Nº 2 Depto. Judicial Dolores.
Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente:
"Dolores, 5 de julio de 2013. Autos y Vistos. Atento lo que surge de la notificación de la comisaría de la Costa 1 en la que informa que Luis Lavanino pudo ser notificado del auto de fs. 127/128, ya que se ausentó de su domicilio, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 31/07/2013 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha31/07/2013

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones3368

Primera edición02/07/2010

Ultima edición15/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Julio 2013>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031