Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/06/2012 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

POR 5 DÍAS - En Causa N 10.176 / I.P.P. N 03-009204-09 seguida a Dentone Marcelo Nicolás por el delito de Tenencia Simple de Estupefacientes, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3 a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido DENTONE MARCELO NICOLÁS cuyo último domicilio conocido era jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 01 de diciembre de 2011. Autos y Vistos: Resuelvo: I. No hacer lugar al sobreseimiento solicitado por la defensa interviniente en favor de Dentone Marcelo Nicolás, en orden al delito de Tenencia Simple de Estupefacientes, previsto y sancionado por el Art. 14, 1 párrafo de la Ley N 23.737, por el que se les recibiera declaración a tenor del art. 308 del C.P.P., en virtud de considerar típica la conducta enrostrada Art.
323 a contrario y ccs. de I.P.P.. II. No hacer lugar al cambio de calificación solicitado por el Dr. Gustavo Estrada a fs. 9/21, por improcedente. III. Elevar a juicios presentes actuados Causa N 10.1766 / I.P.P. N 03-00-9204-99
que se le sigue a Marcelo Nicolás Dentone, por suponérsele autor penalmente responsable de delito de Tenencia Simple de Estupefacientes, previsto Art. 14, primer párrafo de la Ley N 23.737. Regístrese. Notifíquese, firme y consentido que sea el presente elévense las presentes actuaciones, con los formularios de ley a la S.G.A.
Departamental, sirviendo el presente de atenta nota de elevación. Fdo. Gastóstón Giles, Juez. Dolores, 18 de mayo de 2012.
C.C. 5.689 / jun. 8 v. jun. 14


POR 5 DÍAS - En Causa N 8829 IPP N 3845-08, seguida contra Bean Leonardo Oscar; que tramita por ante este Juzgado de Garantías N 3, a mi cargo, Secretaría Única del Dr. Jorge Martínez Mollard, de este departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del partido de San Francisco Solano, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 25 de abril de 2012. Autos y Vistos: Por ello:
Argumentos expuestos, Resuelvo: I. Sobreseer totalmente a LEONARDO OSCAR BEAN en orden al delito de Hurto Art. 162 del C.P. por encontrarse extinguida la acción penal puesta en marcha por prescripción, conforme a lo normado en los Arts. 59, inc 3 y 62 del Código Penal y Art. 323, inc. 1, del Código Procesal Penal. II. Sobreseer totalmente a Leonardo Oscar Bean; en orden al delito de Robo en Grado de Tentativa, previsto por el Art. 164 y 42
del C.P., por el que se le recibiera declaración a tenor del Art. 308 primer párrafo del C.P.P., arg. Arts. 1, 321, 323
inc. 6 y ccdtes. del C.P.P. Regístrese, Notifíquese al imputado por oficio, a la Agente Fiscal y a la Defensora Oficial en la forma de estilo. Firmado Gastón E. Giles, Juez en lo Criminal y Correccional de Garantías N 3 Deptal..
Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente:
Dolores, 18 de mayo de 2012. Autos y Vistos: Atento lo que surge de lo informado a fs. 43 de la presente Carpeta de causa, donde se informa el resultado negativo por no ser habido en el domicilio fijado por imputado Leonardo Bean, y lo resuelto por el suscripto a fs. 33/34, procédase a la notificación por edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Dr. Gastón E. Giles, Juez de Garantías N 3. Dolores, 18 de mayo de 2012.
C.C. 5.690 / jun. 8 v. jun. 14
POR 5 DÍAS - En Investigación Penal Preparatoria N
03-02-474-08, seguida Vereda Matías Alejandro por el delito de Lesiones Culposas, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3, a mi cargo, Secretaría única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido MATÍAS ALEJANDRO VEREDA cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del partido de La Costa, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 11 de Mayo de 2011. Autos y Vistos Por ello Resuelvo:
Sobreseer totalmente a Matías Alejandro Vereda en orden al delito de Lesiones Culposas Art. 94 del C.P. por encontrarse Extinguida la acción penal puesta en marcha por prescripción, conforme a lo normado en los Arts. 59
inc. 3 y 62 del Código Penal y Art. 323 inc. 1, del Código Procesal Penal. Notifíquese. Fdo. Gastón Giles. Juez.
Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente:
Dolores, 28 de mayo de 2012. Autos y Vistos: Por recibido el oficio proveniente del Destacamento Lucila del Mar,
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, VIERNES 8 DE JUNIO DE 2012

atento lo allí informado, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal; todo ello, a fin de que Matías Alejandro Vereda sea debidamente notificado del auto que dispuso el sobreseimiento total del nombrado. Fdo. Gastón Giles, Juez. Dolores, 28 de mayo de 2012.
C.C. 5.691 / jun. 8 v. jun. 14


POR 5 DÍAS - En el marco de la causa contravencional N 828, caratulada Rojas, Olga s/ Infracción Art. 81
bis Inc. b Ley N 8.031, en trámite por ante este Juzgado de Paz Letrado de San Fernando del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra.
Patricia E. Carranza, sito en la calle 3 de Febrero N 901
de la localidad y partido de San Fernando Código Postal N 1.646, Secretaría Única a cargo de la Dra. Alejandra Gigaglia, con el objeto de solicitarle tenga a bien arbitrar los medios necesarios para que, a los fines de notificar a doña OLGA ROJAS, lo resuelto en la mencionada causa, se publiquen edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco 5 días conf. Art.
129 del C.P.P. San Fernando, 12 de diciembre de 2011.
Autos y Vistos: y Considerando Resuelvo: I. Archivar la presente causa adoptando un temperamento expectante, hasta tanto nuevos elementos permitan avanzar en la pesquisa Regístrese, notifíquese Fdo. Patricia E.
Carranza. Juez. Como recaudo legal se transcribe a continuación los autos que ordenan el presente oficio, los cuales dicen así en sus partes pertinentes: San Fernando, 12 de diciembre de 2011. Autos y Vistos: y Considerando Resuelvo: 1. Archivar la presente causa adoptando un temperamento expectante, hasta tanto nuevos elementos permitan avanzar en la pesquisa
Regístrese, notifíquese y a Rojas Olga a través del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco 5 días Fdo. Patricia E. Carranza, Juez..
y San Fernando, 28 de mayo de 2012. Atento el tiempo transcurrido, no habiendo sido contestado el oficio cuya copia obra a fs. 50, líbrese uno nuevo con carácter de reiteratorio. Fdo. Patricia E. Carranza, Juez. San Fernando, 30 de mayo de 2012. Facundo Martín Araujo, Auxiliar Letrado.
C.C. 5.693 / jun. 8 v. jun. 14
POR 5 DÍAS - La Sra. Juez titular del Juzgado Correccional N 3 del Departamento Judicial La Plata, Dra.
Graciela María Buscarini, cita y emplaza a JORGE
MANUEL FREDES, apodado Witi, argentino, soltero, hijo de Jorge Horacio y de Estela Fredes, nacido el 4 de noviembre de 1989, DNI N en trámite, con domicilio 13
entre 484 y 485 de la localidad de City Bell, Prov. de Buenos Aires, en causa N 3670-3 IPP 1144/12 UFF, JG
N 1 seguida a Fredes Jorge Manuel, por la presunta comisión del delito de Robo en grado de tentativa, para que en el término de cinco 5 días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado Correccional N 3 del Departamento Judicial La Plata calle 8 el 56 y 57, 1 Piso, La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Se transcribe la resolución que ordena el presente: La Plata, 30 mayo de 2012. Visto el informe policial obrante a fs. 102 y 111 que da cuenta que el imputado se ha ausentado, sin autorización, del domicilio fijado en autos, ignorándose el lugar de residencia actual del mismo, de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 129 y 303 del Código Procesal Penal cíteselo por edictos. A tales fines, ofíciese al Boletín Oficial a fin de que se publique durante cinco 5 días la presente, término durante el cual deberá comparecer el citado por ante este Juzgado Correccional N 3 de La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo Art. 150 del CPP. Fdo. Graciela M. Buscarini, Juez.
Ezequiel Leonardo Forti, Auxiliar Letrado.
C.C. 5.707 / jun. 8 v. jun. 14
POR 5 DÍAS - En Incidente N 12.393 Causa N
12.397 Investigación Penal Preparatoria N 647-11, caratulado Incidente de Eximición de Prisión en favor de GONZALIA ARIEL FERNANDO de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3, a mi cargo, Secretaría Única a cargo del DI. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido Gonzalia Ariel Fernando, cuyo domicilio se desconoce, el siguiente texto que a continuación se transcribe:
Dolores, 24 de mayo de 2012. Autos y Vistos Por ello
PÁGINA 4639

Resuelvo: I. Revocar la Resolución de fecha 11 de julio de 2011, por la cual se le concediera la eximición de Prisión a Gonzalia Ariel Fernando, por el delito de Robo Agravado por ser en despoblado previsto y penado por el Art. 167
inc. 1 del C.P., en el marco del presente incidente N
12.393. IPP N 03-00-647-11. Arg. Arts. 190 inc. 1 del CPP. II. Teniendo en cuanta lo aquí expuesto, procédase a la notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal, todo ello a fin de que Gonzalia Ariel Fernando sea debidamente notificado del auto que dispuso revocar la eximición de detención Fdo. Gastón Giles, Juez.
Dolores, 24 de mayo de 2012.
C.C. 5.692 / jun. 8 v. jun. 14


POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo del Departamento Judicial Junín, Presidencia a cargo de la Dra. Daniela de Tomaso, Secretaría Única a cargo de la Dra. María Belén Francioni sito en la calle 25 de Mayo 172/176 de Junín, cita y emplaza a los herederos de la Sra. ELSIA TITA FERRUA DE ZANZOTTERA, Sres. PABLO
GERÓNIMO, SANDRA RAQUEL, CLAUDIA MARCELA Y
MARÍA NATALIA ZANZOTTERA, a fin de que comparezcan a estar a derecho y contestar la acción dentro del término de Diez 10 días, en los autos caratulados Prado Leticia Felisa c/ Liberty Art. S.A. y Ferrua Hnas. Soc. de hecho s/Accidente Expte. Nº 26886, bajo apercibimiento de designarles Defensor Oficial para que los represente Art. 53 inc. 5º del C.P.C.. Junín, 18 de mayo de 2012.
Mario A. Pérez, Auxiliar Letrado.
C.C. 5.675 / jun. 8 v. jun. 11

1. LA PLATA

L.P.

POR 3 DÍAS El Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9, del Departamento Judicial de Quilmes, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de AMADEA NAZARINA GANEM. Quilmes, 7 de mayo de 2012. Dra. Mariana Durañona, Secretaria.
L.P. 20.114 / jun. 7 v. jun. 11


POR 2 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 12 Secretaría Única del Departamento Judicial de San Martín cita y emplaza a sucesores de MOISÉS ZOLOAGA y/o a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble ubicado en la calle Belgrano Nº 5852 ex 1152 de Villa Ballester, Partido de General San Martín, Provincia de Buenos Aires, Nomenclatura catastral: Circunscripción III; Sección: E; Manzana: 56; Parcela:
6, para que si dentro del término de diez días no se presentan en los autos Duartez María Elisa y otros c/Zoloaga Moisés su sucesión s/ Prescripción Adquisitiva Vicenal /Usucapión y contestan la demanda, se les designará Defensor Oficial para que los represente en el juicio arts.
341, 495, 679 del CPCC. Gral. San Martín, 15 de mayo de 2012. Mariela Mariana Loss, Secretaria.
L.P. 21.094 / jun. 7 v. jun. 8
POR 3 DÍAS El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 7 de Quilmes, Secretaría Única, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de FILOMENA DI PASQUALE y/o MARÍA FILOMENA DI PASQUALE. Quilmes, 27 de abril de 2012. Claudia Marina Bragoni, Secretaria.
L.P. 20.280 / jun. 8 v. jun. 12
POR 2 DÍAS - El Juzgado en lo Civil y Comercial N 13
de la ciudad de La Plata cita a los sucesores de GUILLERMO RAÚL EGUIA Y SEGUI, de JUAN ANTONIO EGUIA Y SEGUI, de OSVALDO BENITO EGUIA Y SEGUI y de ISMAEL JULIO MARÍA EGUIA SEGUI Y VILLAMAYOR;
a MARTA ANATILDE VILA Y SEGUI, OSVALDO FERMÍN
EGUIA Y MASSINI, MARÍA ANGÉLICA EGUIA Y MASSINI, MARÍA LUISA SEGUI FIGUEROA, NORA MARTA SEGUI
FIGUEROA, SUSANA GEORGINA SEGUI FIGUEROA, ANDREA CECILIA SEGUI FIGUEROA ANA PAULA VILLA
MAYOR, ENRIQUE RAÚL EGUIA SEGUI Y VILLAMAYOR
Y ANA MARÍA EGUIA Y SEGUI Y VILLAMAYOR y/o a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble objeto de autos Massol Haroldo Jorge y otro/a c/ Eguia y Segui Guillermo Raúl y otros s/ Prescripción Adquisitiva vicenal del dominio de inmuebles, inscripto en la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/06/2012 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha08/06/2012

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones3367

Primera edición02/07/2010

Ultima edición14/05/2024

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