Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/04/2012 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGiNA 3162

LA PLATA, MARTES 24 dE AbRiL dE 2012

36.292/10 Registro Interno Nº 4283, caratulada Pereyra Luis Alberto s/ Hurto Calificado en C/R con Hurto Calificado en Tentativa Trámite Ley 13.943. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena:
Lomas de Zamora, 11 de abril de 2012. En atención a lo que surge del informe de fs. 156 y 161/vta. y en razón de ignorarse el domicilio de encartado en autos, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el art.
129 del C.P.P. A dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficial de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia, en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo. Dr. Manuel Barreiro, Juez. Lomas de Zamora, 11
de abril de 2012. Delia Mabel Palmerini, Secretaria.
C.C. 3.700 / abr. 23 v. abr. 27


POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Judicial N 3 del Departamento de San Isidro, a cargo de la Dra.
Marta I. de la Arena, sito en la calle Moreno 623 1º Piso de San Isidro, cita y emplaza a NUMA GARCÍA, MARTÍN
EZEQUIEL, argentino, DNI: 29.307.379, nacido el 15 de octubre de 1981 en La Plata; hijo de Osvaldo y de Claudia González; con último domicilio en calle 485 Nº 2440 entre 19 y 19 bis, City Bell de la Localidad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco 5 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa Nº 3500 que se le sigue por Falsa Denuncia, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 4 de abril de 2012. Sin perjuicio de lo solicitado por el Sr. Defensor Oficial a fs. 179, y advirtiéndose que han resultado infructuosas las notificaciones y citaciones intentadas -por todos los medios posiblesa Ezequiel Martín García, conforme surge de fs. 138, 141, 147, 151, 152, 166,168, 176 y 178, siendo que el presente proceso se encuentra afectado al trámite de flagrancia conforme la Ley 13.811, desconociéndose su actual domicilio, cíteselo por edicto que se publicará por 5
cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 del C.P.P. Sin perjuicio de lo decretado precedentemente, declárase Rebelde a Ezequiel Martín García y decrétase su comparendo arts. 303, 304 y concordantes del C.P. P.. A tal fin líbrese oficio a Jefatura de Policía de esta Provincia, y suspéndase el trámite de la presente causa hasta tanto el encartado sea habido, haciéndose saber a la O.G.A. Notifíquese. Marta l. de la Arena, Juez. Ante mí: Cintia L. Niz, Auxiliar Letrada.
Secretaría, 4 de abril de 2012. Juan Emiliano Benítez, Secretario.
C.C. 3.703 / abr. 23 v. abr. 27
POR 5 DÍAS El Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial San Isidro, a cargo de la Dra. Marta I. de la Arena, sito en la calle Moreno 623 1º Piso de San Isidro, cita y emplaza a GUILLERMO NICOLÁS GIMÉNEZ, con último domicilio en Junín 2176, Localidad de La Horqueta, partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco 5 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa Nº 2929 que se le sigue por Abuso de armas y tenencia ilegal de arma de uso civil, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 30 de marzo de 2012. Ténganse presentes las manifestaciones realizadas por la Sra. Defensora de Ejecución Penal, Dra.
Patricia Colombo a fs. 229/230 vta. y el Sr. Fiscal de Ejecución, Dr. Gastón Larramendi a fs. 211 para resolver en su oportunidad. En atención a los informes policiales obrantes a fs. 222 y 226, el informe actuarial de fs. 228 y desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos Guillermo Giménez, cíteselo por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el art. 129 del CPP, para que en el término de tres 3 días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P.. Hágase saber a la defensa técnica. Marta I. de la Arena, Juez. Ante mí Juan Emiliano Benítez, Secretario.
Secretaría, 30 de marzo de 2012.
C.C. 3.704 / abr. 23 v. abr. 27

BOLETÍN OFICIAL

POR 2 DÍAS El Tribunal del Trabajo Nº 3, Secretaría Única, del Departamento Judicial San Isidro, notifica a los herederos y acreedores de la Sra. LÓPEZ OTILIA BEATRIZ en los autos caratulados: López Otilia Beatriz c/
Selma Farmacéutica S.C.A. s/ Despido y cobro de pesos Expediente Nº 32.127/07, en trámite por ante el mencionado Tribunal, ha recaído la Resolución que se transcribe, haciéndoles saber que la parte actora goza del beneficio de gratuidad Artículo 22 de Ley 11.653. Notifico a usted que V.E. ha dictado la siguiente Resolución: San Isidro, 30 de mayo de 2011. Agréguese y previo a lo solicitado y atento el estado de autos fs. 125 y 137, cítase por edictos a los presuntos herederos de Doña Otilia Beatriz López, para que comparezcan a estar a derecho dentro del término de 10 días, bajo apercibimiento de dar intervención al Sr. Defensor de Pobres y Ausentes arts. 53 inc.
5º del C.P.C.C., art. 63 Ley 11.653. Dra. Vera Peralta, Juez. San Isidro, 29 de febrero de 2012. Cristina F. Mena, Secretario.
C.C. 3.685 / abr. 23 v. abr. 24


POR 2 DÍAS El Juzgado de Paz Letrado de Merlo, a cargo del Sr. Juez Dr. Eduardo A. Diforte, Secretaría Única del Partido de Merlo Provincia de Buenos Aires, del Departamento Judicial de Morón, sito en calle Solanet 68
Merlo, en los autos caratulados DA COSTA SANTIAGO s/
Apremio, Expte. Nº 6440, cita, por el término dos días en el Boletín Oficial Provincial y en el Diario Los Principios de circulación local, a fin que los interesados concurran a estar a derecho dentro de los treinta días, bajo apercibimiento de nombrarse un Defensor Oficial a sus efectos. Se transcribe la parte pertinente del art. 18 de la Ley 13.406, que dice: Los gastos de publicación en el Boletín Oficial y restante publicidad se abonarán posteriormente con el producido remate. Merlo, 4 de abril de 2012. Elena C. Boubeta, Auxiliar Letrada.
C.C. 3.708 / abr. 23 v. abr. 24
POR 3 DÍAS El Juzgado de Garantías del Joven Nº 1
del Departamento Judicial Moreno, Gral. Rodríguez, con asiento en la calle Soldado D. Errico 1075 de Localidad de Paso del Rey Ciudad de Moreno, a cargo de la Dra. Mirta Liliana Guarino, en causa Nº 2919 caratulada P.L.S.B. s/
Art. 19 C.I.D.N., cita y emplaza por treinta días al Sr.
ALFREDO FRANCISCO PECIÑA, DNI 12.086.880 para presentarse ante estos Estrados con el objeto de ser oído en relación a la situación de su hija L.S.B.P., bajo apercibimiento de continuar el proceso en su ausencia.
Guillermo Pablo García, Secretario.
C.C. 3.678 / abr. 23 v. abr. 25
POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo Nº 1 del Departamento Judicial Quilmes, sito en Alem Nº 430 de la ciudad de Quilmes, en los autos caratulados: Paz Noelia c/ Instituto San Juan Bautista Sociedad de Hecho s/
Despido, Expte. Nº 31404 notifica, cita y emplaza a MILANI CARLOS RAÚL conforme la siguiente resolución:
Quilmes, 16 de agosto de 2007: Agréguese la carta poder acompañada, y atento lo solicitado, de la acción que se deduce, córrase traslado a la parte demandada Instituto San Juan Bautista Sociedad De Hecho, Conte Gustavo Héctor, Fernández Amalia Jorgelina, Fernández Graciela Isabel y Milani Carlos Raúl, para que conteste, dentro del término de diez días, bajo apercibimiento de Ley Arts. 28
y 29 Ley N 11.653. Asimismo, intímese a la demandada manifieste, en oportunidad de contestar la demanda, si lleva libros de Sueldos y Jornales y demás documentación laboral y contable, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 39 de la Ley N 11.653, y dar cumplimiento con lo establecido con el Art. 201 de la Ley N 10.620.
Haciéndosele saber que al responder el mismo deberá reconocer o desconocer expresamente la documentación acompañada o la recepción o remisión de los telegramas o cartas documento que se le atribuyen. Notifíquese con copias. Firmado: Víctor Eduardo Schenfeld. Presidente.
Quilmes, 4 de noviembre de 2011: Proveyendo el escrito de fs. 257: atento lo solicitado, los informes de oficios de fs. 240 y 249 y lo informado por el oficial notificador a fs.
254/255, notifíquese el auto de fs. 83, mediante edictos que se publicarán por dos días en el diario El Sol, y en el Boletín Oficial, haciéndose constar que la actora actúa con el beneficio de litigar sin gastos y debiendo en caso
PROViNCiA dE bUENOS AiRES

de incomparencia del citado pasar las actuaciones al Defensor Oficial de Pobres y Ausentes art. 341 2º párrafo CPCC. Firmado: Horacio Andrés Casquero. Presidente.
Quilmes, quince de noviembre de 2011. Firmado: Andrea M. Zacarías, Secretaria.
C.C. 3.711 / abr. 23 v. abr. 24


POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo Nº 3 de Avellaneda notifica a QUINTEROS JOSÉ ALBERTO, cuyo último domicilio conocido es Avda. Italia 375 de General Belgrano Prov. Bs. As. a quién se le hace saber que el Tribunal ha dictado resolución, cuya parte pertinente dice así: Avellaneda, 1º de noviembre de 2010. Autos y Vistos:
Atento lo peticionado, informando el Actuario en este acto que el término acordado a la demandada Quinteros José Alberto para que compareciere a estar a derecho y contestar el traslado conferido a fs. 19 del traslado de demanda, se encuentra debidamente notificada ver cédula de fs.
292, y vencido el plazo con resultado negativo, atento lo dispuesto por el Art. 28 de la Ley N 11.653, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar, y de acuerdo a lo establecido por el Art. 59 del C.P.C.C., decláresela rebelde; haciéndosele saber que las sucesivas providencias le serán notificadas automáticamente en la forma que determina el Art. 133 del C.P.C.C. Notifíquese, esta resolución al rebelde. Fdo. María C. Goldstein, Presidente.
Graciela E Carrega. Guillermo R. Valcarce, Juez. Otra dice: Avellaneda, 10 de marzo de 2011. Ante lo peticionado, líbrese nueva cédula a Quinteros José Alberto al domicilio de la calle Avda. Italia Nº 375 a idénticos fines y efectos que la ordenada a fs. 308. Guillermo Valcerse, Juez Subrogante. Otra dice: Avellaneda, 15 de febrero de 2012. Proveyendo el escrito a despacho, líbrese edicto en la forma peticionada Alberto Gabriele, Juez.
En los autos caratulados: Klonowski Raúl Omar c/ Tonel S.R.L. y otros s/ Daños y Perjs. Expte, 28.221, que tramitan por ante este Tribunal del Trabajo Nº 3 de Avellaneda, sito en Avda. Mitre 363 PB de Avellaneda. Avellaneda, 6
de julio de 2011. Proveyendo el escrito de fs. 520 , presentado por la parte actora y siendo que la modalidad de notificación de rebeldía surge claramente del art. 59 del CPCC garantizando el principio constitucional de defensa en juicio, conteste con lo manifestado por la jurisprudencia y conforme la prueba oficiaria que luce a fs. 139 /140
en autos Klonowski Raúl Omar c/ Tonel S.R.L. s/ Despido Expte. 28272 desestímase la petición formulada, debiendo notificar por edictos, los cuales deberán publicarse en el Boletín Oficial y en el Diario La Calle, por el término de dos días arts. 145/147 del C.P.C.y C., cuya confección estará a cargo del peticionante. Adriana T. Huguenin, Jueza. Avellaneda, 12 de marzo de 2012. Marina López Bellot, Auxiliar Letrada.
C.C. 3.710 / abr. 23 v. abr. 24
POR 2 DÍAS - En los autos caratulados: González Mario c/ Madecu S.A. s/ Despido, Expte. Nº 26.979, que tramitan por ante este Tribunal del Trabajo Nº 3 de Avellaneda, sito en Avda. Mitre 363 PB de Avellaneda, a cargo del Dr. Alberto Gabriele. El Tribunal del Trabajo Nº 3
de Avellaneda notifica a ORTIZ ALEJANDRO DARÍO, DNI
21.841.903, a quién se le hace saber que el Tribunal ha dictado resolución: Avellaneda, 27 de junio de 2011.
Proveyendo el escrito que antecede informado el actuario es este acto que el término acordado a los demandados Ortiz Alejandro Darío y Nicuesa Daniela Patricia, para que comparecieren a estar a derecho y contestar el traslado conferido a fs. 83, se encuentran debidamente notificadas a fs. 168/69 y 170/71, y vencido el plazo con resultado negativo, atento lo dispuesto por el art. 28 de la Ley 11.653, dáseles por perdido el derecho que han dejado de usar, y de acuerdo a lo establecido por el art. 59 del C.P.C.C., decláreseles rebeldes; haciéndoles saber que las sucesivas providencias le serán notificadas automáticamente en la forma que determina el art. 133 del C.P.C.C. Avellaneda 5 de diciembre de 2011.
Proveyendo el escrito de fs.185 presentado por la parte actora y siendo que la modalidad de notificación de rebeldía surge claramente del art. 59 del CPCC garantizando el principio constitucional de defensa en juicio, conteste con lo manifestado por la jurisprudencia, desestímase la petición formulada, debiendo notificar por edictos, los cuales deberán publicarse en el Boletín Oficial y en el Diario LA Calle, por el término de dos días arts.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/04/2012 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha24/04/2012

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones3369

Primera edición02/07/2010

Ultima edición06/06/2024

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