Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 07/03/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

N.º 48

7 de marzo de 2024

ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA
Número 0563/24

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
Consejería de Industria, Comercio y Empleo RESOLUCIÓN DE 13 DE FEBRERO DE 2024, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
TRABAJO Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, PARA LA DETERMINACIÓN
DE LAS FIESTAS LOCALES, A EFECTOS LABORALES, EN LOS MUNICIPIOS DE
ÁVILA, BURGOS, LEÓN, PALENCIA, SALAMANCA, SEGOVIA, SORIA, VALLADOLID
Y ZAMORA.
El punto 2 del artículo 37 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprobó el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores concreta que serán fiestas laborables, retribuidas y no recuperables, hasta catorce al año, de las cuales dos tendrán carácter local.
Por su parte, el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, establece que serán inhábiles para el trabajo retribuidos y no recuperables, hasta dos días de cada año natural con carácter de fiestas locales que por tradición le sean propias en cada municipio, determinándose por la autoridad laboral competente ,a propuesta del Pleno del Ayuntamiento correspondiente, y publicándose en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma y, en su caso, en el Boletín Oficial de la provincia.
Con posterioridad a la publicación el 29 de diciembre de 2023, del calendario de fiestas locales en el Boletín Oficial de Castilla y león n.º 248/2023, los Ayuntamientos han comunicado a las Oficinas Territoriales correspondientes, nuevas festividades y han corregido otras.
En cumplimiento de lo indicado en los párrafos anteriores y demás legislación aplicable, esta Dirección General de Trabajo Y Prevención de Riesgos Laborales, una vez vistas las nuevas Propuestas de las Oficinas Territoriales de Trabajo de Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora:
RESUELVE
1º. Determinar como fiestas locales para el año 2024, a los efectos previstos en la legislación laboral referida, las fechas que para cada municipio se indican en el Anexo I a esta Resolución.
2º. Rectificar la fecha de las festividades que se indican en el Anexo II a esta Resolución.
3º. Ordenar la publicación de esta Resolución con su anexo en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Valladolid, 13 de febrero de 2024.
El Director General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, Fernando de la Parte Alcalde.
www.diputacionavila.es bop@diputacionavila.es D e p ó s i t o L e g a l AV. 1 . 1 . 1 9 5 8

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 07/03/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha07/03/2024

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones3599

Primera edición04/01/2010

Ultima edición11/05/2024

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