Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 27/02/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

N.º 41

27 de febrero de 2024

ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL
Número 0521/24

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA
Cultura, Patrimonio, Juventud y Deporte CONVOCATORIA
PROVINCIA DE
POBLACIÓN DE
EQUIPAMIENTO

SUBVENCIONES PARA LOS AYUNTAMIENTOS DE LA
ÁVILA DE MENOS DE 20.000 HABITANTES, CON UNA
MENOS DE 300 HABITANTES PARA LA ADQUISICIÓN DE
DEPORTIVO Y LÚDICO.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/745062.
Por resolución del Presidente de fecha 12 de febrero de 2024 se convocan subvenciones para los Ayuntamientos de la provincia de Ávila de menos de 20.000 habitantes, con una población de menos de 300 habitantes para la adquisición de equipamiento deportivo y lúdico.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la base de datos nacional de subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index y en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Ávila.
Beneficiarios: podrán resultar beneficiarios de esta línea de subvención los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores de la provincia de Ávila, de menos de 20.000 habitantes, con una población de menos de 300 habitantes conforme a las cifras oficiales de población resultantes de la revisión del Padrón municipal a 1 de enero de 2023 y aquellos que no pudieron beneficiarse de la convocatoria de 2023 por tener menos de 300 habitantes conforme a las cifras oficiales de población resultantes de la revisión del Padrón municipal a 1 de enero de 2022 y que para la actual convocatoria tienen 300 o más habitantes conforme a las cifras oficiales de población resultantes de la revisión del Padrón municipal a 1 de enero de 2023, que lo soliciten, cumplan con los requisitos establecidos y realicen las actuaciones que fundamentan su concesión.
No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos ayuntamientos en quienes concurran algunas de las circunstancias establecidas en el art. 13, apartado 2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Objeto: las presentes bases tienen por objeto la concesión de subvenciones a Ayuntamientos y Entidades Locales Menores de la provincia de Ávila, de menos de 20.000 habitantes, con una población de menos de 300 habitantes conforme a las cifras oficiales de población resultantes de la revisión del Padrón municipal a 1 de enero de 2023 y aquellos que no pudieron beneficiarse de la convocatoria de 2023 por tener
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 27/02/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha27/02/2024

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones3597

Primera edición04/01/2010

Ultima edición09/05/2024

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